Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2006 (04/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano viernes 4 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325793

Administrativas, observando el procedimiento contenido en el articulo 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con las indicaciones acotadas; Que la Oficina General de Asesoria Legal, mediante Informe Nº 0901-OGAL-R-06, senala que al no registrar la Entidad el pliego de observaciones en el SEACE, conforme lo dispuesto por el articulo 115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar la nulidad de oficio del referido MORDAZA, retrotrayendolo hasta la etapa de Absolucion de Observacion de las Bases; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2006-UNMSM, concerniente al "SUMINISTRO DE KITS DE LABORATORIO PARA LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA - UNMSM"; precisando que se retrotraera hasta la etapa de Absolucion de Observaciones por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 2º.- RETROTRAER el referido MORDAZA hasta la etapa de Absolucion de Observaciones, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 3º.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente a proseguir con las acciones prescritas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento en lo que respecta al MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2006-UNMSM, concerniente al "SUMINISTRO DE KITS DE LABORATORIO PARA LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA - UNMSM". 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la PUBLICACION de la presente Resolucion Rectoral en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion. 5º.- ENCARGAR a la Oficina de Abastecimiento el acto de notificacion de la presente Resolucion a los postores participantes en el MORDAZA de Seleccion precitado, asi como la publicacion respectiva en el SEACE. 6º.- ENCARGAR a la Secretaria General y al Comite Especial Permanente de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 00709-1

General de Sistemas de Informacion; el Informe Nº 1952006-INACC/OGA-ULS de fecha 14 de MORDAZA de 2006, MORDAZA con Memorando Nº 222-2006-INACC/OGAULS del 26 de MORDAZA de 2006, de la Unidad de Logistica y Servicios Generales; y el Memorando Nº 472-2006INACC/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica, elevados a esta Jefatura; CONSIDERANDO: Que, se encuentra previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2006 la contratacion del "Servicio de Mantenimiento de Version de Software de Desarrollo y Base de Datos Oracle", solicitada por la Oficina General de Sistemas de Informacion mediante Memorando Nº 021-2006-INACC/ OGSI de fecha 30 de enero de 2006; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 099-2006INACC/OGSI/STC/ERA, complementado con Memorando Nº 176-2006-INACC/OGSI de fecha 21 de MORDAZA de 2006, la Oficina General de Sistemas de Informacion da cuenta que la institucion ya cuenta con la Base de Datos y software de Desarrollo de Sistemas Oracle, senalando que el servicio de renovacion de soporte tecnico para productos Oracle, es prestado bajo exclusividad por la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A.; Que, por Informe Nº 195-2006-INACC/OGA-ULS de fecha 14 de MORDAZA de 2006, MORDAZA con Memorando Nº 222-2006-INACC/OGA-ULS del 26 de MORDAZA de 2006, la Unidad de Logistica y Servicios Generales da cuenta que la contratacion del "Servicio de Mantenimiento de Version de Software de Desarrollo y Base de Datos Oracle", solicitado por la Oficina General de Sistemas de Informacion se encuentra previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2006; y su contratacion no admite sustituto y existe proveedor unico, siendo que Sistemas Oracle del Peru S.A. ha alcanzado su propuesta de renovacion de servicios, la misma que asciende a la suma total de S/.46,276.67, incluido IGV; Que, mediante Memorando Nº 472-2006-INACC/ OGAJ de fecha 31 de MORDAZA de 2006, la Oficina General de Asesoria Juridica es de opinion que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de Mantenimiento de Version de Software de Desarrollo y Base de Datos Oracle", previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ano 2006, la que se debe realizar mediante Resolucion Jefatural; Que, al respecto el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico. La exoneracion se aprueba mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA de dicha Resolucion y los informes que la sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28612 - "Ley que MORDAZA el uso, adquisicion y adecuacion del software en la Administracion Publica", establece que el uso o adquisicion de licencias de software en la administracion publica requiere del Informe Previo de Evaluacion de la Oficina de Informatica, que determine el MORDAZA de licencia de software que resulte mas conveniente para atender el requerimiento formulado. El Informe debe contener, bajo responsabilidad, un analisis comparativo de valores de MORDAZA, asi como de los costos y beneficios en el corto, mediano y largo plazo de las licencias existentes. En el caso de existir un solo MORDAZA de software, el Informe se limitara a certificar este hecho;

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de mantenimiento de version de software de desarrollo y base de datos Oracle
RESOLUCION JEFATURAL Nº 3206-2006-INACC/J

MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2006 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 099-2006-INACC/OGSI/STC/ ERA, complementado con Memorando Nº 176-2006INACC/OGSI de fecha 21 de MORDAZA de 2006 de la Oficina

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