Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2006 (11/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano viernes 11 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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las inspecciones, informes y demas diligencias que se requieran en cada procedimiento."
"Articulo 18º.- Etapa de evaluacion y determinacion del MORDAZA de infraccion y/o causal de caducidad (...) 18.3 La determinacion de la infraccion y/o causal de caducidad y la identificacion del concesionario responsable. 18.4 La propuesta de la caducidad del derecho de aprovechamiento y/o de la sancion correspondiente, en este ultimo caso sera tomada en cuenta la gravedad de la infraccion, dano causado, el valor del producto o especie, reincidencia, circunstancias agravantes y atenuantes de ser el caso." "Articulo 19º.- Resolucion de primera instancia La Gerencia de la OSINFOR evaluara el Informe Tecnico Legal y de encontrarlo conforme, emitira la resolucion gerencial que agote la instancia, resolviendo la imposicion de sanciones, medidas correctivas y/o la caducidad del derecho de aprovechamiento. La resolucion gerencial, que pone fin al procedimiento caducara de pleno derecho cualquier medida cautelar que se MORDAZA dictado." "Articulo 24º.- Caducidad del derecho de aprovechamiento Cuando la resolucion que ordene la declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento quede firme, la OSINFOR remitira el expediente a la Intendencia, quien realizara las siguientes acciones: 24.1 Comunicar a la ATFFS y al concesionario de la resolucion del contrato de concesion. 24.2 Disponer la ejecucion del plan de cierre de la concesion con el fin de revertir el area al Estado y determinar principalmente la existencia de un saldo deudor respecto del pago del derecho de aprovechamiento.

24.3 Adoptar las acciones necesarias para proteger el area revertida a favor del Estado y hacer efectiva la ejecucion de la garantia de fiel cumplimiento." "Articulo 25º.- Inscripcion de la Caducidad La OSINFOR realizara la inscripcion de la caducidad del derecho de aprovechamiento de la concesion forestal con fines maderables, en las oficinas registrales correspondientes. La IFFS - DACFFS informara a la OSINFOR de las escrituras publicas de los contratos de concesion forestal con fines maderables, que MORDAZA suscrito en representacion del INRENA. Si la concesion se encontrara inscrita en los Registros Publicos, la reversion del area al Estado se realizara con la inscripcion de la caducidad del derecho de aprovechamiento forestal con fines maderables, para lo cual se presentara la Resolucion firme y/o consentida que la declaro, o de ser el caso, el documento que acredite la resolucion o vencimiento de la vigencia de la concesion. Si la concesion no se encontrara inscrita, la reversion operara desde que MORDAZA quedado firme y/o consentida la Resolucion que declaro de caducidad, o de ser el caso, el documento que acredite la resolucion o vencimiento de la vigencia de la concesion."
Articulo 5º.- Notificar la presente resolucion a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, a las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA, a la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables, a la Oficina de Administracion, y a la Oficina de Asesoria Juridica para su conocimiento y cumplimiento obligatorio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 00930-1

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