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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (11/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326170El Peruano viernes 11 de agosto de 2006 del Jurado Nacional de Elecciones, sus normas modificatorias, reglamentarias y derogatorias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 00903-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCONA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 157-2006-CMDP Parcona, 21 de julio del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARCONA Vistos, en Sesión Extraordinaria, de fecha 21 de julio del 2006, el Informe Nº 32-2006-MDP/GM defecha 17 de julio del 2006 y el Informe Legal Nº 75-2006-MDP/AL de fecha 19 de julio del 2006, ambosreferentes a la exoneración de proceso de selección, para adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche, por desabastecimiento inminente. CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 32-2006-MDP/GM, la Gerencia Municipal, comunica que el ComitéEspecial mediante su Informe Nº 033-06-MDP/OA, elmismo que tuvo a cargo la conducción del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública Nº 0001- 2006-MDP , hace saber que el día 7 de julio del 2006,se entregó la buena pro para la adquisición de lecheevaporada entera, habiendo declarado desierto porfalta de postores, el proceso en lo referente al ÍtemNº 2-Hojuelas de quinua, avena y kiwicha, precisando que la ración diaria que se distribuye a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche estácompuesto por Leche evaporada entera y Hojuelasde quinua, avena y kiwicha; Que, el Jefe del Programa del Vaso de Leche, mediante el Informe Nº 016-2006-PROVAL/MDP de fecha 17 de julio del 2006, teniendo en cuenta los resultados del proceso de selección indicado en el considerandoprecedente, solicita la adquisición de 3,375.00 kilos dehojuelas de quinua, avena y kiwicha, con la finalidad deatender a los beneficiarios; Que, teniendo en cuenta lo antes indicado, la Gerencia Municipal mediante su informe de vistos, propone se exonere del proceso de selección porsituación de desabastecimiento inminente, paraefectuar la adquisición de 3,375.00 kilos de hojuelasde quinua, avena y kiwicha, por un monto referencialde Doce mil cuatrocientos ochenta y siete y 50/100 Nuevos Soles (S/. 12,487.50); Que, el artículo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM, señala que se considera situación dedesabastecimiento inminente a aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones que la Entidad tiene a su cargo de maneraesencial. Dicha situación faculta a la entidad a laadquisición de bienes, servicios u obras, solo por eltiempo o cantidad según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda;Que, mediante el Informe Legal Nº 75-2006-MDP/ AL de fecha 19 de julio del 2006, opina por laprocedencia de la exoneración del proceso deselección con la finalidad de adquirir el producto, enla cantidad y monto referencial antes indicado, porsituación de desabastecimiento inminente, teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, opinando que la exoneración debeser aprobada por Acuerdo del Concejo Municipal alamparo de lo que precisa el artículo 20º del mismocuerpo legal antes citado, debiéndose publicar elrespectivo Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano, así mismo se debe remitir copia del Acuerdo y de los informes que lo sustentan, a la Contraloría Generalde la República y a CONSUCODE, publicación ynotificación que deberá hacerse efectiva dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación; Que, la exoneración en virtud del desabas- tecimiento inminente, no constituye dispensa,exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad, cuya conducta hubiese originado la presencia oconfiguración de dicha causal. Constituye agravante la responsabilidad si la situación fue generada por dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidorde la entidad. En cualquier caso la autoridadcompetente para autorizar la exoneración deberáordenar en el acto aprobatorio de la misma, el iniciode las acciones que corresponda de acuerdo al artículo 47º de la Ley; Que, la exoneración del proceso de selección bajo situación de desabastecimiento inminente permitiráadquirir los productos en forma directa y medianteacciones inmediatas en aplicación del penúltimopárrafo del artículo 20º del D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 148º del D.S. Nº 084- 2004-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 y lo señalado en los D.S. Nºs. 083 y 084-2004-PCM, el Concejo Municipal con el votomayoritario de sus integrantes y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección, para la adquisición de 3,375.00 kilos de hojuelas de quinua, avena y kiwicha, por un monto referencial de Doce mil cuatrocientos ochenta ysiete y 50/100 Nuevos Soles (S/. 12,487.50), por situaciónde desabastecimiento inminente, por un plazo de sesenta(60) días. Artículo Segundo.- En el proceso de adquisición deberá observarse de manera irrestricta el procedimiento señalado en el artículo 148º delReglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Encargar al señor Alcalde, que en forma inmediata establezca las medidas necesarias en el marco de los artículos 47º y 141º del D.S. Nº 083- 2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM, respectivamente,las responsabilidades civiles y/o penales de losfuncionarios o servidores involucrados, cuyo accionarnegligente haya originado la situación de desabasteci-miento inminente. Artículo Cuarto.- Encargar al Secretario General de la Municipalidad, cumpla con remitir copia certificadadel presente Acuerdo y de los informes que lo sustentan,a la Contraloría General de la República y al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, así como disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a suaprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TITO H. HUAMÁN LÓPEZ Alcalde 00910-1