Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2006 (11/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano viernes 11 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

326157

derechos (tributos) por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que brinda la Municipalidad Distrital del MORDAZA, conjuntamente con el Informe Nº 004-082-00000509 elaborado por la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria - SAT. Que, en el Informe Nº 004-082-00000509 del SAT, se expone como conclusion que los 172 derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, aprobados por la Ordenanza Nº 123, precisada por la Ordenanza Nº 124 y el Decreto de Alcaldia Nº 009-2006-MDR; han sido establecidos de conformidad con las normas que definen las competencias municipales y la simplificacion administrativa. Que asimismo, en atencion a las precisiones formuladas a traves del Decreto de Alcaldia Nº 0092006-MDR se procedio a la eliminacion de diversos derechos de tramite, disponiendose por tanto la gratuidad de los procedimientos administrativos que se senalan a continuacion: - El procedimiento 01.01 sobre "reclamacion de ordenes de pago, resoluciones de determinacion y resoluciones de multa tributaria". - Los procedimientos 01.05; 01.07; 01.11; y 01.16 por concepto de "inafectacion al pago del impuesto predial para instituciones publicas"; "beneficio de deduccion de 50 UIT de la base imponible del impuesto predial para pensionistas"; "deduccion de 50 UIT de la base imponible del impuesto predial"; y, "exoneracion del pago del impuesto predial para empresas que prestan servicios de establecimiento de hospedaje". - El procedimiento 03.12 denominado "suspension temporal o definitiva de autorizacion municipal de funcionamiento". - El procedimiento 05.21 denominado "prorroga de licencia de obra". - Los procedimientos 04.16 y 05.28 sobre "certificado de conformidad de establecimiento" y "retiro y/o baja del vehiculo del servicio de transporte por la empresa". - Finalmente, se dispuso la eliminacion de cualquier referencia a la exigencia de pago por cada festejo (cada jornada taurina) establecida inicialmente en el procedimiento 03.08 denominado "autorizacion para el funcionamiento del camal en la Plaza de Acho". En atencion a ello, solo correspondera se afronte un unico derecho de tramite por la autorizacion correspondiente. Que, en atencion a que en la Ordenanza Nº 123 se han establecido tambien derechos de tramite que colisionan con diversas disposiciones senaladas en el ordenamiento legal vigente, el pronunciamiento favorable no alcanza a los dos siguientes derechos de tramite por el procedimiento 01.08 denominado "autorizacion de apertura de abono" y el procedimiento 4.21 denominado "modificacion o ampliacion de MORDAZA de estacionamiento o MORDAZA de trabajo para persona juridica para servicio de transporte". Asimismo, tampoco alcanza el pronunciamiento favorable por los derechos de tramite establecidos en los literales a y b del procedimiento 12.01 denominado "expedicion de copias de documentos del archivo municipal: certificadas y simples", debido a deficiencias tecnicas. Que, por otro lado, se debe senalar sobre los 172 derechos correspondientes a los 146 procedimientos listados en el Anexo Nº 1, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, que estos si cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Distritales para la Provincia de MORDAZA, debiendose precisar ademas que la estructura de costos de los derechos esta de acuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001006-00000001, encontrandose por ello justificados. Que, el informe del SAT concluye que el analisis

realizado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital del MORDAZA, teniendo dicha informacion el caracter de declaracion jurada segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2º de la Ordenanza Nº 607 que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Lima; sin perjuicio de ello, debera tenerse presente que la ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del texto integro de la Ordenanza Nº 123, en especial del anexo de la Ordenanza que contiene el listado de los derechos por los procedimientos administrativos que brinda dicha comuna. Dicha obligacion se hace extensiva a la publicacion del texto integro de la Ordenanza Nº 124 y el Decreto de Alcaldia Nº 0092006-MDR, a traves de los cuales se realizan precisiones al texto del anexo de la Ordenanza inicialmente citada. Que, finalmente, debera tenerse presente que en aplicacion del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia; por lo que su aplicacion MORDAZA del cumplimiento de la condicion senalada resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 186-2006-MMLCMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar los 172 derechos correspondientes a los 146 procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, aprobados por la Ordenanza Nº 123, precisada por la Ordenanza Nº 124 y el Decreto de Alcaldia Nº 009-2006-MDR y que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004-08200000509 del Servicio de Administracion Tributaria S AT; ex c e p t o e l d e r e c h o d e t r a m i t e p o r e l procedimiento 01.08 denominado "Autorizacion de Apertura de Abono" y el procedimiento 4.21 denominado "Modificacion o Ampliacion de MORDAZA de Estacionamiento o MORDAZA de Trabajo para Persona Juridica para Servicio de Transporte", ademas de los derechos de tramite establecidos en los literales a) y b) del procedimiento 12.01 denominado "Expedicion de Copias de Documentos del Archivo Municipal: Certificadas y Simples". Articulo Segundo.- Se deja establecido que la procedencia de la presente solicitud de ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del texto integro de la Ordenanza Nº 123, en especial del anexo de la Ordenanza que contiene el listado de los derechos que brinda dicha comuna; asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 124 y el Decreto de Alcaldia Nº 009-2006-MDR. Asimismo se establece la vigencia de la MORDAZA a partir de la publicacion del presente Acuerdo de Concejo ratificator io y Anexo Nº 1 del Infor me del SAT precitado, por lo que la aplicacion sin el cumplimiento de dicha condicion, resulta de absoluta responsabilidad de las funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. Las citadas Ordenanzas han sido ratificadas en el MORDAZA de la Ordenanza Metropolitana Nº 607 "Que Regula el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Aprobadas por la Municipalidades Distritales", en virtud del cual el analisis tecnico efectuado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital, teniendo dicha informacion el caracter de Declaracion Jurada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

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