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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326154El Peruano viernes 11 de agosto de 2006 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 147-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normas la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 queseñala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; enarmonía con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de caráctergeneral en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 019-2006 de fecha 31 de julio del año 2006, establece la compensación mensual por ejercicio de funciones del Presidente de la República, Congresistas de la República,Ministros de Estado, Presidentes Regionales, Alcaldes, Consejeros Regionales y Regidores, para los meses de agosto a diciembre de 2006; Que, de conformidad a los Arts. 5º y 8º del Decreto de Urgencia, señala que el Consejo Regional en el ejercicio de sus funciones fija la compensaciónmensual del Presidente Regional, así como la Dieta de los Consejeros Regionales que en ningún caso puede superar en total el 30% de la compensación mensualdel Presidente del Gobierno Regional; asimismo, en el Inc. f) del Art. 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales expresa que es atribucióndel Consejo Regional fijar la compensación mensual del Vicepresidente Regional; que siendo así es procedente aprobar la compensación mensual delPresidente, Vicepresidente y la dieta de los Consejeros Regionales;Estando a lo aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 013, mediante Acuerdo Nº 186-2006 de fecha 2 de agosto de 2006, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultadesconferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la compensación mensual del Presidente Regional en la suma de S/. 14,300.00 y del Vicepresidente en el monto de S/. 9,100.00 que se otorgarán a partir del 1 de agosto al31 de diciembre del 2006. Artículo Segundo.- APROBAR la dieta de los Consejeros Regionales en la suma de S/. 4,290.00,equivalente al 30% que percibe el Presidente Regional, montos que se otorgarán a partir del 1 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2006. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 9 AGO 2006. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 00914-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G41/G67/G72/GED/G63/G6F/G6C/G61/G20/G79/G20/G41/G67/G72/G6F/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G74/G69/G65/G72/G72/G61/G73/G20/G65/G72/G69/G61/G7A/G61/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G6D/G61/G72/G67/G65/G6E/G69/G7A/G71/G75/G69/G65/G72/G64/G61/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G72/GED/G6F/G20 /G43/G68/G69/G72/G61/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G73/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G69/G74/G61/G20/G79/G20/G53/G75/G6C/G6C/G61/G6E/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 110-2006/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Políticadel Perú, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607, la Ley de Bases de la Descentralización -EXPEDIENTES POR PAGAR 143 HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA 11,809.15 130,737.96 56,559.94 78,869.46 4,874.26 282,850.77 ADELANTO 144 HOSPITAL NA CIONAL DOS DE MAYO 32,381.20 32,381.20 EXPEDIENTES APROBADOS 144 HOSPITAL NA CIONAL DOS DE MAYO 210,747.93 168,224.68 29,157.89 52,511.60 9,579.99 470,222.09 SALDO DE ADELANTO 144 HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO 0.00 EXPEDIENTES POR PAGAR 144 HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO 178,366.73 168,224.68 29,157.89 52,511.60 9,579.99 437,840.89 ADELANTO 147 HOSPITAL EMERGENCIAS PEDIATRICAS 21,129.02 22,827.03 43,956.05 EXPEDIENTES APROBADOS 147 HOSPITAL EMERGENCIAS PEDIATRICAS 205,274.28 45,976.05 251,250.33 SALDO DE ADELANTO 147 HOSPITAL EMERGENCIAS PEDIATRICAS 0.00 EXPEDIENTES POR PAGAR 147 HOSPITAL EMERGENCIAS PEDIATRICAS 184,145.26 23,149.02 207,294.28 ADELANTO 149 HOSPITAL SAN BARTOLOME 14,794.44 14,794.44 EXPEDIENTES APROBADOS 149 HOSPITAL SAN BARTOLOME 648,942.29 31,275.40 43,006.00 723,223.69 SALDO DE ADELANTO 149 HOSPITAL SAN BARTOLOME 0.00 EXPEDIENTES POR PAGAR 149 HOSPITAL SAN BARTOLOME 648,942.29 16,480.96 43,006.00 708,429.25 TOTAL ADELANTO 632,342.63 147,582.64 49,299.78 5,988.33 15,595.28 40,000.00 890,808.66 TOTAL EXPEDIENTES APROBADOS 4,037,131.12 2,433,243.10 356,608.71 334,559.78 31,852.24 0.00 7,193,394.95 TOTAL SALDO DE ADELANTO 6,025.80 0.00 0.00 0.00 0.00 40, 000.00 46,025.80 TOTAL EXPEDIENTES POR PAGAR 3,410,814.29 2,285,660.46 307,308.93 328,571.45 16,256.96 0.00 6,348,612.09 00916-2CONCEPTOS U.E. ESTABLECIMIENTOS CASOS EXCEPCIONALES PROCED. TOTALES ESPECIALES PLAN A PLAN B PLAN C PLAN D PLAN E PLAN B