Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2006 (11/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano viernes 11 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

326155

Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, segun a lo establecido en el Articulo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y conforme al inciso a) del Articulo 37º de la misma ley se senala que el Consejo Regional puede dictar Ordenanzas Regionales, y mediante lo dispuesto en el Articulo 38º de la ley acotada, se establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, segun el Articulo 2º de la Ley Nº 28059 - Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Locales promueven el desarrollo de inversiones en las regiones para fortalecer el MORDAZA de descentralizacion productiva en el pais; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria Nº 11, celebrada el dia cinco de agosto del 2006 en la MORDAZA de MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria la Ley Nº 27902, Ley de Promocion de la Inversion Descentralizada - Ley Nº 28059 y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES PUBLICO REGIONAL EL DESARROLLO MORDAZA Y AGROINDUSTRIAL DE LAS TIERRAS ERIAZAS UBICADAS EN LA MARGEN IZQUIERDA DEL RIO CHIRA EN LAS PROVINCIAS DE PAITA Y SULLANA Articulo Primero.- Declarar de interes publico regional el desarrollo MORDAZA y agroindustrial de las tierras eriazas ubicadas en la margen izquierda del rio Chira en las provincias de Paita y Sullana, de propiedad del Proyecto Especial Chira MORDAZA del Gobierno Regional Piura. Articulo Segundo.- Disponer que los proyectos de inversion que se ejecutan en las referidas tierras, cumplan con lo establecido en el articulo anterior y en concordancia con la normatividad vigente. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de agosto del ano dos mil seis MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 00889-1

Fijan montos de remuneracion del Presidente del Gobierno Regional y de dieta de Consejeros Regionales
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 354-2006/GRP-CR MORDAZA, 3 de agosto de 2006 VISTO: El Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM, publicado el 31 de MORDAZA del 2006, en el que se establece el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico -URSP correspondiente al ano 2007. El Decreto de Urgencia Nº 019-2006, publicado el 1 de agosto del 2006, que establece la compensacion mensual por el ejercicio de funciones del Presidente de la Republica, Congresistas de la Republica, Ministros de Estado, Autoridades con Rango de Ministro de Estado, Presidentes Regionales, Alcaldes, Consejeros Regionales y Regidores, para los meses de agosto a diciembre del 2006. El Oficio Nº 373-2006/GRP-120000, de fecha 2 de agosto del 2006, sobre compensacion mensual de Funcionarios Publicos. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0062003-CRP, de fecha 11 de enero del 2003, se fija la remuneracion mensual del Presidente Regional, en Trece Mil 00/100 Nuevos Soles; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 2782005/GRP-CR, de fecha 31 de enero del ano 2005, se dispuso que la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, sea Diecinueve mil y 00/100 nuevos soles; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 3252006/GRP-CR, de fecha 16 de enero del 2006, se dispone y ratifica la dieta mensual de los Consejeros Regionales en una y media Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ano 2006; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM, publicado el 31 de MORDAZA del 2006, se fija en S/. 2,600.00 (dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles) el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico ­ URSP correspondiente al ano 2007; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2006, publicado el 1 de agosto del 2006, se establece la compensacion mensual por el ejercicio de funciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado elegidos por votacion popular y de los Ministros de Estado y autoridades con rango de Ministro de Estado, correspondiente a los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2006; Que, segun el articulo 5º del Decreto del Urgencia Nº 019-2006, los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibiran por todo concepto, la compensacion por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excedera la suma de S/. 14,300.00,y segun lo dispuesto en el articulo 8º del mismo Decreto de Urgencia, los Consejeros Regionales percibiran dietas que en ningun caso superaran en total el 30% de la compensacion mensual del Presidente del Gobierno Regional; Que, mediante Oficio Nº 273-2006/GRP-120000, de fecha 2 de agosto del 2006, la Oficina Regional de Control Institucional, sugiere se adopten las medidas correspondientes a efectos de dar estricto cumplimiento a lo estipulado en el Decreto de Urgencia Nº 019-2006; El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en Sesion Extraordinaria Nº 10 celebrada el 3 de agosto del 2006 en la sede del Gobierno Regional, con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA: Articulo Primero.- Fijar, la remuneracion mensual como compensacion por el ejercicio de funciones del

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