Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2006 (11/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 11 de agosto de 2006

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen formulacion del Plan Especifico en la MORDAZA del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo del distrito
ORDENANZA Nº 196-C/MC EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS Comas, 19 de MORDAZA del 2006 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA del 2006, el Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA, que aprueba la Ordenanza que dispone la Formulacion del Plan Especifico y otros beneficios en la MORDAZA del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo del distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.6 del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, entre otros, prescribe como funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas; Que mediante Ordenanza Nº 349 dictada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA fueron aprobadas la propuesta de Zonificacion y Vias de la MORDAZA Chacra Cerro del distrito de Comas al mediano plazo. De la misma forma con Ordenanza Nº 124 la Municipalidad de Comas aprobo la propuesta de Zonificacion del distrito de Comas. Sin embargo, no obstante la existencia de los dos instrumentos tecnicos normativos senalados, por razones varias, empero, basicamente por la demanda de viviendas, la MORDAZA del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo, ha sufrido una drastica modificacion MORDAZA, que contraria la normativa descrita y que va desde el incremento de habilitaciones y construcciones informales hasta la ocupacion con edificaciones dentro de los trazos de vias y Areas de equipamiento; Que, en consideracion de la realidad descrita y de conformidad a lo que establece el Decreto Supremo Nº 0272003-VIVIENDA de 6.10.2003, D.S. Nº 032-2003-VIVIENDA sobre Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, y Ordenanza Nº 620 y Nº 738 de la Municipalidad Metropolitana que aprueba el Reglamento de MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de Planes Urbanos Distritales y Actualizacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana, se hace necesario que los sectores en cuestion se definan como MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE, determinandola como MORDAZA de Proyecto Especial, a efectos de que de manera coordinada con la Municipalidad de Comas, con los sectores involucrados a traves de sus Organizaciones Sociales y Propietarios de Predios, se formule un Plan Especifico que defina la vocacion funcional del area, los mecanismos de gestion, los usos del suelo, el trazo de las vias metropolitanas y locales y la ubicacion de equipamiento Urbanos (educacion, salud y recreacion). A este efecto y por el periodo que dure el MORDAZA de elaboracion del instrumento descrito, debe brindarse las facilidades tributarias a los propietarios de predios y/o juntas vecinales que forman parte de este proceso; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, despues de las deliberaciones respectivas, el Pleno del Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DISPONER, la formulacion del Plan Especifico en la MORDAZA del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo del distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, debiendo definir tal instrumento, la vocacion funcional del area, los mecanismos de gestion, los usos del suelo, el trazo de las vias metropolitanas, locales y la ubicacion de equipamientos urbanos (educacion, salud y recreacion). Articulo Segundo.- DEFINIR, el periodo de seis (6) meses para la formulacion del Plan Especifico a que se contrae el primer articulo de esta Ordenanza. Articulo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA conjuntamente con la Subgerencia de Planeamiento y

Catastro, son los responsables Tecnicos de supervisar y/o coordinar la ejecucion del Plan Especifico indicado a traves de la Junta Vecinal, Organizaciones Vecinales o Propietarios de predios del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo. Articulo Cuarto.- De ser necesario la suscripcion de Convenio que corresponda con los representantes de las Organizaciones Vecinales y/o Propietarios de Predios de la MORDAZA del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo, para que a traves de terceros se ejecute el Plan Especifico indicado en el primer articulo de la presente Ordenanza, se eleve de manera inmediata al Concejo para su aprobacion, quien facultara al MORDAZA la suscripcion del mismo. Articulo Quinto.- Disponer que durante el periodo de elaboracion del Plan Especifico mencionado, quedan suspendidas la ejecucion de cobranzas de multas impuestas por concepto de habilitaciones urbanas no autorizadas, venta de lotes sin autorizacion y licencias de obras, a las Organizaciones Vecinales y Propietarios de Predios que se acojan a la elaboracion del Planeamiento Integral del Sector Chacra Cerro. Articulo Sexto.- Exonerar y/o condonar de multas a los habilitadores, Asociaciones de Vivienda, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda y otras formas Asociativas con fines de vivienda del sector del ex Fundo Chacra Cerro Alto y Chacra Cerro Bajo del distrito de Comas, que hayan iniciado o inicien el tramite de Habilitaciones Urbanas hasta el 31 de diciembre de 2006. Quienes hayan cancelado o fraccionado por el concepto descrito, no tienen derecho a solicitar devolucion. Articulo Setimo.- Autorizar al MORDAZA de Comas para que mediante Decreto de Alcaldia, disponga las acciones que considere necesarios para dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- DISPENSAR de la lectura del Acta para que la presente Ordenanza entre en vigencia de inmediato. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00909-1

Disponen reducir o anular multas por construir sin licencia de obra y la reduccion del derecho de licencia para diversos casos
ORDENANZA Nº 197-C/MC Comas, 19 de MORDAZA del 2006. EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA del 2006, el Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA que aprueba la Regularizacion de Licencia de Obra con Beneficios de Rebaja o Anulacion de Multas por Construir sin Licencia de Obra y Reduccion del Derecho de Licencia en la Jurisdiccion del distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 193º numerales 2 y 3 de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, son bienes y rentas de las municipalidades, los impuestos creados a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia; asimismo los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, los Gobiernos Locales crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas o exoneraciones de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, de conformidad con los Articulos 74º y 192º numeral 3 de la Constitucion Politica del Peru concordante con el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el cual establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas, planes nacionales y regionales de desarrollo; Que por Ley Nº 27157 - Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun y su Reglamento aprobado

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