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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (12/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 12 de agosto de 2006 326213REPUBLICADELPERU 2. Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00956-1 ACUERDO DE CONCEJO Nº 108-2006-ACSS Santiago de Surco 10 de agosto de 2006EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO: El pedido del señor Alcalde y el Dictamen Conjunto Nº 026-2006-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos del 10 de agostode 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2006 de fecha 31 de julio de 2006, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 de agosto del año en curso, se ha establecido la compensación mensual por el ejercicio de funciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado elegidos por votación popular y de los Ministros de Estado yautoridades con rango de Ministros de Estado, correspondiente a los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2006, precisándose sus alcances mediante el Decreto Supremo Nº 133-2006- EF del 8 de agosto de 2006, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de agosto del presente año; Que, el artículo 8º del citado Decreto de Urgencia dispone que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben dietas, según el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, dietas que no pueden superar en total el treinta por ciento de la compensación mensual del Presidente Regional o del Alcalde correspondiente; Con el Dictamen Conjunto Nº 026-2006-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 28) y 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó por Unanimidad, el siguiente ACUERDO: 1. Fijar en S/. 1,657.50 (Mil seiscientos cincuenta y siete y 50/100 Nuevos Soles), el monto de la Dieta que percibirácada Regidor del Concejo Distrital de Santiago de Surco, a partir del mes de agosto hasta diciembre del 2006, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de dos (2) Sesiones al mes. 2. Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en el presenteAcuerdo. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00956-2PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2006-CDB Mediante Oficio Nº 133-2006-MUDIBE/SG, la Municipalidad Distrital de Bellavista solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 029-2006- CDB, publicado en la edición del 3 de agosto de 2006. DICE: "Artículo 2º.- Establecer como valor referencial de la presente prórroga de declaración de desabastecimiento inminente la suma de S/. 128,000.00 (cincuenta veintiocho mil y 00/100 nuevos soles); las fuentes de financiamiento: 03 - Participación en Rentas de Aduana y 09 - Recursos Directamente Recaudados; y, la Gerencia Municipal comola encargada de celebrar los contratos respectivos". DEBE DECIR: "Artículo 2º.- Establecer como valor referencial de la presente prórroga de declaración de desabastecimiento inminente la suma de S/. 128,000.00 (ciento veintiocho mil y 00/100 nuevos soles); las fuentes de financiamiento: 03 - Participación en Rentas de Aduana y 09 - Recursos Directamente Recaudados; y, la Gerencia Municipal como la encargada de celebrar los contratos respectivos". 00979-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA N° 014-2006–MDLP/ALC La Punta, 3 agosto del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 3 de agosto del 2006, sobre el Proyecto de Ordenanza del Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2007; CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del capítuloXIV del Título IV, sobre descentralización, establecenque las Municipalidades promueven, apoyan yreglamentan la participación vecinal en el desarrollolocal, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anual, conforme a Ley; Que, el artículo 17.1 de la Ley Nº 27783, establece que los gobiernos regionales y locales están obligados apromover la participación ciudadana en la formulación,