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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (27/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327002El Peruano domingo 27 de agosto de 2006 TÍTULO IX: SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS Artículo 52º.- Supervisión a cargo de FITEL Todos los proyectos que reciban subsidios con fondos de FITEL serán supervisados por la Gerencia FITEL,directamente o a través de terceros, de manera especialhasta la instalación y pruebas de los servicios para asegurarel cumplimiento de las actividades pactadas. El cumplimiento de las obligaciones verificadas por la supervisión, habilita el pago de los desembolsos a las empresas cuando así corresponda. Artículo 53º.- Labores de SupervisiónLas labores de supervisión en general comprenderán principalmente lo siguiente: 53.1. Supervisión de los equipos, materiales e instalación y otras actividades programadas, de acuerdo con el contrato de financiamiento. 53.2. Supervisión de la operación y mantenimiento incluyendo calidad, disponibilidad, continuidad de los servicios, horas de atención del servicio, tráfico y otros elementos pertinentes. 53.3. Supervisión por servicios pagados periódica- mente o por unidades de medida cuando se tratede proyectos de servicios. 53.4. Otras que OSIPTEL considere necesarias para garantizar el uso adecuado de los servicios. Artículo 54º.- Informes de Supervisión Corresponde a la persona que realiza la supervisión dejar constancia de las desviaciones y/o transgresionesque pudieran existir en el respectivo proyecto. Asimismo, la Gerencia encargada del procedimiento de supervisión, deberá recomendar a la Gerencia General las medidas adecuadas respecto al resultado de la supervisión, deacuerdo a las circunstancias del caso. Artículo 55º.- Régimen Legal La supervisión se realizará según las pautas establecidas en las normas o reglamentos existentes sobre dicha materia,en cuanto sean aplicables. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA: Adecuación automática Las disposiciones contenidas en el presente reglamento se adecuarán, de manera automática, a la normativacorrespondiente al SNIP . SEGUNDA: Derogación expresa Por medio del presente, se deroga el Reglamento de Administración y Funcionamiento de FITEL, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 048-2000-CD/OSIPTEL y sus Normas Complementarias aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2005-CD/OSIPTEL. REGLAMENTO DE ADMINISTRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE INVERSION DE TELECOMUNICACIONES (FITEL) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Fondo de Inversión de Telecomunicaciones - FITEL - fue creado en el año 1993 mediante la emisión del DecretoSupremo Nº 013-93-TCC, con la finalidad de financiar losservicios públicos de telecomunicaciones, en las áreas rurales y lugares de preferente interés social. En ese sentido, el presente proyecto ratifica el objetivo que originó la creación de FITEL, estableciendo la necesidad de promover el acceso y servicio universal con el propósito de reducir la brecha de acceso a los serviciospúblicos de telecomunicaciones, facilitando el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación, dentro de las áreas de intervención de FITEL. Se incorporan en el presente proyecto, un conjunto de principios tendientes a crear un marco adecuadopara la interrelación entre los agentes involucrados enla formulación de proyectos. A manera de ejemplo, podemos destacar que se ha considerado la inclusión del principio de transparencia, cuya aplicación dentrodel ámbito de la regulación es imprescindible; el principiode competencia por el mercado, que configura el modelode evaluación ex ante que corresponde ser aplicado por OSIPTEL para la asignación de financiamientomediante concurso público. Respecto a la labor de OSIPTEL en la administración de FITEL, se recogen las funciones que le corresponden a cada una de las instancias administrativas involucradas,sea el Consejo Directivo de OSIPTEL, la GerenciaGeneral de OSIPTEL y la Gerencia FITEL. Asimismo,en dichas funciones se ha realizado la adaptación a la normativa correspondiente al Sistema Nacional de Inversión Pública. De igual modo, se incluyen las labores de la Gerencia de Fiscalización de OSIPTEL respecto a la supervisión dela operación y mantenimiento de los servicios públicos detelecomunicaciones prestados por las empresas operadorasutilizando los fondos de FITEL, así como su labor dentro de la supervisión del cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales asumidas por cada una de lasempresas. La participación ciudadana es una herramienta importante para que la administración tome conocimiento de las necesidades de la población, por ello en el presente proyecto se otorga iniciativa abierta para la presentación de proyectos destinados a la provisión de servicios públicosde telecomunicaciones esenciales, siempre que seencuentren dentro de las áreas de intervención de FITEL.Dentro de este mismo rubro, se encuentran tambiénincluidos los gobiernos locales y regionales, a fin de que puedan promover el desarrollo de su localidad, de acuerdo a sus facultades y competencias. El presente proyecto señala expresamente una serie de programas o proyectos que pueden ser financiados con cargo a los fondos de FITEL, debiendo resaltar los proyectospiloto de telecomunicaciones, a través de los cuales se busca evaluar y analizar nuevas tecnologías. Asimismo, se adiciona la posibilidad de presentar proyectos vinculadosal desarrollo de las Tecnologías de la Información yComunicación, lo cual permitirá tener una herramientaimportante para alcanzar los objetivos de FITEL. Se establecen además, las características que deben tener los proyectos piloto de telecomunicaciones y los proyectos de telecomunicaciones, la forma cómo seadjudicará el financiamiento, sea mediante la adjudicacióndirecta o por concurso público, a efecto de que losinteresados puedan contar con la información necesariapara la formulación de sus proyectos o puedan colaborar con su realización. Cabe resaltar que para la adjudicación de financiamiento mediante concurso público, se precisan las disposiciones específicas aplicables a los concursos realizados por OSIPTEL. Señala además, que cuando la realización delconcurso sea encargada a una tercera institución, se deberá regir por las normas de la institución que realiza el concurso. La calificación de proyectos de inversión pública otorgada a los proyectos que formula FITEL, ha motivadoque el texto del proyecto se adapte a la normativaestablecida por el Sistema Nacional de Inversión Pública,para concordar el marco legal correspondiente a la formulación de proyectos. De igual modo, la emisión del Decreto Supremo Nº 040- 2004-MTC, que faculta a las empresas operadoras apresentar proyectos, utilizando los aportes efectuados alFITEL a partir del ejercicio 2005, también es tratado en elpresente proyecto. En tal virtud, se han incluido las principales disposiciones que regularán el ejercicio de ese derecho por parte de las empresas operadoras. En ese contexto, se recogen las características de los servicios públicos de telecomunicaciones que pueden ser financiados en aplicación del Decreto Supremo Nº 040- 2004-MTC, los requisitos previos que deben cumplir para poder solicitar el financiamiento, las características que deben tener las localidades a ser incorporadas dentro deun proyecto y la forma de realizar el cálculo de los aportesdisponibles. En esta materia, se introduce el cálculo de loscostos de los proyectos en base al concepto de empresaeficiente, para lo cual se prevé la participación de la Gerencia de Políticas Regulatorias de OSIPTEL. Finalmente, en este proyecto se consignan los aspectos básicos que deben tener los contratos de financiamiento,asimismo la obligación de las empresas operadoresrespecto al cumplimiento de sus metas o compromisosasumidos de manera previa a la realización del desembolso, así como también las principales características de las labores de supervisión. 01491-1PROYECTO