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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326996El Peruano domingo 27 de agosto de 2006 2.1. El derecho especial que las empresas operadoras están obligados a pagar a favor deFITEL. 2.2. Las que provengan de otros tributos en general, establecidos conforme a ley. 2.3. El monto de las multas impuestas por OSIPTEL. 2.4. Las asignaciones que se canalicen a través del Tesoro Público. 2.5. Los ingresos financieros que generen los recursos de FITEL. 2.6. Los créditos de fuente interna o externa. 2.7. Los aportes, asignaciones, regalías, donaciones, legados o transferencias por cualquier título,provenientes de personas naturales o jurídicassean nacionales o extranjeras. 2.8. Los derechos sobre activos recuperados judicialmente, así como los entregados en cumplimiento de una obligación, cuando ellos sean derivados de los fondos de FITEL. Artículo 3º.- Definiciones 3.1. CAPEX: Gastos en capital. 3.2. Ciclo del Proyecto: Período que incluye las fases de preinversión, inversión y post inversión que se cumplen en un proyecto. 3.3. Empresa Operadora: Persona natural o jurídica que cuenta con un título habilitante para la explotación comercial de uno más servicios de telecomunicaciones. 3.4. Fecha de presentación de la solicitud: Fecha de admisión por OSIPTEL de la documentacióncompleta presentada por la empresa operadora. 3.5. FITEL: Fondo de Inversión de Telecomunicaciones. 3.6. INEI: Instituto Nacional de Estadística e Informática. 3.7. MEF: Ministerio de Economía y Finanzas.3.8. MTC: Ministerio de Transportes y Comunicaciones.3.9. OPEX: Gastos en Operación y Mantenimiento. 3.10. OSIPTEL: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones. 3.11. Proyecto S ostenible: Aquel que demuestra estar en capacidad de cubrir sus costos operativos, renovar su stock de capital y continuar susoperaciones en condiciones normales de mercado durante el plazo de su concesión, cuando haya finalizado el subsidio. 3.12. Proyecto Viable: Es el proyecto que evidencia ser socialmente rentable, sostenible y compatiblecon los lineamientos del sector. 3.13. Servicios Púb licos de Telecomunicaciones Esenciales: Es el conjunto de servicios públicos de telecomunicaciones capaces de transmitir voz y datos, tales como telefonía, servicios móviles,acceso a Internet, entre otros, que se encuentrendisponibles para la mayoría de los ciudadanosdel país. 3.14. SNIP: Sistema Nacional de Inversión Pública. 3.15. Tecnología de la Información y Comunicación (TICs): Es el conjunto organizado de servicios detelecomunicaciones, informática, acceso a Internet y formación de capacidades. 3.16. Usuario: Es toda persona que utiliza los servicios de una empresa operadora de servicios de públicos de telecomunicaciones. Artículo 4º.- Objetivos de FITELPromover el Acceso y Servicio Universal a las telecomunicaciones para los ciudadanos que no cuenten con servicios públicos de telecomunicaciones esenciales y facilitar el acceso a las TICs, conforme al principio deequidad señalado en el Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones. Artículo 5º.- Principios que orientan la administración de FITEL 5.1. Transparencia : OSIPTEL administrará los recursos de FITEL de manera transparente, deconformidad con el marco legal vigente. 5.2. Competencia por el Mercado: Para la asignación del financiamiento mediante concurso público, sedeberá considerar como criterios sustanciales deevaluación, el ofrecimiento de mínimo subsidio yel ofrecimiento de tarifas adecuadas para los usuarios, de acuerdo a sus ingresos. 5.3. Neutralidad tecnológica: La asignación de los recursos de FITEL debe permitir la utilización de diversas tecnologías, sin preferir, condicionar odiscriminar ninguna de ellas. 5.4. Igualdad de oportunidades: La selección de las localidades beneficiadas con los programas o proyectos de telecomunicaciones a desarrollarse con recursos de FITEL, se basará en criteriosobjetivos a fin de garantizar la igualdad deoportunidades para los ciudadanos. 5.5. Adaptabilidad: El conjunto de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales, considerados para la promoción del Acceso yServicio Universal debe ser revisadoperiódicamente, de acuerdo a la evolución delmercado, las necesidades de los ciudadanos, el progreso tecnológico y los resultados obtenidos. Artículo 6º.- Áreas de intervención de FITEL Las áreas de intervención de FITEL son aquellas que no cuenten con algún servicio público detelecomunicaciones esencial y se encuentren ubicadas en áreas rurales o lugares de preferente interés social. Para efectos de la aplicación del presente reglamento, se deberán considerar: 6.1. "Áreas Rurales": a) Los centros poblados que no formen parte de las áreas urbanas según el INEI y las capitalesde distrito con menos de 3 000 habitantes. b) Los centros poblados que tengan una teledensidad menor a dos (2) líneas del servicio de telefonía de abonado por cada cien (100) habitantes. c) Las capitales de provincia o distrito que no cuenten con todos o algún servicio público detelecomunicaciones esencial. 6.2. "Lugares de Preferente Interés Social": Aquellos que sean declarados como tales por parte del MTC. Artículo 7º.- Instancias de administración de FITELLa administración de FITEL corresponde al Consejo Directivo de OSIPTEL, a través de las instancias que se encuentran indicadas en el presente reglamento, o por medio de la implementación de sus acuerdos o resoluciones. 7.2. Corresponde al Consejo Directivo de OSIPTEL: a) Establecer la política general de FITEL y aprobar su Reglamento de Administración y Funcionamiento. b) Expedir reglamentos y otras normas generales complementarias. c) Autorizar a la Gerencia FITEL a actuar como unidad formuladora ante el SNIP , en los programas o proyectos de telecomunicaciones que sean diseñados por terceros. d) Autorizar la remisión de los programas o proyectos de inversión pública a las instanciascompetentes del SNIP y aprobar los que hayanrecibido la declaratoria de viabilidad en el referido sistema. e) Aprobar las bases y los documentos necesarios para la ejecución de los concursospúblicos a ser realizados por OSIPTEL, destinados a adjudicar el financiamiento de proyectos, incluyendo el valor del subsidio cuando corresponda. f) Aprobar la asignación de recursos para los proyectos piloto así como para los programaso proyectos de telecomunicaciones, que seanelaborados por las empresas operadoras enel marco del artículo 246-A del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones cuando hayan recibido la declaratoria de viabilidad porlas instancias del SNIP . g) El Consejo Directivo de OSIPTEL podráPROYECTO