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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (27/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327000El Peruano domingo 27 de agosto de 2006 TÍTULO VI: PROGRAMAS Y PROYECTOS PRESENTADOS POR LAS EMPRESAS OPERADORAS PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS APORTES EFECTUADOS AL FITEL, EN EL MARCO DEL ARTICULO 246-A DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE TELECOMUNICACIONES Artículo 35º.- Armonía con los objetivos de FITEL Los proyectos presentados por las empresas operadoras, que soliciten el financiamiento de proyectos utilizando los aportes efectuados, deberán realizarse enarmonía con los objetivos de FITEL y de conformidad conlo dispuesto en el presente reglamento. Artículo 36º.- Empresas operadoras que puede presentar programas o proyectos Cualquier empresa que aporte a FITEL puede presentar programas o proyectos de telecomunicaciones. En casouna empresa no cuente con concesión para el áreaespecífica del proyecto o para un servicio determinado, la firma del contrato de financiamiento estará sujeta a la suscripción o modificación del contrato de concesión. Para poder obtener el subsidio, la empresa operadora deberá haber cumplido con las siguientes obligaciones: 36.1. P resentación de la declaración jurada mensual y anual del aporte por regulación a OSIPTEL y del derecho especial de FITEL. 36.2. Constancia de pago de las multas administrativas y tributarias que OSIPTEL le haya impuesto y cuya resolución haya causado estado; salvo que se encuentren impugnadas en sede judicial. Artículo 37º.- Requisitos que deben cumplir los programas o proyectos de telecomunicacionespresentados por las empresas operadoras Los requisitos para los programas o proyectos que presenten las empresas operadoras son los siguientes: 37.1. Ofertar servicios públicos de telecomunicaciones esenciales y/o TICs en las áreas de intervenciónde FITEL, a tarifas razonables con el nivel deingreso de la población rural. 37.2. Los servicios propuestos no deben formar parte de las obligaciones contraídas por las empresas operadoras en sus respectivos contratos de concesión u otras obligaciones asumidas con el Estado. 37.3. Elaborar y presentar programas o proyectos de telecomunicaciones, formulados en base a costosde empresa eficiente en la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales propuestos en la iniciativa. El modelode costo del prestador eficiente, será analizadoteniendo en cuenta el dimensionamiento óptimode planta, con tecnología adecuada y eficiente, que permita el mantenimiento de calidad de servicio así como la sostenibilidad del proyecto. Los parámetros de definición de empresa eficiente serán alcanzados a los promotores porla Gerencia de Políticas Regulatorias y por laGerencia FITEL de OSIPTEL. 37.4. Deberán demostrar que: a) Generarán beneficio social. b) El proyecto es sostenible en el largo plazo. c) El subsidio se limita a cubrir los recursos necesarios para hacer viable el proyecto. d) Se encuentra dentro del marco de las políticas del sector. 37.5. Los proyectos deben ser formulados en el marco del SNIP y al nivel del ciclo del proyecto quecorresponda sea el de perfil, pre factibilidad ofactibilidad. Cada vez que se pase de un nivel a otro, deberán perfeccionar la información presentada, los costos, los cálculos, reducir elriesgo, entre otros. Asimismo, deberán atenderlos requerimientos que les hayan sido alcanzadospor las diversas instancias de evaluación. 37.6. El plazo para que la totalidad de los servicios se encuentren operativos no debe superar dos años luego de la suscripción del contrato definanciamiento. Excepcionalmente, OSIPTELpodrá considerar plazos superiores cuando éstossean absolutamente necesarios para la generación de un mayor beneficio económico y social. Articulo 38º.- Proceso de revisiónLa revisión de los programas o proyectos presentados por las empresas operadoras estará a cargo de la GerenciaFITEL. Dicha revisión se realizará en un plazo máximo deveinte (20) días hábiles. Artículo 39º.- Localidades que podrán ser parte de los proyectos Las localidades deberán contar con las siguientes características a la fecha de formulación del proyecto: 39.1. Que se encuentren dentro de las áreas de intervención de FITEL. 39.2. Que sean localidades que no estén incluidas en programas, proyectos o servicios que hayan sidoaprobados por el Consejo Directivo de OSIPTELo por el MTC, con anterioridad a la fecha depresentación de la solicitud. 39.3. Que las localidades no estén comprendidas en programas o proyectos que hayan recibidoanteriormente subsidio con fondos de FITEL o del MTC, para un servicio igual o similar al que se propone implementar. 39.4. Que sean localidades en las que OSIPTEL, de acuerdo a sus objetivos y a la política de desarrollo del sector, considere conveniente la provisión dealgún servicio. Artículo 40º.- Cálculo de los aportes disponibles por cada empresa operadora El monto de los aportes disponibles por cada empresa para un proyecto o programa elaborado para la aplicacióndel presente título, se calculará a la fecha de presentación de la solicitud, teniendo en cuenta que sólo se considerarán los aportes realizados por el derecho especial de FITELcorrespondientes a los ingresos de la empresa operadora a partir del ejercicio del año 2005, el acumulado de los aportes realizados por el derecho especial de FITEL quetengan el carácter de pago anual y los aportes realizadospor el derecho especial de FITEL que tengan el carácterde pago a cuenta. Para estos efectos se considerarán los pagos por el derecho especial de FITEL realizados a partir del ejercicio del año 2005, descontando: 40.1. Los subsidios otorgados a dicha empresa operadora por proyectos anteriores que se hayanadjudicado en aplicación del artículo Nº 246-A del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. 40.2. Los subsidios solicitados por la empresa mediante proyectos que se encuentren en evaluación o pendientes de firma de contrato de financiamiento. 40.3. La parte alícuota de los gastos corrientes de FITEL calculados sobre el período comprendidodentro de la solicitud del subsidio. 40.4. La parte alícuota del valor total del subsidio requerido por los proyectos consignados en elPrograma de Actividades que OSIPTEL presente al MTC cada año. Esta disposición estará vigente a partir del agotamiento de los fondos acumulados en FITEL hasta el año 2004. Las empresas operadoras podrán solicitar a OSIPTEL información sobre el valor de sus aportes disponibles. Artículo 41º.- Subsidio a otorgarPara la disposición de los recursos de FITEL, de conformidad con el marco del presente título, se tomaráen cuenta que el subsidio solicitado servirá únicamentepara cubrir el monto equivalente al Valor Actual Neto negativo del programa o proyecto que resulte de la evaluación del flujo de caja económico expresado enmoneda nacional. La empresa operadora solicitante delos aportes al FITEL deberá co financiar al menos elveinte por cierto (20%) del valor del CAPEX del proyectoo programa. El flujo de caja económico deberá considerar un período de evaluación mínimo de diez (10) años y unatasa de descuento calculada de acuerdo al costopromedio de capital, aplicándose una metodología quePROYECTO