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NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 27 de agosto de 2006 326989REPUBLICADELPERU de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento" y la"Directiva para la Formulación de los Planes MaestrosOptimizados"; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada por EPSEMAPA HUACHO S.A.; Que, conforme con la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifariasy Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento", seprocedió a remitir el Oficio Nº 032-2006-SUNASS-110, enel que se solicita la subsanación de las deficiencias encontradas en la entrega de su propuesta inicial, las mismas que fueron subsanadas mediante Oficio Nº 182- 2006-EPS-EMAPA-GG; Que, conforme con la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolución de Consejo DirectivoNº 033-2005-SUNASS-CD, corresponde que la Gerenciade Regulación Tarifaria una vez recibido el Plan MaestroOptimizado del solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refiere el artículo 8º de la citada Directiva, admita a trámite elreferido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado EPSEMAPA HUACHO S.A., de determinación de la FórmulaTarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para los próximos cinco años, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 033- 2005-SUNASS-CD. Artículo 2º.- Requerir a EPS EMAPA HUACHO S.A. a fin de que dentro del plazo de cinco (5) días hábilessiguientes de notificada la presente Resolución, ejerza suderecho a solicitar la celebración de una audienciapreliminar, con la finalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO BARRA ZAMALLOA Gerente de Regulación Tarifaria 01425-2 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA FE DE ERRATAS ORDENANZAS REGIONALES Nºs. 107 y 108-2006/GRP-CR Mediante Oficio Nº 049-2006/GRP-200000 el Gobierno Regional de Piura solicita se publique Fe de Erratas de lasOrdenanzas Regionales Nº 107 y 108-2006/GRP-CR, publicadas en la edición del 18 de agosto de 2006. ORDENANZA REGIONAL Nº 107-2006/GRP-CR DICE: ... "Dado, en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veinticinco días del mes de abril del año dos milseis". DEBE DECIR: ... "Dado, en Piura, en la Sede de Gobierno Regional Piura, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil seis".ORDENANZA REGIONAL Nº 108-2006/GRP-CR DICE: ... "Dado, en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veinticinco días del mes de abril del año dos milseis". DEBE DECIR: ... "Dado, en Piura, en la Sede de Gobierno Regional Piura, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil seis". 01464-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G79/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 024-2006-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 14 de agosto del 2006 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 02-2003-G.R.TACNA, de fecha 24 de febrero del 2003, se fijó la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional de Tacna, en el equivalente a cuatro punto noventa y ocho (4.98) Unidades Impositivas Tributarias, y una remuneración mensual equivalente a dos punto cuarenta y dos (2.42) Unidades Impositivas Tributarias, para el Vicepresidente Regional; Que, mediante Acuerdo Nº 004-2006-CR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 6 de marzo del presente, se aprueba las dietas de los Consejeros Regionales, para el presente ejercicio presupuestal, fijándose en una y media (1.5) Unidad Impositiva Tributaria; Que, en virtud de lo dispuesto en el Art. 5º del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, publicado el 1 de agosto del año en curso, los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibirán por todo concepto, la compensación por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excederá la suma de S/. 14,300.00 nuevos soles; Que, así también, el citado Decreto de Urgencia en su Artículo 8º prescribe que los Consejeros Regionales perciben dietas, según el monto que fijan los Consejos Regionales, de conformidad con lo que dispone su respectiva Ley Orgánica; sin embargo, agrega que dichos montos en ningún caso, pueden superar el treinta por ciento (30%) de la compensación mensual del Presidente del Gobierno Regional; Que, la Oficina Regional de Control Institucional, mediante Oficio Nº 558-2006-OCI/GOB.REG.TACNA, de fecha 7 de agosto del presente, sugiere a la Presidencia Regional, adoptar las medidas pertinentes, a los efectos de dar cumplimiento lo dispuesto por Decreto de Urgencia Nº 019-2006; Que, el Artículo 15º literal f) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, faculta al Consejo Regional, para fijar las remuneraciones mensuales del Presidente y Vicepresidente Regional, así como las dietas de los Consejeros Regionales; Por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 15º literal a) y 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas modificatorias y complementarias-; estando a lo aprobado en la Sesión Ordinaria de fecha 14 de agosto del presente, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con el voto aprobatorio de sus miembros asistentes;