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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de diciembre de 2006 333811 Finanzas y los Presidentes de los Gobiernos Regionales de los departamentos de San Martín, Amazonas, Arequipa y Tumbes, respectivamente, se trans fi rió a dichos gobiernos regionales la competencia para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal; Que, además, los representantes de las Comisiones de Transferencia del Ministerio de Economía y Finanzas y de los mencionados gobiernos regionales suscribieron el Informe Final, el Acta Sustentatoria y los demás documentos que establece la Directiva “Procedimiento para Efectivizar la Transferencia de Funciones Especí fi cas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Comuníquese que mediante Actas de Entrega y Recepción del 26 de mayo de 2006, suscritas por el Ministro de Economía y Finanzas y los Presidentes de los Gobiernos Regionales de los departamentos de San Martín, Amazonas, Arequipa y Tumbes, respectivamente, se trans fi rió a dichos gobiernos regionales la competencia para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 6403-1 Lineamientos para la identificacion y cuantificacion de los recursos asociados a la transferencia de funciones, fondos, programas y proyectos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 664-2006-EF/10 Lima, 1 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de la descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralización, establece el principio de neutralidad en la transferencia de los recursos, en el que dispone que se debe establecer un programa ordenado de transferencia de servicios y competencias del Gobierno Nacional a los Gobiernos Subnacionales, con efectos fi scales neutros; es decir, evitar la transferencia de recursos sin contraprestación de responsabilidades de gasto; Que, el artículo 5º del Reglamento de la Ley de Descentralización Fiscal - Decreto Legislativo Nº 955, aprobado por el Decreto Supremo Nº 114-2005-EF, establece que el Gobierno Nacional realizará la transferencia de competencias, funciones y recursos a los Gobiernos Regionales y/o Regiones y a los Gobiernos Locales, que cumplan con las disposiciones establecidas en los Planes Anuales de Transferencias de Competencias Sectoriales, y con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación a los Gobiernos Regionales y Locales; así como en las normas que dicte el Consejo Nacional de Descentralización - CND, en lo que resulte aplicable; Que, las transferencias de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, correspondientes a los Planes Anuales de Transferencia 2004 y 2005, aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM y el Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se han formalizado sin determinar los recursos presupuestales asociados a las funciones acreditadas y transferidas, por lo que es necesario dictar los lineamientos para que las entidades del Gobierno Nacional identi fi quen y cuanti fi quen los recursos asociados a dichas funciones ejecutoras transferidas, a fi n de regularizar, de ser el caso, las transferencias de recursos no realizadas y los Gobiernos Regionales dispongan de los recursos necesarios para ejercer a plenitud las funciones acreditadas y transferidas, las mismas que han sido incorporadas en sus respectivos Reglamentos de Organización y Funciones; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 068-2006- PCM dispone que el Pliego que trans fi ere, en coordinación con el Consejo Nacional de Descentralización y el Ministerio de Economía y Finanzas, realizará la identi fi cación y cuanti fi cación de los recursos presupuestales asociados a las funciones, fondos, programas y proyectos a transferirse a los Gobiernos Regionales y Locales, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario; Que, el numeral 5.3, del artículo 5º del Reglamento de la Ley de Descentralización Fiscal - Decreto Legislativo Nº 955, aprobado por el Decreto Supremo Nº 114-2005-EF, establece que la cuanti fi cación de los recursos, para efectos de la transferencia a los Gobiernos Regionales y/o Regiones y a los Gobiernos Locales así como para lo señalado en el numeral 5.5 de dicho Reglamento, se realizarán bajo los lineamientos que dicte el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el CND, y será responsabilidad de las entidades del sector público, en coordinación con el MEF, a través de la DNPP, y el CND; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, y por el numeral 5.3, del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 114-2005-EF - Reglamento de la Ley de Descentralización Fiscal - Decreto Legislativo Nº 955; SE RESUELVEArtículo Único.- Aprobar los lineamientos para la identi fi cación de los recursos asociados a la transferencia de funciones, fondos, programas y proyectos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas LINEAMIENTOS PARA LA IDENTIFICACION Y CUANTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS ASOCIADOS A LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES, FONDOS, PROGRAMAS Y PROYECTOS A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES I.- BASE LEGAL - Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783 - Ley de Descentralización Fiscal - Decreto Legislativo Nº 955, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 114-2005-EF - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411 - Procedimiento para la Formulación de los Planes de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Directiva Nº 005-CND-P-2005, aprobado por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005. - Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, que aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales del año 2006” - Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, que establece disposiciones relativas a la culminación de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. II. OBJETO a) Establecer los criterios que deben utilizar las entidades del sector público para identi fi car los recursos