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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de diciembre de 2006 333816 de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Poechos; y la solicitud de modi fi cación del Contrato de Concesión Nº 180-2001, presentada el 22 de marzo de 2006; CONSIDERANDO:Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 071-2001- EM, publicada el 20 de abril de 2001, Sindicato Energético S.A. - SINERSA es titular de la concesión de fi nitiva de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Hidroeléctrica Poechos, con una capacidad instalada de 27 MW, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 180-2001; Que, en mérito de la Resolución Suprema Nº 040- 2002-EM, publicada el 17 de octubre de 2002, se aprobó la modi fi cación del Contrato de Concesión Nº 180-2001 a favor de Sindicato Energético S.A. - SINERSA, reduciéndose de la capacidad instalada de la Central Hidroeléctrica Poechos de 27 MW a 15,4 MW, construyendo sólo una casa de máquinas denominada Poechos I; Que, con fecha 22 de marzo de 2006, el Sindicato Energético S.A. - SINERSA solicitó la modi fi cación del contrato de concesión, con el objeto de aumentar la capacidad instalada de la Central Hidroeléctrica Poechos de 15,4 MW a 25,4 MW, construyendo la segunda casa de máquinas denominada Poechos II con una potencia instalada adicional de 10 MW; Que, Sindicato Energético S.A. - SINERSA ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se re fi ere el Informe Nº 295- 2006-DGE-CEL, siendo procedente aprobar la modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 180-2001, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 180-2001, en los aspectos referidos a los numerales 1.1 y 1.3 de la Cláusula Primera, y del numeral 2.1 c) del Anexo Nº 02, y la inclusión del numeral 1.4 de la Cláusula Primera y del Anexo Nº 04, sobre concesión defi nitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Poechos, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 180-2001, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 180-2001. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a su expedición y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 6414-7Aprueban modificación del Contrato de Concesión Nº 174-2000, celebrado entre el Ministerio e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2006-EM Lima, 1 de diciembre de 2006 VISTOS: El Expediente Nº 14108700, organizado por Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., sobre concesión defi nitiva para desarrollar las actividades de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisión de 220 kV SE Oroya Nueva - SE Carhuamayo - SE Paragsha - Derivación Antamina; y la solicitud de modi fi cación del Contrato de Concesión Nº 174-2000; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 072-2001- EM, publicada el 20 de abril de 2001, Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A. es titular de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, las líneas de transmisión de 220 kV SE Oroya Nueva - SE Carhuamayo Nueva, SE Carhuamayo Nueva - SE Paragsha, SE Paragsha - Derivación Antamina, asumiendo los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesión Nº 174-2000, elevado a Escritura Pública el 19 de marzo de 2001; Que, mediante documento presentado el 21 de julio de 2005, ingresado bajo el Registro Nº 1548750, el concesionario solicitó la modi fi cación del Contrato de Concesión de fi nitiva Nº 174-2000, a efectos de delimitar, en coordenadas UTM PSAD 56, el área del terreno ocupado por la Subestación Oroya Nueva 220 kV (ampliación), lo cual implica la modi fi cación del numeral 1.2 de la Cláusula Primera y el Anexo Nº 2 del referido Contrato; Que el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se re fi ere el Informe Nº 187-2006- DGE-CEL, siendo procedente aprobar la modi fi cación al Contrato de Concesión N° 174-2000, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación del numeral 1.2 de la Cláusula Primera y el Anexo Nº 2 del Contrato de Concesión Nº 174-2000, celebrado entre el Ministerio de Energía e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 174-2000 aprobada en el artículo precedente, y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 174-2000. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, la presente Resolución Suprema será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.