Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2006 (07/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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las piezas y equipos esenciales para el funcionamiento de los citados ascensores; Que, segun se refiere en el Informe Nº 468-2006MTC/10.02, el servicio de mantenimiento de los cuatro (04) ascensores MORDAZA citados, constituye un servicio esencial para el MTC; y, el desperfecto en uno de ellos produciria una serie de contratiempos que se verian reflejados en la normal operatividad y desempeno en la gestion del personal del MTC; ademas carecer del servicio de mantenimiento ocasionaria inconvenientes tales como: (i) disminucion en la productividad (horas/hombre) del personal del MTC, teniendo en cuenta que la nueva sede es un edificio que cuenta con 11 pisos; (ii) si los ascensores estuvieran desprovistos de un mantenimiento continuo y periodico existe una gran posibilidad que el indice de siniestralidad crezca, teniendo como consecuencia una elevada probabilidad de accidentes que afectarian no solo al personal que labora en las instalaciones de la nueva sede, sino al publico en general; (iii) resulta mas beneficioso para el MTC contratar por un periodo de un (01) ano, el servicio de mantenimiento continuo, que contratarlo solo cuando exista un desperfecto determinado, situacion que originaria que por lo menos un ascensor se encuentre inoperativo; Que, segun lo senalado por la Direccion de Abastecimiento en el Informe MORDAZA citado, el servicio de mantenimiento para los cuatro (04) ascensores MORDAZA MORDAZA ubicados en el MTC por un periodo de 12 (doce) meses, asciende a la suma total de S/. 54,978.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles) inc. IGV, el mismo que representa un pago mensual de S/. 4,581.50 (Cuatro Mil Quinientos Ochenta y Uno y 50/100 Nuevos Soles) inc. IGV, y que resulta siendo el mismo monto que actualmente se viene pagando por dicho servicio; Que, el Director de Administracion Presupuestal mediante Memorando N° 0895-2006-MTC/10.01, informa que en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de 2006 de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General, cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 55,000.00 (Cincuenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) en la Especifica de Gasto 39 Otros Servicios de Terceros, en la Fuente Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, de acuerdo al inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante LA LEY) aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante EL REGLAMENTO) aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. De acuerdo a esta disposicion se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 20° de LA LEY, en concordancia con los articulos 146° y 147° de EL REGLAMENTO, establecen que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Estas resoluciones requieren obligatoriamente de uno o mas informes tecnico-legales previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; agrega el citado articulo que deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, MORDAZA de dichas Resoluciones y el informe que las sustenta dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 148° de EL REGLAMENTO, las adquisiciones o contrataciones se realizaran en forma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la adquisicion o

contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, en los antecedentes obra MORDAZA del Certificado expedido por el Secretario Adjunto de la Compania MORDAZA Elevator Company de fecha 2 de marzo de 2006, el mismo que certifica que la citada empresa vendio, traspaso, cedio e hizo llegar el 22 de MORDAZA de 1987, todos los activos utilizados en la venta, instalacion, servicio y mantenimiento de los elevadores y escaleras mecanicas en el Peru, a la empresa Ascensores S.A.; asimismo, segun el citado Certificado, la empresa MORDAZA Elevator Company vendio exclusivamente a la empresa Ascensores S.A. el equipo MORDAZA para la venta en la Republica del Peru; conviniendo en proporcionar asistencia tecnica a Ascensores S.A.; de acuerdo a las condiciones y terminos del Acuerdo de Asistencia Tecnica suscrito entre MORDAZA empresas con fecha 23 de MORDAZA de 1992; Que, segun se desprende del Informe Nº 468-2006MTC/10.02 de la Direccion de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, es necesario que la nueva sede central del MTC cuente de manera continua con la prestacion del servicio de mantenimiento de los cuatro (04) ascensores MORDAZA MORDAZA instalados en dicho inmueble, el cual debe ser prestado por la empresa que garantice el mantenimiento con personal tecnico y especializado en las piezas y equipos esenciales para el funcionamiento de los citados ascensores, como es el caso de la empresa Ascensores S.A., como representante exclusivo en el Peru del fabricante MORDAZA Elevator Company; garantizando de esta forma su correcta operatividad y reduciendo el indice de siniestralidad, caso contrario se pondria en riesgo la seguridad de los usuarios, MORDAZA trabajadores del MTC como publico en general; asimismo, se correria el riesgo inminente que ante los desperfectos producidos en dichos equipos se disminuya la productividad del factor humano. En este orden de ideas, se busca que los usuarios, MORDAZA trabajadores del Sector o terceros no se encuentren expuestos a cualquier MORDAZA de accidentes durante el uso de los ascensores; Que, en tal sentido, procede la exoneracion por causal de bien que no admite sustituto y proveedor unico de conformidad con lo dispuesto en el literal e) del articulo 19º de LA LEY y el articulo 144º de EL REGLAMENTO; correspondiendo a la empresa Ascensores S.A. como representante exclusivo en el Peru del fabricante MORDAZA Elevator Company, la prestacion del servicio de reparacion y mantenimiento de los cuatro (04) ascensores MORDAZA instalados en el MTC; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolucion Secretarial N° 017-2005-MTC/10 y sus modificatorias, la Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de mantenimiento de cuatro (04) ascensores MORDAZA MORDAZA instalados en la sede central del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion hasta por la suma de S/. 54,978.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Ocho y 00/100 Nuevos

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