Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

dichas discusiones, intencion que fuera manifestada por ambos Ministros en el MORDAZA de la reunion de lideres de APEC realizada en la Republica de Viet Nam, en noviembre de 2006, oportunidad en que los paises de Peru y Canada suscribieron un Acuerdo de Promocion y Proteccion Reciproca de Inversiones (FIPA); Que, los dias 14 y 15 de diciembre de 2006, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, se llevara a cabo la primera reunion exploratoria en torno a la posible negociacion de un tratado de libre comercio con Canada; Que, en tal razon, el Viceministro de Comercio Exterior, ha solicitado que se autorice su viaje, el de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los senores MORDAZA Ferreyros Kuppers y MORDAZA Dupuy MORDAZA de MORDAZA, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representacion del MINCETUR participen en la indicada reunion; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por el Decreto de Urgencia N° 006-2006 y la Ley N° 28807 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 14 al 16 de diciembre de 2006, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Najar, Viceministro de Comercio Exterior, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los senores MORDAZA Ferreyros Kuppers y MORDAZA Dupuy MORDAZA de MORDAZA, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representacion del MINCETUR participen en la reunion a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 643,00 x 4) Viaticos (US$ 200,00 x 3 dias x 4) Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 4) : US$ 2 572,00 : US$ 2 400,00 : US$ 121,00

establece que solo los Oficiales en situacion de actividad seran nombrados para ocupar un cargo en el exterior de la Republica, en representacion de su Institucion; Que, es necesario que las normas para el nombramiento del personal militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica y sus funciones, se encuentren establecidas en un Dispositivo Legal; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Del Reglamento Apruebese el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, y que consta de cinco (5) capitulos, quince (15) articulos, tres (3) Disposiciones Transitorias, una (1) Disposicion Complementaria y un (1) anexo. Articulo 2º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Modifiquese el articulo 3º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 en los siguientes terminos: "Articulo 3º.- Modalidades de viaje Los viajes al exterior con caracter oficial comprenden las modalidades siguientes: - Mision de Estudios, - Comision de Servicio; y, - Tratamiento Medico Altamente Especializado. Segunda.- Deroguese el Capitulo III del Reglamento de Viajes al exterior de Personal Militar y Civil del sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; y la Resolucion Ministerial Nº 11682004-DE/SG de fecha 10 de noviembre del 2004. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores REGLAMENTO DEL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS EN MISION DIPLOMATICA CAPITULO I DEL OBJETO Y AMBITO DE APLICACION DEL REGLAMENTO Articulo 1º.- DEL OBJETO El presente reglamento tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos para designar al Personal Militar en Mision Diplomatica, asi como los cargos y funciones que desempenaran los mismos. Articulo 2º.- DEL AMBITO DE APLICACION El ambito del presente Reglamento comprende al Ministerio de Defensa ­ Direccion General de Politica y Estrategia, al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a los Comandos del Ejercito del Peru, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Fuerza Aerea del Peru, y al personal militar nombrado en mision diplomatica. CAPITULO II DE LA NATURALEZA DE LA FUNCION Y CARGOS A DESEMPENAR EN MISION DIPLOMATICA Articulo 3º.- DE LA NATURALEZA El personal militar de las Fuerzas Armadas en mision diplomatica, brinda un servicio de naturaleza publica,

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunion a la que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Encargar el Despacho del Viceministerio de Comercio Exterior al senor MORDAZA MORDAZA Rubio, Viceministro de Turismo, a partir del 14 de diciembre de 2006 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 6681-1

DEFENSA
Aprueban Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica
DECRETO SUPREMO Nº 028-2006-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley Nº 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas

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