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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de diciembre de 2006 334441 se constituyó la Comisión de Conmutación de la Pena, encargada de evaluar, cali ficar y proponer al Presidente de la República la concesión de dicha gracia; Que, la Comisión de Conmutación de la Pena, tiene carácter multisectorial y está integrada por dos representantes de la Ministra de Justicia, uno de los cuales la preside, un representante de la Corte Suprema de Justicia de la República, un representante de la Fiscal de la Nación, y un representante del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, los cuales son designados mediante Resolución Suprema; Que, mediante Resolución Suprema N° 045-2006-JUS, se aceptó la renuncia del Presidente y Representante del Ministro de Justicia ante la Comisión de Conmutación de la Pena y se reconstituyó la conformación de la misma; Que, por Resolución Suprema N° 187-2006-JUS, se designó a la señora abogada Jeannette Elaine Oyarce Delgado como representante de la Ministra de Justicia y Presidente de la Comisión de Conmutación de la Pena, y al señor abogado Luis Ambrosio Cruz Godo como representante de la Ministra de Justicia; Que, mediante Resolución Suprema N° 025-2006-JUS, se designó al señor abogado Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, como integrante de la Comisión de Conmutación de la Pena, en representación de la Fiscal de la Nación; Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1469- 2006-MP-FN, se dejó sin efecto la designación del doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, como representante de la Fiscalía de la Nación ante la Comisión de Conmutación de la Pena, designándose a la doctora María de Lourdes Loayza Gárate, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria, como representante de la Fiscal de la Nación ante la Comisión de Conmutación de la Pena; Que, por Resolución de fecha 20 de junio de 2006, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial designó al señor abogado Oscar Alfaro Álvarez, Vocal Supremo Titular cesante, como representante de la Corte Suprema de Justicia de la República ante la Comisión de Conmutación de la Pena; Que, mediante Resolución Presidencial N° 647-2006- INPE/P, la Presidenta del Instituto Nacional Penitenciario designó al señor abogado Javier Llaque Moya, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, como representante de dicho Consejo ante la Comisión de Conmutación de la Pena; Que, por Resolución Presidencial N° 691-2006-INPE/ P, la Presidenta del Instituto Nacional Penitenciario, con la conformidad de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y la O ficina de Asesoría Jurídica, deja sin efecto la Resolución Presidencial N° 647-2006-INPE/P que designó al señor abogado Javier Llaque Moya, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario, como representante del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario ante la Comisión de Conmutación de la Pena; designando en su lugar a la doctora Fanny Paola Uchuya Donayre como representante de dicho Consejo ante la referida Comisión; Que, es necesario designar a los representantes de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Fiscal de la Nación y del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, ante la Comisión de Conmutación de la Pena, así como reconstituir la citada Comisión; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N° 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Supremo N° 004-2001-JUS, modi ficado por Decreto Supremo N° 011-2004-JUS, que constituyó la Comisión de Conmutación de la Pena; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar al señor abogado Oscar Alfaro Álvarez, como representante de la Corte Suprema de Justicia de la República ante la Comisión de Conmutación de la Pena. Artículo 2°.- Designar a la señora abogada María de Lourdes Loayza Gárate, como representante de la Fiscal de la Nación ante la Comisión de Conmutación de la Pena. Artículo 3°.- Designar a la señora abogada Fanny Paola Uchuya Donayre, como representante del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario ante la Comisión de Conmutación de la Pena.Artículo 4°.- Reconstituir la Comisión de Conmutación de la Pena, la cual quedará conformada de la siguiente manera: - Señora abogada Jeannette Elaine Oyarce Delgado, representante de la Ministra de Justicia, quien la presidirá. - Señor abogado Luis Ambrosio Cruz Godo, representante de la Ministra de Justicia. - Señor abogado Oscar Alfaro Álvarez, representante de la Corte Suprema de Justicia de la República. - Señora abogada María de Lourdes Loayza Gárate, representante de la Fiscal de la Nación. - Señora abogada Fanny Paola Uchuya Donayre, representante del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 5°.- Dejar sin efecto las Resoluciones Supremas N°s. 025-2006-JUS y 045-2006-JUS. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 6761-13 Acceden a pedidos de extradición de procesados y disponen su presentación a los Gobiernos de la República de Chile y de EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 220-2006-JUS Lima, 13 de diciembre de 2006Visto; el Informe de la Comisión O ficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 145-2006/COE-TC, del 5 de diciembre de 2006, sobre la solicitud de extradición activa del procesado JORGE ANTONIO MEZA DIONICIO, formulada por la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 22 de noviembre de 2006, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado JORGE ANTONIO DEZA DIONICIO, por delito contra la libertad - violación de la libertad sexual, en agravio de menor de edad (Exp. N° 83-2006); Que, mediante el Informe N° 145-2006/COE-TC de 5 de diciembre de 2006, la Comisión O ficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. N° 957, el inciso 5) del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República de Perú y la República de Chile, suscrito el 5 de noviembre de 1932, aprobado por Resolución Legislativa N° 8374, del 16 de junio de 1936, Canje de Rati ficaciones en Lima, el 15 de julio de 1936, vigente desde el 15 de julio de 1936; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado JORGE ANTONIO MEZA DIONICIO, formulado por la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de