Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2006 (14/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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N° DE ORDEN 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 BIENES Y SERVICIOS Tableros acrilicos con clic metalico Equipos de Computo Impresoras Laser Fotocopiadoras MORDAZA de tizas x 10 unidades de color MORDAZA Papelografos de color MORDAZA Motas para pizarra acrilica Maskin tape 1´´ de 40 yardas Plumones punta gruesa para papel, color MORDAZA Plumones punta gruesa para papel, color MORDAZA Plumones punta gruesa para pizarra acrilica, color MORDAZA Plumones punta gruesa para pizarra acrilica, color MORDAZA Fabricacion de DVD ­ 1 juego (20 DVD) Produccion y realizacion de Audio y Video de Alfabetizacion Adquisicion de Seguros contra todo riesgo Modular, Embalar y Transporte de Bienes

NORMAS LEGALES
CANTIDAD 30,000 10 3 2 105,000 2,000.000 50,000 50,000 100,000 100,000 60,000 60,000 20,000 1 1 1

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de diciembre de 2006

6758-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan suscripcion de Acuerdo de Suspension de Plazo para solicitar constitucion de derechos de servidumbre a que se refiere el Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa
RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2006-EM MORDAZA, 13 de diciembre de 2006 VISTO el Acuerdo de Suspension de Plazo para solicitar la constitucion de Derechos de Servidumbre, suscrito entre Transportadora de Gas del Peru S.A. y el Estado, en el MORDAZA del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa; y, CONSIDERANDO: Que, Transportadora de Gas del Peru S.A. es titular de la Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa (la "Concesion"), en merito del referido contrato, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 102-2000-EM, suscrito el 9 de diciembre de 2000 ("Fecha de Cierre"); Que, la Clausula 7.1.1 del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa (el "Contrato BOOT") establece que la Sociedad Concesionaria debera establecer las rutas de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la constitucion de los correspondientes derechos de servidumbre dentro de los doce (12) meses siguientes a la Fecha de Cierre; Que, la Clausula 20.1 del Contrato BOOT dispone que los plazos previstos en el mismo seran suspendidos, entre otros, cuando medie acuerdo entre las Partes, para lo cual, el Concedente debera tomar en cuenta el posible perjuicio a las partes que suscriben los demas contratos mencionados en la Clausula 5.3.3 del referido contrato; Que, los plazos contemplados en la Clausula 7.1.1 y 13.0 del Contrato BOOT, tenian como fecha de vencimiento el 9 de diciembre de 2001. Sin embargo, debido a causas justificadas, dicho plazo se suspendio mediante Acuerdos de Suspension de Plazo para Solicitar Servidumbres, los mismos que fueron aprobados mediante Resoluciones Supremas Nºs. 179-2001EM, 043-2002-EM, 035-2004-EM y 063-2005-EM; Que, asimismo, la referida empresa suscribio, en fecha 10 de MORDAZA de 2002, un Convenio de Colaboracion con el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras - PETT del Ministerio de Agricultura, a efectos de que lleve a cabo el

saneamiento fisico y legal de todos los predios existentes en la ruta del trazo del ducto; Que, Transportadora de Gas del Peru S.A., con fecha 6 de MORDAZA de 2006 solicito una nueva suspension del plazo a que hace referencia la Clausula 7.1.1 del Contrato BOOT, sustentado su pedido en que no se ha culminado el trabajo de saneamiento fisico y legal por parte del PETT, de los predios existentes en la ruta del trazo del ducto en los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica y Lima; Que, mediante Oficio Nº 1168-2006-AG-PETT-DEDCR de fecha 26 de MORDAZA de 2006, el PETT preciso que existen predios sujetos al requerimiento de un MORDAZA de rectificacion de areas y linderos; asimismo senalo que en otros casos por los resultados de tacha efectuadas por Registros Publicos, no ha sido posible el saneamiento lo cual escapa a su responsabilidad; Que, para la constitucion de los derechos de servidumbre es necesario que se identifiquen plenamente a los predios afectados, pues de lo contrario no podra cumplirse con los requerimientos que precisan las normas para obtener las servidumbre requeridas; Que, el literal d) de la Clausula 20.1 del Contrato BOOT preve la suspension de los plazos por acuerdo entre las Partes, siempre que no se cause un perjuicio a las partes que suscribieron los demas contratos: Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red Ductos en MORDAZA y Callao, Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Yacimientos de Camisea - Lote 88; y, Que, en atencion a lo senalado, las partes han acordado la suscripcion de un Acuerdo de Suspension para solicitar servidumbres; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Transporte de Gas Natural por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-99-EM; Con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la suscripcion del Acuerdo de Suspension de Plazo para solicitar la constitucion de los derechos de servidumbre a que se refiere la Clausula 7.1.1. del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, a suscribirse entre el Estado, representado por el Ministerio de Energia y Minas, y la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A., el cual forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Autorizar al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas a suscribir el Acuerdo de Suspension de Plazo. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 6761-12

JUSTICIA
Designan representantes de la Corte Suprema, de la Fiscal de la Nacion y del Consejo Nacional Penitenciario del INPE ante la Comision de Conmutacion de la Pena
RESOLUCION SUPREMA N° 219-2006-JUS MORDAZA, 13 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2001-JUS, modificado por Decreto Supremo N° 011-2004-JUS,

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