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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (17/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de diciembre de 2006 334726 el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y en la página web de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional Ofi cina Nacional de Procesos Electorales 6836-1 Habilitan excedentes de hologramas de constancia de voto de las Elecciones Regionales y Municipales 2006 como hologramas de dispensa RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 274-2006-J/ONPE Lima, 15 de diciembre de 2006 VISTOS; el Informe Nº 506-2006-SGOE-GGE/ONPE de la Subgerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral, el Memorando Nº 1417-2006-GGE/ONPE, la Gerencia de Gestión Electoral, el Memorando Nº 2372-2006-GAF/ONPE la Gerencia de Administración y Finanzas, así como el Informe Nº 116-2006-CMSC-GAJ/ONPE y el Memorando Nº 1083-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y su Ley Orgánica; Que, según lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley Nº 26487, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5º de la mencionada Ley, es función de la ONPE plani fi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente. Asimismo, conforme al inciso b) del citado artículo, la ONPE debe diseñar la cédula de sufragio, las actas electorales, los formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Que según el artículo 160º de la Orgánica de Elecciones, la ONPE implementa mecanismos de seguridad e fi cientes, que garanticen la con fi abilidad e intangibilidad de los documentos electorales; Que, conforme al artículo 162º de la mencionada Ley, el material electoral es de propiedad de la ONPE y de uso exclusivo para el proceso electoral. Asimismo, el artículo 163º de la misma Ley dispone que se debe reutilizar el material sobrante de procesos anteriores, en la medida en que resulte más económico y su naturaleza lo permita; Que, el artículo 29º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, Nº 26497, establece que el Documento Nacional de Identidad, para surtir efectos legales, en los casos que corresponda, debe contener o estar acompañado de la constancia de sufragio en las últimas elecciones en las que se encuentra obligada a votar la persona o, en su defecto, la correspondiente dispensa de no haber sufragado; Que, atendiendo a los documentos de vistos emitidos por la Gerencia de Gestión Electoral, se veri fi ca la necesidad de aprobar el uso de los excedentes de hologramas de sufragio de las Elecciones Regionales y Municipales 2006 realizadas el domingo 19 de noviembre de 2006, para ser empleados como hologramas de dispensa; Estando a las normas mencionadas, y en uso de las atribuciones conferidas a la Jefa de la ONPE mediante el artículo 13º de la Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el literal d) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 154-2006-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- HABILÍTENSE 400,000 (cuatro- cientos mil) excedentes de hologramas de constancia de voto de las Elecciones Regionales y Municipales 2006, como hologramas de dispensa. Para dicho efecto se deberá enumerar cada uno de los hologramas, en orden correlativo, y se deberá imprimir en dichos hologramas, en color negro, la palabra “DISPENSA”. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones el contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional 6902-1 UNIVERSIDADES Ratifican resolución que autoriza viaje de catedrático de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a España, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05779-R-06 Lima, 15 de diciembre del 2006Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 05301-FII-06 y 15111-06 de la Facultad de Ingeniería Industrial, sobre viaje al exterior en comisión de servicios y encargatura; CONSIDERANDO: Que el Mg. JORGE LUIS INCHE MITMA, Decano de la Facultad de Ingeniería Industrial, con código Nº 034738, solicita se le declare en Comisión de Servicios del 18 al 31 de diciembre de 2006, al haber aceptado la invitación efectuada por el Director del Centro Europeo de Empresas Innovadoras de Elche (CEEI ELCHE) para participar en las reuniones de trabajo con el objeto de determinar y analizar futuras líneas de trabajo de colaboración y concretar convenios de cooperación dentro del ámbito del aprendizaje y la creación de empresas, a realizarse en la ciudad de Alicante, España; Que el Consejo de la Facultad de Ingeniería Industrial en su sesión del 4 de diciembre de 2006, autoriza el viaje por comisión de servicios, del 18 al 31 de diciembre de 2006, al Mg. JORGE LUIS INCHE MITMA, acuerdo que es explicitado mediante Resolución de Decanato Nº 338-D-FII-06 del 5 de diciembre de 2006; Que asimismo, solicita al Rectorado se le otorgue al mencionado docente la suma en nuevos soles equivalente a US$ 1,001.68 dólares americanos por concepto de Pasajes, Seguro Médico Internacional y Tarifa CORPAC; Que la participación del Mg. JORGE LUIS INCHE MITMA en el evento antes referido bene fi ciará a la Comunidad Universitaria Sanmarquina en lo académico y cientí fi co, así como redundará a favor de la imagen de nuestro país, y contribuirá a su promoción económica; Que a fi n de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Facultad de Ingeniería Industrial, es necesario encargar el Decanato de la citada Facultad al Mg. DANIEL HUMBERTO MAVILA HINOJOZA, por el período que dure la ausencia del titular; Que la O fi cina General de Plani fi cación mediante O fi cio N° 3979-OGPL-2006; la O fi cina General de Economía con