Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2006 (17/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de diciembre de 2006

- Promover y fortalecer los mecanismos que permitan el acceso al financiamiento del pequeno y mediano productor, mejorando la eficiencia y cobertura de las condiciones de credito de las instituciones financieras, especializadas y no especializadas, y rurales del sector. - Crear y establecer mecanismos que permitan desarrollar una politica de financiamiento que exprese la realidad social y economica de los micro y pequenos productores de los territorios rurales. - Fortalecer el desarrollo de la asociatividad de productores en MORDAZA agroproductivas que permitan una relacion equitativa entre los actores, plasmados en los Acuerdos de Competitividad en los territorios rurales. - Desarrollar un Programa de fortalecimiento de los recursos humanos que refleje las necesidades sentidas de los diferentes actores de las MORDAZA agroproductivas, de acuerdo a sus niveles socioeconomicos y culturales en las distintas regiones del pais. - Promover la articulacion empresarial de productores y la mejora de la gestion de los negocios rurales. - Promover la inversion para el mejoramiento y desarrollo de infraestructura de servicios de apoyo a la produccion. - Promover programas de investigacion e innovacion tecnologica con especial atencion a la pequena y mediana empresa rural. - Promover programas de reconversion y/o modernizacion productiva. - Promover programas de sanidad agropecuaria e inocuidad de alimentos. En materia de sostenibilidad: - Conservar la biodiversidad y promover su control, en funcion a los pisos ecologicos. - Promover el uso de energias renovables. - Contribuir al aprovechamiento forestal bajo el enfoque de MORDAZA agroproductivas mediante el uso sostenible de dichos recursos. - Promover programas de buenas practicas agricolas, ganaderas y de manufactura. - Promover sistemas de produccion amigables con el medio ambiente. - Promover la utilizacion de los recursos agua, suelo y ambiente, a traves de su gestion social integral. - Establecer los mecanismos para que los Gobiernos Locales y Regionales cuenten con un Plan de Ordenamiento Territorial. En materia de equidad: - Facilitar que la poblacion rural, incluidos los grupos vulnerables, tengan acceso a los servicios de: salud, educacion, vivienda y alimentacion con suficiencia, calidad y oportunidad; promoviendo la autogestion y la autoinstitucion. - Establecer programas de agregacion y retencion de valor en MORDAZA agroproductivas. - Establecer programas para facilitar el acceso a los factores de produccion: tierra, capital, trabajo y conocimiento. - Establecer programas de inclusion y vinculacion a los mercados de la agricultura familiar. - Desarrollar programas de fortalecimiento de capacidades orientados a los actores de los eslabones mas debiles de las MORDAZA agroproductivas. En materia de gobernabilidad - Fortalecer los espacios de dialogo y compromisos de asociatividad garantizando una alta participacion de la ciudadania y una disposicion para trabajar en iniciativas de interes publico. - Desarrollar una cultura de dialogo, cooperacion y confianza donde esten presentes las relaciones, la solidaridad, la integracion y la participacion en actividades comunitarias, en el MORDAZA de valores democraticos y de convivencia. - Desarrollar capacidades de gestion para profundizar el MORDAZA de regionalizacion y descentralizacion, propiciando una nueva e innovadora articulacion entre el

Estado y la sociedad civil que tenga como protagonista fundamental a la poblacion rural organizada. - Promover y preservar valores y costumbres ancestrales, conservando el patrimonio cultural. - Institucionalizar la gestion y manejo de riesgos como estrategia para la prevencion y mitigacion de desastres y conflictos sociales. - Promover modelos de gestion de servicios publicos con la participacion del sector privado y la academia. 6921-4

EDUCACION
Aprueban Directiva que dispone "Orientaciones y Normas de Procedimientos para los Institutos Superiores Tecnologicos Privados que no revaliden institucionalmente y/o alguna de sus carreras profesionales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 0851-2006-ED MORDAZA, 11 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 023-2006-ED, se modifica el articulo 41º del Reglamento de Creacion, Autorizacion y Revalidacion de Funcionamiento de Instituciones de Educacion Superior No Universitaria de Formacion Tecnologica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2002-ED, que regula el MORDAZA de revalidacion de autorizacion de funcionamiento de los Institutos Superiores Tecnologicos; Que, la Unica Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 023-2006-ED, faculta al Ministerio de Educacion para expedir las disposiciones complementarias que se requieran para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en el mencionado Decreto Supremo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, cuyo literal j) de su articulo 38º, establece como funcion de la Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva, dependiente de la Direccion Nacional de Educacion Superior y Tecnico Profesional, elaborar normas academicas y administrativas referidas, a la revalidacion de las instituciones de Educacion Superior Tecnologica, correspondiendo por tanto a la precitada Direccion Nacional la aprobacion de dichas normas; Que, de acuerdo al Informe Nº 665-2006-DESTP, la Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva, senala que es necesario establecer orientaciones y normas de procedimientos para los Institutos Superiores Tecnologicos Privados que no revaliden; Estando a lo informado por la Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva perteneciente a la Direccion Nacional de Educacion Superior y Tecnico Profesional, mediante Informe Nº 665-2006-DESTP; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 014-2002-ED, 006-2006-ED, 023-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva que dispone las "ORIENTACIONES Y NORMAS DE PROCEDIMIENTOS PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLOGICOS PRIVADOS QUE NO REVALIDEN INSTITUCIONALMENTE Y/O ALGUNA DE SUS CARRERAS PROFESIONALES" , y cuyo texto forma parte de la presente resolucion. Articulo 2.- Disponer que las Direcciones Regionales de Educacion adopten las medidas necesarias para la aplicacion de las Orientaciones y Normas de Procedimientos aprobadas por la presente Resolucion.

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