Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2006 (17/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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organo jurisdiccional comunicacion sobre las actuaciones realizadas; Que asimismo, el numeral 64.2 del articulo 64° de la citada Ley, senala que Recibida la comunicacion, y solo si estima que existe estricta identidad de sujetos, hechos y fundamentos, la autoridad competente para la Resolucion del procedimiento podra determinar su Inhibicion hasta que el organo jurisdiccional resuelva el litigio; la misma que debera ser elevada en consulta a la Instancia Superior para los fines pertinentes; Que en atencion a lo dispuesto mediante Resoluciones Nºs. Uno, Once y Veintinueve, emitidas por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ­ Poder Judicial y de acuerdo con lo establecido en las normas citadas en los considerando precedentes, procede que esta Direccion General se inhiba de continuar con las tramitaciones de los pedidos realizados por las empresas TSG PERU S.A.C. y PESQUERA MORDAZA S.A.C., hasta que se resuelva el litigio que se tramita ante el Poder Judicial, por cuanto implican la disposicion de los derechos pertenecientes al citado establecimiento industrial pesquero; De conformidad con lo establecido en el articulo 64° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y con la opinion de la instancia legal correspondiente; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Inhibirse de continuar con el tramite de cambio del titular de la licencia de operacion y el tramite de la licencia para la operacion de planta de procesamiento, presentado por PESQUERA MORDAZA S.A.C. y la continuacion del procedimiento administrativo de la Resolucion Viceministerial N° 005-2006-PRODUCE/ DVM-PE y solicitud de publicacion de Medida Cautelar presentada por TSG PERU S.A.C., por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, hasta que el organo jurisdiccional resuelva el litigio. Articulo 2°.- Elevar en consulta la presente Resolucion al Despacho Viceministerial de Pesqueria como superior jerarquico, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 64.2 del articulo 64° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 3°.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de La MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 6908-4

recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el articulo 54º del Reglamento de la Ley General de Pesca establece que la Resolucion por cuyo merito se otorgue la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento a que se refiere el literal d) del Articulo 43 de la Ley General de Pesca, especificara la respectiva capacidad instalada de procesamiento. Cualquier modificacion de dicha capacidad requiere de la autorizacion y la licencia correspondiente; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 1902002-PRODUCE, publicada el 27 de noviembre del 2002, se autoriza a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion efectuar la verificacion de las capacidades de operacion instaladas de las plantas de procesamiento de harina de pescado entero y residual, que cuentan con licencia de operacion vigente otorgada, conforme a los listados publicados en los anexos IV-A, IV-B y IV-C de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 280-2003PRODUCE, publicada el 28 de MORDAZA del 2003, se modifica el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 190-2002PRODUCE, entendiendose que en el mismo se autoriza y aprueba el Programa de Verificacion de Capacidades instaladas de Procesamiento de plantas de harina de pescado, enlatados, congelados, curados y harina de pescado residual que cuenten con licencia de operacion vigente conforme al listado aprobado por Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y las inclusiones efectuadas al mismo; Que mediante el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 022-2003-PRODUCE, se encarga a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (actual Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero) del Ministerio de la Produccion a publicar la relacion de plantas de procesamiento pesquero que cuentan con licencia de operacion vigente y cuyas capacidades de operacion hayan sufrido un incremento en relacion a lo autorizado en sus derechos administrativos, de acuerdo a los resultados obtenidos en la verificacion efectuada en el MORDAZA del Programa de Verificacion; Que de acuerdo a la evaluacion de los informes y calculos efectuados en el MORDAZA de las Resoluciones Ministeriales N°s.190-2002-PRODUCE y 280-2003-PRODUCE, se ha determinado las plantas de procesamiento pesquero que cuentan con licencia de operacion vigente y cuyas capacidades de operacion hayan sufrido un incremento en relacion a lo autorizado en sus derechos administrativos, por lo que en cumplimiento a lo dispuesto en el dispositivo senalado en el considerando precedente es necesario proceder a su publicacion; De conformidad con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 022-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar la relacion de plantas de procesamiento pesquero que cuentan con licencia de operacion vigente y cuyas capacidades de operacion han sufrido un incremento en relacion a lo autorizado en sus derechos administrativos, de acuerdo a los resultados obtenidos en la verificacion efectuada en el MORDAZA del Programa de Verificacion autorizado mediante las Resoluciones Ministeriales N°s. 1902002-PRODUCE y 280-2003-PRODUCE; la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Relacion de plantas de procesamiento pesquero que cuentan con licencia de operacion vigente
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 390-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de octubre del 2006 CONSIDERANDO: Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de

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