Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2006 (20/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Disponen reemplazar temporalmente requisito fitosanitario solo para fines de investigacion de semillas de colza/ canola
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 42-2006-AG-SENASA-DSV MORDAZA, 19 de diciembre de 2006 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 09-2006-AG-SENASA-DSVSCV con fecha 18 de diciembre de 2006 que sustenta la necesidad de ampliar la entrada en vigencia de la declaracion adicional exigida como requisito fitosanitario en la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASADSV para la importacion de semillas de colza/canola (Brassica napus var. napus) origen y procedencia de Argentina; y. CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 27322, Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, se establece que la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas deberan sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Articulo 36º del Decreto Supremos Nº 048-2001-AG, Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, deberian ser aprobados mediante Resolucion de Organo de Linea correspondiente; Que, como resultado de la evaluacion del Analisis de Riesgo de Plagas de la semilla de colza/canola (Brassica napus var. napus), mediante la Resolucion Directoral Nº 0362006-AG-SENASA-DSV se establecio los requisitos fitosanitarios para la importacion de estas semillas; Que, mediante el documento del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 11 de diciembre de 2006 se ha tomado conocimiento que por parte del Programa MORDAZA Exportadora, existe la imposibilidad de cumplir con uno de los requisitos fitosanitarios exigidos en la citada Resolucion, referidos a que "Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria del MORDAZA origen y/o procedencia, durante el periodo de crecimiento activo y encontrado libre de: Pseudomonas marginalis pv. marginalis, Pseudomonas cichorii, Leptosphaeria maculans, Gibberella avenacea y Broad bean wilt virus", debido a que las reservas de semillas en el MORDAZA corresponden en la mayoria de los casos, a cosechas pasadas; Que, el Estado ha declarado de interes nacional la promocion, fomento y desarrollo de las actividades economicas rurales en la MORDAZA, con enfasis en la agricultura, entre otros, que permitan constituir mercados nacionales y de exportacion como instrumentos de lucha contra la pobreza y de generacion de empleo productivo, creando el Proyecto MORDAZA Exportadora para cumplir estos fines y cuya importacion de las semillas de colza/canola contribuyan con ella; Que, bajo estos considerandos, resulta necesario reemplazar temporalmente el requisito fitosanitario establecido en el punto 2.1. de la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASA-DSV, conforme se senala en la parte Resolutiva; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 0482001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Unico.- Reemplazar hasta el 8 de MORDAZA de 2007 el requisito fitosanitario contenido en el punto 2.1.

de la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASADSV solo para fines de investigacion, por el siguiente: "las semillas fueron analizados oficialmente por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria de MORDAZA y estan libres de" las plagas indicadas en la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASA-DSV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA C. BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 8367-1

Disponen publicacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y de productos biologicos formulados, registrados en el mes de noviembre de 2006
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1256-2006-AG-SENASA-DIAIA La MORDAZA, 13 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo senalado por el Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, establece que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 001-2006-AGSENASA se continua con el MORDAZA de implementacion del ROF del SENASA; asumiendo sus funciones la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, disponiendo en su Articulo 53º que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes anterior; Que, la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento acotado menciona que en tanto no se disponga de reglamentacion especifica para el registro y control de productos biologicos se aplicaran las disposiciones referentes al registro de estos, contendidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG; Que, el Articulo 12º del Reglamento sobre el Registro, Comercializacion y Control de Plaguicidas Agricolas y Sustancias Afines, aprobado con Decreto Supremo Nº 1595-AG, y actualmente aplicable solo para el registro de los productos biologicos formulados, senala que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorandum Nº 2420-2006-AGSENASA-DIAIA-SDIA de fecha 4 de diciembre de 2006, la Subdireccion de Insumos Agricolas ha remitido el listado de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y productos biologicos formulados registrados en el mes de noviembre de 2006;

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