Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2006 (24/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 9664-1

335399

los establecimientos donde se realicen actividades de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas que no hubieren cumplido con obtener la Autorizacion Expresa. La clausura de los citados establecimientos se realizara conjuntamente con el comiso de las maquinas tragamonedas y programas de juego en explotacion, sin perjuicio de las sanciones administrativas a que hubiere lugar. Asimismo, la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas comisara y destruira las maquinas tragamonedas y los programas de juego que encuentre en explotacion y que no cuenten con su autorizacion y registro (homologacion) para ser explotados en el MORDAZA o que no presenten las caracteristicas de diseno y conformacion de partes y piezas que hayan autorizado sus fabricantes. Lo dispuesto en el presente articulo sera reglamentado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR en el plazo de sesenta (60) dias a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. Articulo 12º.- Aspectos Tributarios Derogase la Ley Nº 28872, Ley que modifica la Ley del Impuesto a la Renta. En virtud de lo dispuesto en el parrafo anterior los articulos 36º, 37º, 38º y 39º de la Ley Nº 27153 y normas modificatorias, mantienen su plena vigencia a partir del 1 de enero de 2007. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- Del otorgamiento de licencias de funcionamiento expedidas por los gobiernos locales Las municipalidades otorgaran licencias de funcionamiento que posibiliten la apertura de establecimientos dedicados a las actividades de explotacion de juegos de casino y/o de maquinas tragamonedas, unicamente a aquellos establecimientos que cuenten con la Autorizacion Expresa expedida por la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, bajo responsabilidad penal de los funcionarios competentes. SEGUNDA.- Registro de maquinas tragamonedas Disponese la creacion de un Registro de Maquinas Tragamonedas autorizadas para su explotacion en las MORDAZA de juego del MORDAZA, el mismo que sera reglamentado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR en un plazo de sesenta (60) dias desde la entrada en vigencia de la presente Ley. TERCERA.- Entrada en Vigencia La presente Ley entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre de dos mil seis.

LEY Nº 28946
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL CODIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL
Articulo 1º.- Modificatorias Modificanse los articulos 3º, 10º, 15º, 51º y 53º del Codigo Procesal Constitucional. "Articulo 3º.- Procedencia frente a actos basados en normas Cuando se invoque la amenaza o violacion de actos que tienen como sustento la aplicacion de una MORDAZA autoaplicativa incompatible con la Constitucion, la sentencia que declare fundada la demanda dispondra, ademas, la inaplicabilidad de la citada norma. Son normas autoaplicativas, aquellas cuya aplicabilidad, una vez que han entrado en vigencia, resulta inmediata e incondicionada. Las decisiones jurisdiccionales que se adopten en aplicacion del control difuso de la constitucionalidad de las normas, seran elevadas en consulta a la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, si no fueran impugnadas. Lo son igualmente las resoluciones judiciales en MORDAZA instancia en las que se aplique este mismo precepto, aun cuando contra estas no proceda medio impugnatorio alguno. En todos estos casos, los Jueces se limitan a declarar la inaplicacion de la MORDAZA por incompatibilidad inconstitucional, para el caso concreto, sin afectar su vigencia, realizando interpretacion constitucional, conforme a la forma y modo que la Constitucion establece. Cuando se trata de normas de menor jerarquia, rige el mismo MORDAZA, no requiriendose la elevacion en consulta, sin perjuicio del MORDAZA de accion popular. La consulta a que hace alusion el presente articulo se hace en interes de la ley. Articulo 10º.- Excepciones y defensas previas Las excepciones y defensas previas se resuelven, previo traslado, en el auto de saneamiento procesal. No proceden en el MORDAZA de habeas corpus. Articulo 15º.- Medidas Cautelares Se pueden conceder medidas cautelares y de suspension del acto violatorio en los procesos de MORDAZA, habeas data y de cumplimiento, sin transgredir lo establecido en el primer parrafo del articulo 3º de este Codigo. Para su expedicion se exigira apariencia del derecho, peligro en la demora y que el pedido cautelar sea adecuado o razonable para garantizar la eficacia de la pretension. Se dictan sin conocimiento de la contraparte y la apelacion solo es concedida sin efecto suspensivo; salvo que se trate de resoluciones de medidas cautelares que declaren la inaplicacion de normas legales autoaplicativas, en cuyo caso la apelacion es con efecto suspensivo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.