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PÆg. 309610 NORMAS LEGALES Lima, domingo 8 de enero de 2006 contra la Administración de Justicia en la modalidad de Omisión de Denuncia y contra la Fe Pública en lamodalidad de Falsedad Genérica, ilícitos contenidos enlos artículos 407º y 428º del Código Penal; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 establece que “los Procuradores Generales de la República tienenla plena representación del Estado en juicio y ejercitansu defensa en todos los procesos y procedimientos enlos que actúe como demandante, demandado,denunciante o parte civil”; Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, disponeque “para demandar y/o formular denuncias a nombredel Estado, será necesario la expedición previa de laResolución Ministerial autoritativa”; Que, del análisis del Informe Nº 203-2005-UGEL 01/ CADER, queda claro que deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Educación para queinicie las acciones judiciales pertinentes para procesar aquienes causaran perjuicio al Estado Peruano; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 2166-2005-ME/SG-OAJ que forma parte integrante de la presente Resolución;conforme lo solicitado por la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educaciónmediante el Oficio Nº 2448-2005-PP/ED, y De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contralos responsables de los ilícitos determinados en elInforme Nº 203-2005-UGEL 01/CADER, emitido por laComisión de Atención de Denuncias y Reclamos de laUnidad de Gestión Educativa Local Nº 01, San Juan de Miraflores, el mismo que constituye parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educaciónlos antecedentes de la presente Resolución, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 00252 ENERGÍA Y MINAS Aprueban transferencia a Electrocentro S.A. de bienes que conforman el Proyecto Pequeæo Sistema ElØctrico Paucartambo - Huachón II Etapa,ubicado en los departamentos de Pascoy Junín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2006-MEM/DM Lima, 6 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de mayo de 1993, se constituyó la Dirección Ejecutiva deProyectos del Ministerio de Energía y Minas con lafinalidad de ejecutar el Plan Nacional de Electrificación Rural enmarcado dentro de los lineamientos de política del Sector Energía y Minas y, de modo específico, parallevar a cabo la ejecución y/o coordinación de proyectoselectromecánicos, prioritariamente en el área rural yzonas de extrema pobreza; Que, previa Licitación Pública Nacional Nº LPN-0013- 2002-EM/DEP, con fecha 31 de diciembre de 2002, la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio deEnergía y Minas, suscribió el Contrato Nº 02-071-EM/ DEP, para la ejecución de la Obra Pequeño SistemaEléctrico Paucartambo - Huachón II Etapa con la firmacontratista Constructora de la Ingeniería S.A. - CIDINSA, ubicada en los departamentos de Pasco y Junín; Que, la obra indicada ha quedado concluida y ha sido recepcionada, por la Empresa Regional de ServicioPúblico de Electricidad del Centro S.A. - ElectrocentroS.A; Que, mediante Resolución Directoral Nº 230-04-EM/ DEP del 29 de noviembre de 2004, se aprobó la Liquidación Final del Contrato de Ejecución de ObraNº 02-071-EM/DEP - Pequeño Sistema EléctricoPaucartambo - Huachón II Etapa, que estableció unmonto final de contrato de Dos Millones NovecientosSetenta y Ocho Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro y 98/ 100 Nuevos Soles (S/. 2 978 644,98); Que, mediante Resolución Directoral Nº 131-05-EM/ DEP del 12 de setiembre de 2005, se aprobó laLiquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema EléctricoPaucartambo - Huachón II Etapa, que estableció un CostoTotal Ajustado al 31 de diciembre de 2004 de Tres Millones Quinientos Catorce Mil Seiscientos Ochenta y Seis y 85/ 100 Nuevos Soles (S/. 3 514 686,85); Que, debiéndose efectuar la transferencia de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño SistemaEléctrico Paucartambo - Huachón II Etapa, financiadoen parte con recursos del Tesoro Público, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, a la Empresa de Empresa Regional deServicio Público de Electricidad del Centro S.A. -Electrocentro S.A., es necesario aprobar el monto deinversión del proyecto, cuya valorización en librosasciende a Tres Millones Quinientos Catorce Mil Seiscientos Ochenta y Seis y 85/100 Nuevos Soles (S/. 3 514 686,85), valor ajustado al 31 de diciembre de2004; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; elDecreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 021-93-EM, queconstituyó la Dirección Ejecutiva de Proyectos delMinisterio de Energía y Minas; Con la opinión favorable del Director Ejecutivo de Proyectos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño Sistema EléctricoPaucartambo - Huachón II Etapa, ubicado en los departamentos de Pasco y Junín, a la de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del CentroS.A. - Electrocentro S.A., financiado en parte con recursosdel Tesoro Público a través de la Dirección Ejecutiva deProyectos del Ministerio de Energía y Minas, cuyo valoren libros asciende a Tres Millones Quinientos Catorce Mil Seiscientos Ochenta y Seis y 85/100 Nuevos Soles (S/. 3 514 686,85), valor ajustado al 31 de diciembre de2004. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del CentroS.A. - Electrocentro S.A, y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de lapresente Resolución, a fin de que procedan a realizarlas acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 00348 Prorrogan funciones de peritos mineros nominados mediante R.D. N” 193-2004-MEM/DGM RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 376-2005-MEM/DGM Lima, 30 de diciembre de 2005