Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2006 (08/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de enero de 2006

expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00311

VISTO, el Informe Especial Nº 395-2005-CG/ZC, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Ate ­ MORDAZA, periodo enero 1999­ Diciembre 2004, considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas con los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de Ate - MORDAZA, cuyo objetivo fue evaluar la gestion en la administracion de los recursos obtenidos a traves del endeudamiento interno, verificando si estos fueron utilizados adecuadamente en concordancia con las normas vigentes y los objetivos previstos, asi como verificar las denuncias presentadas en relacion a la utilizacion de dichos recursos; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que, en forma arbitraria, se dispuso el pago de gastos corrientes ascendentes a la suma de S/. 5 141 304,59, con recursos provenientes de la fuente de Endeudamiento Interno, por la cual se ha pagado la suma S/. 989 142,19 por concepto de intereses, en perjuicio de la entidad, situacion que contraviene la normativa aplicable; denotando la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Malversacion de Fondos, previsto y penado por el articulo 389º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el Articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00313

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 570-2005-CG MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 394-2005-CG/OEA, resultante del Examen Especial practicado al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, por el periodo comprendido del 01. ENE.2003 al 31.DIC.2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y,
CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 1052-2005-CG/DC de 03.JUN.2005 dispuso una accion de control al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, a fin de verificar si los recursos destinados a la ejecucion de proyectos de inversion fueron administrados bajo los criterios de eficiencia, eficacia, transparencia y economia, en concordancia con los convenios suscritos y las normas legales; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en la ejecucion la Obra "Construccion, Rehabilitacion y/o Mejoramiento de la Carretera Tingo MORDAZA Aguaytia, Tramo II: MORDAZA Chino-Aguaytia, debido a la inadecuada aplicacion del D.S. Nº 091-2003-PCM, PROVIAS NACIONAL no resolvio oportunamente la solicitud de ampliacion de plazo contractual Nº 01, generando derechos al contratista confirmados mediante laudo arbitral que reconoce dicha ampliacion por 145 d.c. conforme al pronunciamiento del Supervisor al haber operado al silencio administrativo positivo, asi como el pago de mayores gastos generales, intereses, costas y costos del MORDAZA arbitral por la suma de S/. 4 843 762,65, de los cuales se ha cancelado S/. 3 946 669,54, no obstante que se verifica que 137 d.c. de la ampliacion de plazo otorgada resultan tecnicamente improcedentes; los hechos MORDAZA expuestos constituyen perjuicio economico irrogado a la entidad que requiere ser resarcido, de conformidad con el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre presuncion de perjuicio economico, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00312

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 571-2005-CG
MORDAZA, 30 de diciembre de 2005

RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 572-2005-CG MORDAZA, 30 de diciembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 396-2005-CG/ZC, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, periodo enero de 1996 a marzo de 2004, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la ex Gerencia de Gobiernos Locales y Regionales, la Contraloria General de la Republica dispuso que se efectue un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que tuvo como objetivo evaluar la administracion de los recursos, la ejecucion de obras publicas, la contratacion de servicios y la gestion de la oficina de auditoria interna; Que, asimismo y como resultado de la Accion de Control practicada por la Contraloria General de la Republica a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, correspondiente al periodo de enero de 1996 a marzo del 2004, la Comision de Auditoria ha determinado que en el ano 2003, se realizo un (01) viaje al exterior, en el que participo una regidora de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, habiendose advertido que el mismo no constituyo un apoyo a la gestion y/o mejora en los procesos, toda vez que no se advierte los logros

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