Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2006 (13/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de enero de 2006

hace conocer sobre el no pago por Vacaciones Utiles a la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien habia prestado sus servicios en el dictado de clases en la Institucion Educativa Nº 54206 de Callapayocc, situacion que era responsabilidad de la trabajadora Nesida MORDAZA, debido a que a esta se le encargo el pago a los profesores con el dinero correspondiente, los mismos que se hallan evidenciados con la Planilla de Pagos donde lo correspondiente a la Srta. Aydee MORDAZA MORDAZA se halla sin la firma de recepcion, asi como la solicitud de fecha 07.NOV.2005, a traves de la cual la referida profesora solicita la regularizacion de pago, actos que constituyen el uso de funciones con fines de lucro; Que, del Informe Nº 0052-2005-MDO/SMO, de fecha 10.NOV.2005, remitido por el Tesorero de la Municipalidad, se tiene que los fondos recaudados por la trabajadora por concepto de obtencion de fotocopias de los meses de junio, MORDAZA, agosto, hasta el 12 de setiembre del 2005, recibos codificados con los Nºs. 601 al 700, muy a pesar de tener en sus manos la trabajadora Nesida MORDAZA MORDAZA, no ha cumplido con depositar a la Cuenta de Ingresos propios de la Municipalidad, es decir se ha apropiado indebidamente, omitiendo con tal acto lo dispuesto en el Art. 72º de la Resolucion Directoral Nº 003-2005-EF/ 77.15, que aprueba la Directiva de Tesoreria para el Ano 2005; Que, del Acta de Notificacion de fecha 09.DIC.2005, levantada en presencia del Gobernador Distrital de Ongoy, se evidencia que la trabajadora Nesida MORDAZA MORDAZA, se nego a firmar la recepcion de la Resolucion de Alcaldia Nº 058-2005-A/MDO, conforme preve el Art. 21º Numeral 3) de la Ley Nº 27444, manifestando que para firmar consultaria con su abogado. Asimismo en fecha 09.DIC.2005. la referida trabajadora se nego a firmar el Memorando Nº 351-2005-MDO/A, conforme se tiene a la MORDAZA correspondiente, actos irregulares que estan considerados como resistencia a las ordenes del superior; Que, la Comision Per manente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Ongoy, se ha avocado al conocimiento y calificacion de los actuados recogidos en los informes precedentemente referidos y el Acta de Calificacion de Faltas del 13.DIC.2005, concluyendo por unanimidad que hay merito suficiente para la apertura del MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora Nesida MORDAZA MORDAZA, quien habria infringido el Articulo 3º Numerales b), d) y e), y Articulo 21º Numerales a), b), c) y e) del D. Leg. Nº 276, concordante con los Articulos 127º, 128º, 129º y 131º del D.S. Nº 005-90-PCM, infracciones que constituyen faltas de caracter

disciplinario previstas en el Articulo 28º Incisos a), b), c), d), f), h) y k) del D. Leg. Nº 276; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el Articulo 20º Numerales 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, concordante con el Articulo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora de la Municipalidad Distrital de Ongoy, MORDAZA NESIDA MORDAZA MORDAZA, (ex Secretaria General y Responsable de MORDAZA Chica), por la presunta comision de faltas disciplinarias previstas en el Articulo 28º Incisos a), b), c), d), f), h) y k) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276. Articulo Segundo.- CONCEDER un plazo de (5) Cinco Dias Habiles luego de su notificacion personal o publicacion, a la servidora comprendida en el articulo primero de la presente resolucion, a fin de que presente su descargo por escrito y las pruebas que estime conveniente para su defensa, pudiendo tomar conocimiento de los antecedentes del MORDAZA y hacer uso de la palabra en forma personal o a traves de su apoderado si lo considera conveniente, para lo cual solicitara que se senale fecha y hora unica. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Jefe de Personal de la Municipalidad Distrital de Ongoy, para que proceda a la notificacion personal con la presente Resolucion a la interesada, con presencia del Gobernador Distrital y/o Juez de Paz; y en caso de negarse a la recepcion, previa MORDAZA debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el articulo 167º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, instruya el MORDAZA correspondiente y alcance a este Despacho el informe final, conteniendo las recomendaciones correspondientes dentro del termino de ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00590

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

3. 4.

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