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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2006 (13/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 310153 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de enero de 2006 En la ciudad de Tacna, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 00663 Aprueban el documento "Lineamientos de Política Sectorial Regional enSectores Económicos, Productivos,Sociales e Infraestructura" ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2005-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 27 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintisiete de diciembre del año en curso, en la sesión de continuación de la Sesión Ordinaria de fecha 20 del presente mes; con el voto favorable y unánime de sus miembros asistentes, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, las Políticas de Gestión Institucional son un conjunto de orientaciones y guía de acción, que la Alta Dirección emite para regular la actuación directiva de sus funciones y las actividades de los servidores, en cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conforme a las atribuciones señaladas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha cumplido con formular el documento "Lineamientos de Política Sectorial Regional en Sectores Económicos, Productivos, Sociales e Infraestructura" , teniendo en consideración el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Tacna 2003-2006, el cual fue aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 021-2004-CR/GOB.REG.TACNA y el aporte de las Direcciones Regionales Sectoriales; Que, es necesario aprobar el documento: "Lineamientos de Política Sectorial Regional en Sectores Económicos, Productivos, Sociales e Infraestructura" que permita orientar la ejecución de proyectos yactividades para fomentar el desarrollo integral sostenible en la Región Tacna; Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 36º, 37º literal a) y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, ha debatido y aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo 1º.- APROBAR el documento "Lineamientos de Política Sectorial Regional en Sectores Económicos, Productivos, Sociales e Infraestructura" que consta de once (11) folios. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y órganos similares en las Direcciones Regionales Sectoriales la implementación y evaluación del documento aprobado.Artículo 3º.- Publicar y difundir la presente, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil cinco. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 00666 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza N” 162, modificada por Ordenanza N” 170, queestablecen tasa por estacionamientovehicular en playas del distrito deSanta Rosa ACUERDO DE CONCEJO Nº 008 Lima, 6 de enero de 2006 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de enero del año en curso el Oficio Nº 179-090-00000032 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT, que adjunta el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 162, modificada por la Ordenanza Nº 170, que establecen la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas de veraneo del distrito de Santa Rosa, correspondiente a la Temporada de Verano 2006. CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de la normatividad vigente y la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 26-12-04, por la que se aprobó la Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó las Ordenanzas, objeto de la ratificación remitiéndolas con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607 y 739 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima