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PÆg. 310181 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de enero de 2006 través del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Público delSector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, enrepresentación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales pertinentes contraquienes resulten responsables de la comisión de estosdelitos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto LeyNº 17537 que regula la representación y defensa del Estadoen juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía yFinanzas para que, en nombre y representación del Estado,interponga las acciones judiciales correspondientes contralos presuntos responsables del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por la comisión de los delitos contra la Administración Pública -Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión,Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conformea lo expuesto en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento yfines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00779 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 690-2005-EF/10 Lima, 30 de diciembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1923-2005-PP-EF/16 del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministeriode Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, la Sociedad Geográfica de Lima interpone queja contra el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, por no elevar el recurso de apelación contra la resolución ficta denegatoria de las reclamaciones contra la determinación del impuestopredial y arbitrios municipales del año 2004; Que, mediante Proveídos Nºs 00919-1-2004 y 01504- 1-2004 del 16 de junio y 15 de octubre de 2005,respectivamente, se solicitó y reiteró a la Administración que informara y enviara la documentación sustentaria respectiva, indicando los motivos por los cuales no se habíanelevado las apelaciones de las resoluciones denegatoriasfictas formuladas por la quejosa el 22 de abril de 2004,otorgándosele para tal efecto el plazo de diez y siete díashábiles, respectivamente; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00010- 1-2005 4 de enero de 2005, se requiere a la AdministraciónTributaria que cumpla con remitir la información ydocumentación solicitada, en el plazo de cinco días hábilescontados a partir del día siguiente de la notificación, bajoapercibimiento de formularse la denuncia penal correspondiente; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02053- 1-2005 del 1 de abril de 2005, luego de vencido el plazootorgado en la precitada resolución, se declaró fundada laqueja interpuesta, disponiéndose que se oficie alProcurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes, dado el reiterado incumplimiento por parte dela Administración Tributaria a lo requerido por el TribunalFiscal; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administración;Que, el incumplimiento por parte del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitanade Lima a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal,evidencia la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión,Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos ypenados en los artículos 368º y 377º del Código Penalaprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normasmodificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituyejurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto quesi bien carece de competencia para aplicar sanciones a losfuncionarios de la Administración Tributaria que incumplieransus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que deberá hacer efectiva el Poder Judicial a través del proceso penal correspondiente, el que se iniciacon la denuncia que interpone el Procurador Público delSector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales pertinentes contraquienes resulten responsables de la comisión de estosdelitos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estadoen juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía yFinanzas para que, en nombre y representación del Estado,interponga las acciones judiciales correspondientes contralos presuntos responsables del Servicio de AdministraciónTributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por la comisión de los delitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión,Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conformea lo expuesto en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolución al mencionado Procurador Público, para su cumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00780 Designan representante del Ministro ante la Comisión Ejecutiva a que serefiere la Ley N” 27803 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 004-2006-EF/10 Lima, 12 de enero de 2006CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 322-2002-EF/10 del 19 de agosto de 2002, se designó al doctor Harry HawkinsMederos, como representante del Ministro de Economía yFinanzas ante la Comisión Ejecutiva a la que se refiere elartículo 6º de la Ley Nº 27803; Que, el mencionado representante ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, es conveniente aceptar la renuncia formulada por el doctor Harry Hawkins Mederos y designar al nuevorepresentante del Ministro de Economía y Finanzas ante lamencionada Comisión Ejecutiva; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el doctor Harry Hawkins Mederos, como representante del Ministro