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PÆg. 310182 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de enero de 2006 de Economía y Finanzas ante la Comisión Ejecutiva a la que se refiere el artículo 6º de la Ley Nº 27803, dándoselelas gracias por los servicios prestados al Estado. Artículo 2º.- Designar al señor Eduardo José Sotelo Castañeda como representante del Ministro de Economía y Finanzas ante la Comisión Ejecutiva a la que se refiere elartículo 6º de la Ley Nº 27803. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00751 Designan participantes del Programa de Creadores de Mercado para el Aæo2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 006-2006-EF/75 Lima, 12 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobado por DecretoSupremo Nº 137-2005-EF, el Ministerio de Economía yFinanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público ha evaluado a las entidades del sistema financiero que participarán en el Programa deCreadores de Mercado del 2006; Que, luego de haberse verificado el cumplimiento de los requisitos para acceder al Programa de Creadores deMercado, expresamente contemplados en el Reglamento referido en el párrafo anterior, se han determinado las entidades financieras que van a participar en el Programade Creadores de Mercado durante el año 2006; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economíay Finanzas; por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y por el Decreto Supremo Nº 137-2005-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como participantes del Programa de Creadores de Mercado para el año 2006, a las entidades financieras siguientes: Con el estatus de Creador de Mercado a:Banco de Crédito del Perú Banco Internacional del Perú Banco Wiese SudamerisBBVA Banco ContinentalCitibank del Perú Con el estatus de Aspirante a Creador de Mercado a: Banco Sudamericano S.A. Corporación Financiera de Desarrollo S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 00752 Aprueban la "Directiva sobre neutralidad y transparencia de losempleados pœblicos del SectorEconomía y Finanzas durante el procesoelectoral del aæo 2006" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2006-EF/10 Lima, 12 de enero de 2006CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones-, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005- PCM se convocó a Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así comode los Congresistas de la República y representantesperuanos ante el Parlamento Andino, a realizarse eldomingo 9 de abril del año 2006; Que, la neutralidad de los empleados públicos es un principio que debe guiar la actuación de la administración pública y constituye la contrapartida del derecho departicipación política en condiciones de igualdad, el que seencuentra reconocido por la Constitución Política del Perú; Que, conforme a lo anterior, es política del Gobierno Nacional garantizar unas Elecciones limpias y transparentes colaborando con la absoluta neutralidad y transparencia durante el proceso electoral en curso y cooperar con losorganismos del Sistema Electoral para facilitar elcumplimiento de las atribuciones, que según la ConstituciónPolítica y la ley, les corresponden; y dictar disposicionesespecíficas con el objeto de procesar y sancionar administrativamente a los funcionarios públicos que contravengan la legislación electoral, como denunciar anteel Ministerio Público a quienes cometan ilícitos tipificadoscomo delitos contra el ejercicio del sufragio y contra lavoluntad popular; Que, los organismos del Poder Ejecutivo en general y dentro de ellos del Sector Economía y Finanzas, tienen la obligación de garantizar que el derecho de participaciónpolítica se ejerza con absoluta libertad y en igualdad decondiciones, conforme con las normas constitucionales ylegales que regulan la materia, garantizando de esta manerauna elección competitiva, que es aquella en la cual las instituciones públicas no brindan ventajas o privilegios para ningún candidato u organización política; Que, el artículo 6º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobadopor Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 señalaque el Ministro de Economía y Finanzas establece los objetivos y orienta, formula, dirige y supervisa las políticas del Sector, en armonía con la política general y los planesde Gobierno; Que, en armonía con la política del Gobierno Nacional es necesario aprobar, en el marco de las disposiciones dela materia, la Directiva que establezca los lineamientos para la neutralidad y transparencia de los empleados públicos del Sector economía y Finanzas durante el proceso electoraldel año 2006; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economíay Finanzas, las Leyes Nºs. 26859, 27815 y 28175, el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Resolución ViceministerialNº 148-99-EF/13.03; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Directiva sobre neutralidad y transparencia de los empleados públicos del Sector Economíay Finanzas durante el proceso electoral del año 2006”. Artículo 2º.- Hacer de conocimiento la presente directiva a los Organismos Públicos Descentralizados adscritos,empresas bajo su ámbito, programas, proyectos y en general cualquier entidad bajo el ámbito del Sector Economía y Finanzas quienes se encargarán de difundirla a sus órganosdependientes, funcionarios y servidores. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Directiva sobre neutralidad y transparencia de los Empleados Públicos del Sector Economía y Finanzas durante el proceso electoral del año 2006 1. Generalidades1.1. Objetivos Son objetivos de esta Directiva: a) Garantizar una conducta neutral y transparente durante el proceso electoral del año 2006, de los empleados