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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G33/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de enero de 2006 instituciones deportivas a fin de obtener la autorización para la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por las normas precitadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, el Decreto Supremo Nº 076-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 139-2004-EF; y, Con la opinión técnica del Instituto Peruano del Deporte; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase con eficacia anticipada al 26 de abril de 2004, fecha de presentación de las solicitudes, la inafectación del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por el Club de Regatas Lima, identificada con RUC Nº 20136907400, de los bienesconsignados en las Resoluciones Nºs. 090, 091 y 092- 2004-P/IPD del 18 de marzo de 2004, con un valor FOB total de US$ 58 336,31 (Cincuenta y ocho mil trescientostreinta y seis y 31/100 Dólares de los Estados Unidos de América) según las Declaraciones Únicas de Aduana Nºs. 118-2003-10-027508-01-1-00, 118-2003-10-096879-01-3-00 y 118-2003-10-118612-01-0-00. Los bienes señalados en el párrafo precedente deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento delos fines deportivos de la citada asociación. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), al Instituto Peruano del Deporte y al Club de Regatas Lima. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 00973 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2006-PCM Lima, 16 de enero de 2006VISTO: El Oficio Nº 195-2005-SGPR-GCActiv. del 22 de diciembre de 2005 de la Gerencia Central de Actividades del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Gerencia Central de Actividades Nº 016-2004/SGPR/GCActiv. del 23 de diciembre de 2004, se aceptó la donación de diversos bienes por un valor total de S/. 12 463,00,efectuada por la Empresa Agroindustrial Tumán S.A.A., la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, Agro Industrial Paramonga S.A.A. y A& M Importaciones S.A., a favor del Despacho Presidencial; Que, mediante el Memorándum Nº 446-2005-SGPR- GCActiv y los Informes Técnicos Nºs. 022-A y 022-B- 2005-GCActiv./JAD, el Despacho Presidencial haevaluado y fundamentado la aprobación de las donaciones de la mayor parte los bienes antes mencionados hasta por la suma de S/. 12 253,00, a favordel Hospital Regional de Pucallpa, de diversas comunidades campesinas del Cusco y del niño Juan Culqui Chavarri, y la utilización de un saldo valorizado enS/. 210,00 en la actividad navideña 2003 convocada por dicha institución; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Legislativo Nº 804 y el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las donaciones efectuadas por el Despacho Presidencial de diversos bienes por un valor ascendente a S/. 12 253,00 (Doce mil doscientos cincuenta y tres y 00/100 Nuevos Soles),cuyas características, valor unitario y respectivo donatario y/o beneficiario se encuentran detallados en el Anexo que forma parte de la presenteResolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo deMinistros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros AVISO ESTUDIO CABALLERO BUSTAMANTE