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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2006 (22/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 39

PÆg. 310797 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de enero de 2006 Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se han constituido servidumbres convencionales de ocupación sobre un área de 10,00 metros cuadrados y de tránsito sobre un área de 590,26 metros cuadrados, de propiedad del Organismo Especial del Fondo de Vivienda Militar del Ejército (ORES-FOVIME), para la subestación de distribución eléctrica aérea biposte para Servicio Público de Electricidad Nº 20958, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 20 de abril de 2005, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbres, razón por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposición de servidumbres a una solicitud de reconocimiento de servidumbres, conforme al numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y numeral 3 del artículo 75º de la misma Ley; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 295-2005- DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., las servidumbres convencionales de ocupación y de tránsito sobre el bien del Organismo Especial del Fondo de Vivienda Militar del Ejército (ORES-FOVIME), para la instalación de la subestación de distribución eléctrica aérea biposte para Servicio Público de Electricidad Nº 20958, ubicada en parte del predio rústico denominado San Juan (intersección de la Avenida Alipio Ponce y Autopista Panamericana Sur Km. 13,5), distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación y de Tránsito de fecha 20 de abril de 2005, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo Servidumbre de terreno 31177905 Subestación de Distribución Eléctrica Nº 20958 Ubicación: distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima SERVIDUMBRE DE OCUPACIÓN: Suelo: Organismo Urbano 10,00 m2 Especial del Coordenadas UTM: y sus aires Fondo de Vivienda Vértice Norte Este Militar A 8 654 326,492284 611,725 del Ejército B 8 654 325,769284 616,673 (ORES- C 8 654 327,748284 616,962 FOVIME) D 8 654 328,471284 612,014Expediente Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo Servidumbre de terreno SERVIDUMBRE DE TRÁNSITO: Suelo: Organismo Urbano 590,26 m2 Especial del Coordenadas UTM: y sus aires Fondo de Vivienda Vértice Norte Este Militar 1 8 654 455,572284 675,369 del Ejército 2 8 654 458,511284 674,731 (ORES- 3 8 654 457,766284 669,566 FOVIME) 4 8 654 452,080284 665,957 5 8 654 428,479284 670,496 6 8 654 414,794284 662,386 7 8 654 320,231284 649,011 8 8 654 317,348284 646,233 9 8 654 322,248284 611,105 D 8 654 328,471284 612,014 10 8 654 328,904284 609,046 19 8 654 319,694284 607,700 20 8 654 314,166284 647,333 21 8 654 318,849284 651,845 22 8 654 413,780284 665,273 23 8 654 427,928284 673,657 24 8 654 451,477284 669,128 25 8 654 454,994284 671,360 Artículo 2º.- Son de aplicación a las servidumbres reconocidas en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 00724 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2006-MEM/DM Lima, 6 de enero de 2006VISTO: El Expediente Nº 31177505, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica convencional para Servicio Público de Electricidad Nº 1474; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica convencional para Servicio Público de Electricidad Nº 1474, ubicada en el Lote 1, Mz. “C”, Lotización “Las Praderas de Lurín”, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 49,80 metros cuadrados, de propiedad de la Sociedad Conyugal constituida por Gonzalo Miguel Roselló Puga y Serenella Mónaco Varas de Roselló, para la subestación de distribución eléctrica convencional para Servicio Público de Electricidad Nº 1474, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 12 de mayo de 2005, cuya copia obra en el Expediente;