Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2006 (25/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 310986
Ubicacion de la Estacion: Estudios y Planta

NORMAS LEGALES
: Cerro Trapiche, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua. : Longitud Oeste: Latitud Sur: 70° 58' 11'' 17° 11' 02''

MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2006

y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese.

Coordenadas Geograficas

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 01433

MORDAZA de Servicio

: El area comprendida dentro del contorno de 74 dBµV/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. Articulo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorizacion, el titular debera presentar el proyecto de comunicacion. Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, el titular se encuentra obligado a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 7º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 8º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgado de Paz en la Margen Derecha del MORDAZA Norte del Distrito de Cerro Colorado, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 264-2005-CE-PJ MORDAZA, 21 de diciembre del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 191-2005-P-CSJAR-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y el Informe Nº 090-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en la Margen Derecha del MORDAZA Norte del Distrito de Cerro Colorado, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, presentada por el Frente de Defensa e Integracion y Desarrollo del MORDAZA Norte - FREDICON; Que, la peticion se fundamenta en tener poblacion aproximada de 26,330 habitantes, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra en la Urbanizacion Zamacola del distrito Cerro Colorado a 6 kilometros de distancia; Que, la MORDAZA del MORDAZA Norte del distrito de Cerro Colorado cuenta con un Juzgado de Paz ubicado en la Urbanizacion MORDAZA Municipal, el cual se encuentra a 10 kilometros de distancia de las Asociaciones de la Margen Derecha del MORDAZA Norte, por lo que los pobladores de esta MORDAZA deben trasladarse hasta en dos lineas de transporte para acceder a dicho organo jurisdiccional; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 090-2005-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Margen Derecha del MORDAZA Norte del Distrito de Cerro Colorado, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Arequipa; Que, por el numero de habitantes a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan los conflictos de naturaleza Civil: alimentos, cobro de deudas; Penal: lesiones, invasiones; Familia: violencia familiar, abandono de hogar; Laboral: autorizacion de trabajos de menores, pagos de salarios; Notarial: certificacion, constataciones y legalizaciones; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.