Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2006 (27/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de enero de 2006

2005, referidos a las Observaciones Nº 01 y Nº 02 del Informe Nº 007-2004-2-2184, denominado "Examen Especial del Area de Personal periodo periodo enero - diciembre 2003", conforme a lo expuesto en la presente resolucion. Articulo Segundo.- ABSOLVER a las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefas de la Unidad de Personal del cargo imputado en la Resolucion de Alcaldia Nº 391 de fecha 1 de diciembre de 2005, referido a la Observacion Nº 01 del Informe Nº 0072004-2-2184, denominado "Examen Especial del Area de Personal periodo periodo enero - diciembre 2003", conforme a lo expuesto en la presente resolucion. Articulo Tercero.- APLICAR la sancion disciplinaria de AMONESTACION ESCRITA a las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefas de la Unidad de Personal, por el cargo imputado en la Resolucion de Alcaldia Nº 391 de fecha 1 de diciembre de 2005, referido a la Observacion Nº 02 del Informe Nº 007-2004-2-2184, denominado "Examen Especial del Area de Personal periodo enero - diciembre 2003", encargandose a la Jefatura de Personal expida la resolucion correspondiente, conforme lo prescribe el Articulo 156º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo Cuarto.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de prescripcion de la accion para instaurar MORDAZA administrativo disciplinario planteada por el senor MEBES MORDAZA QUINCHO. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria Municipal la notificacion de la presente resolucion conforme a ley al ex funcionario comprendido en la misma, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01653

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS
Declaran en emergencia y de necesidad publica la situacion urbanistica del distrito
ORDENANZA Nº 003-2006-MDP Paracas, 18 de enero de 2006. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS POR CUANTO: El Concejo Municipal en su Sesion de la fecha, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Organica de Municipalidades y su Reglamento Interno, ha visto por conveniente Declarar en Emergencia y de Necesidad Publica la Situacion Urbanistica del distrito de Paracas; CONSIDERANDO: Que, conforme el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 y articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades establece que es finalidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, asimismo los numerales 3) y 4) del articulo 79º de la Ley aludida en el considerando que antecede establece que las Municipalidades Distritales, en materia de Organizacion del Espacio Fisico y Uso del Suelo, ejercen como funciones la de aprobar el Plan MORDAZA o Rural Distrital, segun corresponda,

con sujecion al Plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia y ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte, y la comunicacion en el distrito, tales como pistas o calzadas, vias, puentes, parques, mercados, MORDAZA de irrigacion, locales comunales, y obras similares, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva; Que, es necesario significar que la descentralizacion territorial es conceptualizada como la administracion politica que ejerce la Municipalidad, sobre una parte limitada del territorio nacional con autonomia; Que, a las Municipalidades se les da atribuciones especiales para organizar esa parte limitada del espacio del territorio nacional, y hasta usar su suelo; se le establecen funciones exclusivas y compartidas de caracter distrital. Tales funciones exclusivas y/o compartidas, deben ser organizadas a fin de que posibiliten un desarrollo tal que eleve el nivel de MORDAZA de la poblacion, que se logre cuando la administracion, de dicho desarrollo, se constituya en un MORDAZA permanente y organizado, por medio de la cual se prepara e implementan las acciones de gobierno local, en forma coordinada e integrada organica y funcionalmente; Que a la fecha en la jurisdiccion del distrito de Paracas se ha notado con honda preocupacion por la Administracion Municipal la urgente necesidad de coberturar la necesidad de vivienda de los moradores del sector; que en la practica se ha podido comprobar que en una vivienda viven de dos a tres familias constituidas, que como es logico resulta necesario corregirse; Que, asimismo esta necesidad debe de estar considerada de acuerdo al Plan MORDAZA o rural Distrital que la entidad oportunamente; Que, asimismo es de conocimiento publico, que de manera desordenada se viene desarrollando la Infraestructura MORDAZA de la MORDAZA, lo cual viene ocasionando perjuicio en el Ornato, paisaje natural con los que cuenta la jurisdiccion y siendo una MORDAZA eminentemente Turistica requiere inmediata intervencion de la Autoridad; Que, bajo tales puntos de vista el papel especifico que compete a la administracion municipal, se cumple en la medida en que sirva de intermediario entre lo planificado y lo que ejecuta la autoridad municipal adecuandolo tecnicamente. Es que en la dimension local, la administracion del desarrollo se MORDAZA en aquel desarrollo equilibrado, organico y armonico del municipio, y en la relacion que este tenga con otros municipios sobretodo los de su entorno; Que, a la fecha en la jurisdiccion del distrito de Paracas, se evidencia con honda preocupacion por parte de la Administracion Municipal la urgente necesidad de coberturar la necesidad de vivienda de los moradores del Sector; que en los hechos se ha podido comprobar que en una vivienda habitan dos o tres familias constituidas, que como es logico resulta necesario corregir; Que, en este estado de ideas es necesario que el Organo de Gobierno de la Municipalidad declare en emergencia y de necesidad publica la situacion urbanistica del distrito por un periodo de Ciento Ochenta (180) dias, que incluya aspectos de desarrollo MORDAZA, habilitacion MORDAZA y viviendas de interes social; Que, por lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion de Comisiones y de aprobacion del Acta respectiva, con el MORDAZA unanime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado emitir la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- DECLARAR a partir de la fecha por el periodo de Ciento Ochenta (180) dias en Emergencia y de Necesidad Publica la Situacion Urbanistica del distrito de Paracas, incluyendo aspectos de desarrollo MORDAZA, habilitacion MORDAZA y viviendas de interes social, por los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Facultar el Sr. MORDAZA para que por Decreto de Alcaldia o Resolucion de Alcaldia, segun corresponda, implemente las acciones necesarias, que permitan el adecuado cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente, conforme al procedimiento establecido por Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01651

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