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PÆg. 311191 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de enero de 2006 el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individualprestado de manera real y/o potencial. Asimismo, para la distribución del costo entre los contribuyentes, se deberá utilizar de manera vinculada y dependiendo del serviciopúblico involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente. 4.- Mediante Ordenanzas Nºs. 132 y 141-MDB publicadas el 31 de octubre de 2004 y 1 de enero de 2005 respectivamente, se aprobaron y sustituyeron los importesde los Arbitrios Municipales de esta jurisdicción para el año 2005. SE CUMPLIÓ CON LO DISPUESTO POR EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 952 - ART. 69-A, SOBRE FECHA DE PUBLICACIÓN DE LAS ORDENANZAS SOBRE ARBITRIOS 5.- Mediante Acuerdo Nº 055 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado el 26 de febrero de 2005 se procedió a Ratificar los Arbitrios Municipales para el año2004. SE CUMPLIÓ CON EL ARTICULO 40º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES- SOBRE RATIFICACIÓN DE ORDENAZA DISTRITAL POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL 3.- ASPECTOS VINCULANTES A LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (CASO MUNICIPALI- DADES DE SURCO Y MIRAFLORES) 1.- En el caso de las Sentencias del Tribunal Constitucional la primera expedida correspondiente a la Municipalidad de Surco, la misma tiene vigencia a partir del14 de marzo del año 2005 (publicación en el Diario Oficial El Peruano), fecha posterior a la ratificación de los arbitrios del año 2005 de esta Municipalidad. Esta Sentencia del Tribunal en esa fecha no estableció reglas de observancia obligatoria que vinculen a todas y cada una de las Municipalidades del país. 2.- En el caso de las Sentencias del Tribunal Constitucional, la segunda expedida correspondiente a la Municipalidad de Miraflores, tiene vigencia a partir del 17de agosto del año 2005, fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, dicha vigencia fue posterior al proceso ratificatorio seguido para aprobar los arbitrios delaño 2005 por esta municipalidad. Esta sentencia sí estableció reglas de observancia obligatoria que vinculan a todas y cada una de lasMunicipalidades, asimismo otorga carácter vinculante a la STC de Municipalidad de Surco a partir de esta fecha. 3.- La Municipalidad de Breña al no tener Ordenanza válida y vigente para el año 2006, procederá a aprobar mediante la Ordenanza correspondiente; que paraefectos de mantener operativos los Servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo del distrtito durante el año 2006, se aplicará lo dispuesto en elArtículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal, concordante con lo Dispuesto por el Tribunal Constitucional en el sentido de aplicar la ordenanza válida y vigente del año fiscal anterior. (En esta disposición se propone no reajustar los montos con el Índice de Precios al Consumidor - IPC tal como lodispone la disposición de Ley) La Ordenanza Nº 141-MDB que aprueba el marco normativo de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el año 2005 en la jurisdicción del distrito de Breña, ratificada por laMunicipalidad Provincial de Lima cumple desde nuestro punto de vista con tales requisitos (de vigencia y validez). SE CUMPLE CON EL PARÁMETRO DE CONTROL DE LA PRODUCCIÓN NORMATIVA MUNICIPAL - STC EXP 053- 2004-PI/TC CASO MIRAFLORES VII-B-9º2.-Para ese fin se siguieron los procedimientos establecidos a través de la Ordenanza Nº 607-MMLpublicada el 24 de marzo del año 2004, para el proceso de ratificación. 3.- Adicionalmente el 18 de junio de 2004, se aprueba la Directiva Nº 001-006-00000001, para la determinación de los Costos de los Servicios y Procedimientos Administrativos que dan Origen aTributos para Efectos de la Ratificación de Ordenanzas Municipales Distritales. 4.- En primer término la Municipalidad Distrital de Breña procedió a la aprobación de la Ordenanza Nº 132-MDB de fecha 25 de octubre de 2004. 5.- Mediante Oficio Nº 210-2004-DA/MDB recepcionado por el SAT el 28 de octubre de se da por iniciado el proceso de ratificación de la Ordenanza Nº 132-MDB, cabe precisar que el plazo de presentaciónvencía el último día hábil del mes de octubre del año 2004. (29/10-Ord. 607-MML). 6.- En cumplimiento del Decreto Legislativo Nº 952, que modifica la Ley de Tributación Municipal, el 31 de octubre de 2004, se procedió a publicar en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 132-MDB, que aprueba losArbitrios Municipales para el año 2005. 7.- Mediante Oficio Nº 004-090-00000534 de fecha 17 de noviembre de 2004 el SAT plantea observaciones a laOrdenanza Nº 132-MDB, otorgándose un plazo de 15 días para su subsanación (plazo acorde al Art. 5º de la Ord. Nº 607). 8.- Mediante Oficio Nº 004-090-00000605 de fecha 14 de diciembre de 2004 el SAT plantea un último plazo de 20 días hábiles a la Municipalidad para levantar lasobservaciones a la Ordenanza Nº 132-MDB (plazo acorde al Art. 5º de la Ord. Nº 607). 9.- En fecha 23 de diciembre de 2004, se procede a aprobar la Ordenanza Nº 141-MDB que aprueba el Marco Normativo y los Importes de los Arbitrios Municipales del año 2005, esta ordenanza sustituye a la OrdenanzaNº 132-MDB introduciéndose las subsanaciones planteadas por el SAT, su publicación en El Peruano se hace el 1 de enero de 2005. 10.- En fecha 12 de enero el SAT recepciona el Oficio Nº 97-2004-SG/MDB de fecha 27 de diciembre de 2004, mediante el cual se subsanan en último plazo lasobservaciones planteadas a la Ordenanza Nº 132-MDB del 25.10.2004. 11.- En fecha 17 de febrero de 2005, y mediante Acuerdo Nº 055, publicado el 26 de febrero de 2005 se procedió a Ratificar los Arbitrios Municipales de la Municipalidad de Breña, para el año 2005. 2.- ANÁLISIS DE LEGALIDAD Y VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 141-MDB 1.- De conformidad a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia. 2.- Asimismo el artículo 74º del mismo cuerpo legal otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales la que está reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, para crear , modificar,suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; señalando que las Ordenanzasson normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos porley. Las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por lasMunicipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia. 3.-El artículo 68º y 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades pueden imponer entre otras Tasas, la de Arbitrios con criterio deracionalidad que permitan determinar el cobro exigido por