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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (03/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G38/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de febrero de 2006 4.4 Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. 4.5 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. 4.6 Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. 4.7 Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico. 4.8 Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276. 4.9 Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley deProductividad y Competitividad Laboral. 4.10 Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, Reglamento de la Ley Nº 26771. 4.11 Decreto Supremo Nº 030-2000-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27658. 4.12 Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM modifica el Reglamento de la Ley Nº 26771. 4.13 Decreto Supremo Nº 019-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27588. 4.14 Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27815. 4.15 Resolución Ministerial Nº 007-2006-PCM, Directiva sobre neutralidad y transparencia de laPresidencia del Consejo de Ministros, OrganismosPúblicos Descentralizados y Entidades adscritas al Sector y de sus Empleados Públicos durante el proceso electoral del año 2006. V. VALORES A continuación se enuncian los principales Valores que constituyen condiciones inherentes de observanciaobligatoria en los que debe enmarcarse la actuación de los funcionarios y servidores públicos, incluyendo a las personas que bajo cualquier forma o modalidadcontractual presten servicios al Estado en el CND,atendiendo a que el servicio público es el medio queemplea el Estado para lograr la defensa de la personahumana y el respeto de su dignidad en tanto fin supremo de la Sociedad y la Nación y por cuya virtud su ejercicio no puede emplear ninguna forma de discriminación porrazón de sexo, raza, religión y condición económica: 5.1 Diligencia: debe observarse que el esmero y cuidado en el actuar público, reflejan la capacidad, la madurez de juicio y la habilidad con que deben emplearse métodos, criterios y procedimientos, dentro de los plazosfijados. 5.2 Ética: debe observarse que el actuar público se realiza con rectitud, honradez y honestidad, desechandotodo provecho o ventaja obtenida por sí o por interpósita persona. 5.3 Lealtad: debe observarse que el actuar público demanda fidelidad y solidaridad hacia todos los miembrosde la Entidad, y se refleja en el fiel cumplimiento de lasdisposiciones impartidas que tengan por objeto larealización de actos de servicio, reúnan las formalidades del caso y se vinculen con las funciones del cargo; debiendo ser puestos en conocimiento aquellossupuestos de arbitrariedad y/o ilegalidad. 5.4 Probidad: debe observarse que la rectitud e integridad en el actuar público, determina el grado deconfiabilidad al ejecutarse los servicios y da credibilidad a los actos personales. 5.5 Pulcritud: debe observarse que el cuidado e imagen personal en el actuar público, son la inmediataexpresión de seguridad de un adecuado manejo y usode los bienes y del cuidado de la infraestructura yequipamiento del Estado. VI. PROHIBICIONES E IMPEDIMENTOS Los funcionarios y servidores públicos, incluyendo a las personas que bajo cualquier forma o modalidadcontractual presten servicios al Estado en el CND, se encuentran prohibidos e impedidos de:6.1 Ejercer la actuación pública con el objeto de obtener ventajas de cualquier índole para sí o paraterceras personas y/o como mecanismo de coerciónante cualquier entidad del Estado o del sector privado. 6.2 Trasladar o entregar documentación clasificada como “secreta”, “reservada” o “confidencial”, incluyendola contenida en medios magnéticos, en lugares noautorizados o no vinculados con la actuación pública. 6.3 Recibir y/o solicitar, directa o indirectamente, para sí u otras personas, algún estipendio, obsequios, honorarios u otro tipo de retribución económica, así como cualquier otro beneficio, distinción, agasajos, atencionesu otros presentes, cualquiera sea la forma, modalidad ocuantía patrimonial de los mismos, por parte de personasnaturales o jurídicas. 6.4 Dedicar horas comprometidas con el servicio para realizar asuntos distintos al cumplimiento de la actuaciónpública. 6.5 Ejercer por cuenta propia o por intermedio de terceros, actividades permanentes o eventuales de asesoramiento vinculado a la aplicación de normas en materia de descentralización y regionalización, que seencuentren enmarcadas en la relación contractual. Noestá comprendida la actividad docente, siempre que éstano genere un conflicto de intereses. 6.6 Transmitir, divulgar y/o difundir a terceros, total o parcialmente, el contenido de la información de la cualtenga o haya tenido conocimiento en el ejercicio de la actuación pública, salvo que se trate de información de carácter público, o que medie mandato judicial que así lorequiera. En los casos en que por la naturaleza misma de la materia se formulen consultas profesionalesespecializadas y/o se recurra a servicios de investigaciónu otros similares; la Entidad le exigirá contractualmentelos terceros la confidencialidad en la información. VII. LINEAMIENTOS DE CONDUCTA RELATIVOS A ACTIVIDADES EXTERNAS La actividad externa es aquella permitida en tanto posibilita la realización de aspiraciones personales oprofesionales de los funcionarios y servidorespúblicos, incluyendo a las personas que bajo cualquier forma o modalidad contractual presten servicios al Estado en el CND, siempre que ello no genere unconflicto con su actuación pública. En ese sentido,deberán: 7.1 Informar a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante declaración jurada,si realizan o no actividades externas, debiendo indicar,en el caso que sí lo hagan, la naturaleza de las mismas,la modalidad contractual y el nombre y/o razón social delempleador, comitente o mandante. 7.2 Informar previamente a la Alta Dirección, cuando las actividades externas consistan en: - La participación como ponente u organizador de eventos, tales como seminarios, conferencias, clases,foros, talleres o similares. - La elaboración de artículos periodísticos, ensayos, publicaciones, libros o actividades afines. 7.3 Solicitar autorización expresa de la Alta Dirección, cuando la realización de actividades externas demandela mención de cargo, función o de la Entidad. VIII. COMPROMISOS Los funcionarios y servidores públicos, incluyendo a las personas que bajo cualquier forma o modalidadcontractual presten servicios al Estado en el CND, estáncomprometidos en mantener el prestigio de la Entidad,con conocimiento y valoración de la misión institucional.En tal sentido, deberán: 8.1 Actuar con responsabilidad y diligencia en el cumplimiento de la actuación pública.