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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (09/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G31/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 - Copia del Convenio de Prestación de Servicios celebrado con fecha 20 de diciembre del 2005, por GNABA GAS PERU SAC con EL TALLER C.M.V. S.R.L., conforme a lo establecido en el numeral 6.2.7 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Copia del Contrato de Arrendamiento de fecha 01 de febrero del 2004, celebrado por el solicitante con Manrique Ugarte S.R.L. Contratistas Generales,mediante el cual se acredita la posesión legítima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de Surquillo. - Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 125620 suscritas con LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS que cubre los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados poraccidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT, conforme a los términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto SupremoNº 058-2003-MTC y la Resolución Directoral Nº 3990- 2005-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a contarse desde la publicación de la presente resolución, a EL TALLER C.M.V. S.R.L para que opere el taller denominado “EL TALLER” ubicado en Calle Los Ángeles(antes Corrientes) Nº 204, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar lasconversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certificado deInspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 10 de Enero del 2007Segunda Inspección anual del taller 10 de Enero del 2008 Tercera Inspección anual del taller 10 de Enero del 2009 Cuarta Inspección anual del taller 10 de Enero del 2010Quinta Inspección anual del taller 10 de Enero del 2011 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro deresponsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación denueva póliza 14 de Noviembre del 2007 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 14 de Noviembre del 2008 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 14 de Noviembre del 2009 Cuarta renovación o contratación denueva póliza 14 de Noviembre del 2010 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 14 de Noviembre del 2011 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nuevapóliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase. PATRICK P. ALLEMANT F. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 02027 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL /G45/G78/G70/G72/G65/G73/G61/G6E/G20 /G72/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G6C/G61 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 020-2006-CE-PJ Lima, 7 de febrero del 2006 CONSIDERANDO: Que, en mérito del Acuerdo adoptado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en sesión de fecha 3 de marzo del 2005, se cursó el Oficio Nº 766-2005-CE-PJ al señor ingeniero José Murgia Zannier, Alcalde de laMunicipalidad Provincial de Trujillo, solicitándole formalmente la donación de un terreno apropiado para la construcción del Palacio de Justicia de la histórica ciudadde Trujillo; Que, dicha petición se sustentó en que la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ubicadaentre los jirones Pizarro y Bolívar, ante el explosivo incremento demográfico, ha devenido en insuficiente para el desarrollo de la administración de justicia, produciendoademás en las calles aledañas congestión vehicular durante las horas de despacho judicial; así como en la imposibilidad de modificar la actual estructura del Palaciode Justicia en razón a su ubicación en el Centro Monumental de Trujillo; Que, accediendo a la petición formulada, la Municipalidad Provincial de Trujillo mediante Acuerdo de Concejo Nº 06-2006-MPT, de fecha 27 de enero del presente año, dispuso donar a favor del Poder Judicialel lote de terreno de 7,597.02 m2, signado como sublote Nº 07, ubicado en la Mz. "P", Urbanización "Natasha Alta", de la ciudad, distrito y provincia de Trujillo, paraque sea destinado a uso y funcionamiento de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, constituye un hecho trascendente e histórico para la administración de justicia la donación del mencionado terreno, pues redundará en la mejor atenciónde justiciables y abogados, así como en el desarrollo de las actividades jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de La Libertad y, por tanto, enaltece al señorAlcalde José Murgia Zannier, por su decidida colaboración en la mejora de la administración de justicia en el Distrito Judicial de La Libertad, lo que indudablemente será degran beneficio para la sociedad Liberteña; todo lo cual compromete el reconocimiento de quienes integran este Poder del Estado; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad;