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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 UNIVERSIDADES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G41/G6E/G74/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G41/G62/G61/G64/G20/G64/G65/G6C /G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G61 /G43/G61/G6E/G61/G64/GE1/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-022-2006-UNSAAC/ Cusco, 1 de febrero de 2006 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº CU-016-2006-UNSAAC de 25 de enero de 2006, se declara en Comisión de Servicio, al Mag. Ing. Jorge Guillermo Ugarte Berrio,Rector (e) de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 6 de febrero de 2006 y por el término de cinco (5) días, a efecto de que pueda efectuarviaje a la República de Canadá y visitar la Universidad de la Isla de Cape Breton y discutir detalles de la colaboración y planes futuros del Proyecto "Promoviendola Salud de las Comunidades a través de la Paternidad de la Población Indígena en Cape Breton, Nueva Escocia, Canadá y Cusco-Perú" y otros proyectos comunesposibles, por invitación de la Universidad de la Isla de Cape Breton; Que, asimismo se autoriza a la Dirección General de Administración, otorgue a favor del Mag. Ing. Jorge Guillermo Ugarte Berrio, Rector (e) de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, el pago deviáticos por cinco (5) días, a razón de $ 220.00 (DOSCIENTOS VEINTE DÓLARES AMERICANOS), por día; Que, en dicha resolución se ha incurrido en error material, en tanto la Universidad de Cape Breton, asumirá los gastos de pasajes, visa, transporte, alimentación yhospedaje en la Isla de Cape Breton, no siendo así procedente la concesión de viáticos, por lo que debe procederse a la rectificación del caso; Que, de otro lado se ha determinado que la Comisión de Servicio del señor Rector, debe ser a partir del 3 de febrero de 2006, a fin de que el Titular del Pliego, puedarealizar las coordinaciones previas en la ciudad de Lima, para efectos de su viaje al extranjero; Que, de otro lado la Comisión de Servicio del señor Rector implica que el titular del pliego debe asumir un conjunto de compromisos en el extranjero, para cuyo efecto requiere contar con fondos que deben serotorgados por la Institución en calidad de Gastos de Representación; Estando a lo establecido en el Art. 201º de la Ley Nº 27444, D.S. Nº 005-90-PCM, Ley Nº 28652, D.S. Nº 047-2002-PCM, al informe emitido por la Unidad de Contabilidad Presupuestaria y en uso de las atribucionesconferidas por la Ley 23733 y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- MODIFICAR vía rectificación de error material, el numeral primero de la Resolución Nº CU- 016-2006-UNSAAC de 25 de enero de 2006, con el textosiguiente: "PRIMERO.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO, al MAG. ING. JORGE GUILLERMO UGARTE BERRIO, Rector (e) de la Universidad Nacionalde San Antonio Abad del Cusco, a partir del 3 de febrero de 2006 y por el término de ocho (8) días, a efecto de que pueda efectuar viaje a la República de Canadá yvisitar la Universidad de la Isla de Cape Breton y discutir detalles de la colaboración y planes futuros del Proyecto "Promoviendo la Salud de las Comunidades a través dela Paternidad de la Población Indígena en Cape Breton, Nueva Escocia, Canadá y Cusco-Perú" y otrosproyectos comunes posibles, por invitación de la Universidad de la Isla de Cape Breton". Segundo.- MODIFICAR vía rectificación de error material el numeral segundo de la Resolución Nº CU-016-2006-UNSAAC, de 25 de enero de 2006, conel texto siguiente: "SEGUNDO.-AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor del MAG. ING. JORGE GUILLERMO UGARTEBERRIO, Rector (e) de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, la suma de S/. 4,000.00 (CUATRO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) en calidadde Gastos de Representación, a fin de cubrir gastos con motivo de su viaje a la República de Canadá y visitar la Universidad de la Isla de Cape Breton". Tercero.- MODIFICAR vía rectificación de error material, el numeral tercero de la Resolución Nº CU- 016-2006-UNSAAC, con el texto siguiente: "TERCERO.-DEJAR ESTABLECIDO que el egreso que origine la presente resolución deberá a afectarse a la Cadena Funcional siguiente: Código SIAF 006; Actividad 1.00267/3.00693, Naturaleza del Gasto: 5.3.11.39, Otros Servicios de Terceros; Fuente de Financiamiento: De acuerdo a disponibilidad financiera". Cuarto.- DEJAR ESTABLECIDO que la Resolución Nº CU-016-2006-UNSAAC, así modificada quedará subsistente en sus demás extremos. El Vicerrectorado Administrativo y la Dirección General de Administración deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de lapresente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO VALCÁRCEL GAMARRA Rector (e) 02355 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73 /G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G79/G20/G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 036-2006-INDECI Lima, 24 de enero del 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar lasmedidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de granmagnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del DecretoLegislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones quepermitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones derehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones derecuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres;