Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de fichas opticas desglosables para la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA VALDIZAN RESOLUCION Nº 075-2006-UNHEVAL-R Cayhuayna, 2 de febrero de 2006 Vistos los documentos que se acompanan en nueve (09) folios; CONSIDERANDO: Que la Jefe de la Unidad de Adquisiciones, mediante el Oficio Nº 020-2006-UADQ/LOG del 17.ENE.2006, dirigido a la Jefe de Logistica, solicita la emision de Resolucion de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion a la Empresa POLYSISTEMAS SAC, en el presente Ejercicio Presupuestal 2006, al haber emitido la Empresa una Certificacion de ser distribuidor exclusivo y representante autorizado, por lo que solicita se emita la Resolucion para dar cumplimiento a los Arts. 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM, para poder adquirir Fichas Opticas OMR, por cuanto con la Resolucion Nº 657-2005-UNHEVAL-R solo se encuentra establecido para el ejercicio presupuestal 2005; Que el Jefe de la Oficina de Logistica, con la Elevacion Nº 035-06-J-OL-UNHEVAL, del 19.ENE.2006, eleva al Director General de Administracion, solicitando su atencion; documento que es derivado al Rector con la Elevacion Nº 0062, del 19.ENE.2006; Que el Asesor Legal, con el Informe Nº 35-2006UNHEVAL/AL, del 1.FEB.2006, dirigido al Rector, manifiesta que el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, establece en su primer parrafo que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; de la evaluacion de la documentacion administrativa se desprende del documento de Certificacion expedido por el Director Distribuidor Sales NCS Pearson International, que POLYSISTEMAS S.A.C., es la unica compania autorizada y certificada por NCS Pearson para representar sus productos en Peru, Bolivia y Ecuador; asimismo, el 17.ENE. 2006 el Director de Worldwide Distributor Sales NCS Pearson Internacional remite una Certificacion autorizada del Distribuidor indicando que solo Polysistemas S.A.C es el distribuidor autorizado en el Peru para todos los productos NCS Pearson de lectura optica; siendo asi y estando al informe emitido por el Jefe de la Unidad de Adquisiciones, se tiene que la empresa POLYSISTEMAS S.A.C, es proveedor unico y exclusivo de NCS Pearson, para representar sus productos en Peru, Bolivia y Ecuador, por lo tanto se encuentra dentro de los alcances del inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en tal sentido, debe cumplirse con las formalidades estipuladas en el Art. 20º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 083-PCM) en concordancia con el Art. 147º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo en consecuencia emitirse la resolucion correspondiente, elevar dicha resolucion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y publicarse en el

Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la emision de la resolucion y adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE; la contratacion para el presente caso debera efectuarse conforme lo dispone el ultimo parrafo del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendose para tal efecto encargar a la Direccion General de Administracion realizar las acciones competentes para la indicada contratacion; Que el Rector remite el caso a Secretaria General con el Proveido Nº 0572-2006-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Vicerrector Academico, con la Resolucion Nº 016-2006-UNHEVALVRAdm., por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1º. EXONERAR del MORDAZA de Seleccion correspondiente, para la Adquisicion de Fichas Opticas Desglosables en el presente Ejercicio Presupuestal 2006, a favor de la EMPRESA POLYSISTEMAS SAC, por ser proveedor unico, en aplicacion del inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. 2º. ENCARGAR a la Direccion General de Administracion adopte las acciones complementarias para la contratacion con la Empresa POLYSISTEMAS SAC, para la adquisicion de fichas opticas desglosables, conforme lo dispone el ultimo parrafo del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3º. DISPONER la publicacion de la presente resolucion a emitirse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de diez dias habiles, adicionalmente en el SEACE; asimismo elevar una MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 4º. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo y los demas organos internos adopten las acciones complementarias. 5º. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicerrector academico Rector encargado 02467

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD
Aceptan renuncia y designan Asesor de la Presidencia de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 014-P/CNJ-CONAJU-2006 MORDAZA, 6 de febrero de 2006. VISTO: La carta de renuncia de fecha 31 de enero de 2006, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Asesor de la Presidencia de la Comision Nacional de la Juventud - CNJ;

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