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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de febrero de 2006 altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado porDecreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 064-2006-AG, del 25 de enero 2006, en lostérminos siguientes: "Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a losrecursos presupuestales asignados a la Cadena FuncionalProgramática 001 04 006 0005 1.00110 3.00010 Meta0001, Recursos Ordinarios del Presupuesto para el 2006,del Pliego 013 Ministerio de Agricultura..." Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 02711 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G50/G61/G73/G74/G6F/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0104-2006-AG Lima, 9 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 302-2004-AG, de fecha 30 de abril de 2004, se designó al Ing. Alfredo ValentínKihien Collado como representante del Ministerio de Agriculturaante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Pasto Grande,creado por Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIENDA; Que, mediante carta de fecha 27 de enero de 2006, el mencionado representante, ha presentado su renuncia; Que, en consecuencia, es necesario aceptar su renuncia y designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y el Artículo 6º del Decreto SupremoNº 033-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, la renuncia formulada por el Ing. Alfredo Valentín Kihien Collado como representante del Ministerio deAgricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial PastoGrande, creado por Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIENDA,dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Pedro Escobedo Alvarez como representante del Ministerio deAgricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial PastoGrande, creado por Decreto Supremo Nº 033-2003-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 02712 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G35/G31/G38/G2D/G39/G37/G2D/G41/G47/G20/G71/G75/G65 /G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G72/G6C/G61/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G69/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G65/G72/G72/G61/G73/G20/G65/G72/G69/G61/G7A/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G73/G75/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G74/G65/G72/G63/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E /G6F/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G2C/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G78/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G2D/G43/G4F/G50/G52/G49/G20/G28/G68/G6F/G79/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E/G29 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0105-2006-AG Lima, 9 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Resolución Ministerial Nº 518-97-AG, establecer el procedimiento administrativo para identificar la disponibilidadde tierras eriazas para su otorgamiento a terceros, en concesióno venta, a través de la ex Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI (hoy PROINVERSIÓN); Que, es necesario perfeccionar el numeral 7 del artículo 2º de la precitada Resolución Ministerial, en función delámbito de competencia de cada una de las entidadesintervinientes en el proceso de otorgamiento de las tierraseriazas a la inversión privada; De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y su Reglamentode Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el numeral 7 del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 518-97-AG, en los términossiguientes: "Inscrito el dominio a favor del Estado - Ministerio de Agricultura, el PETT proporcionará al PROINVERSIÓN ladocumentación de las tierras eriazas que serán vendidas uotorgadas en concesión de conformidad con lo establecidoen el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 26505,aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, modificadopor los Decretos Supremos Nºs. 020-98-AG y 027-99-AG. Los contratos de compraventa o de concesión, según corresponda, serán suscritos por el Director Ejecutivo delPETT, en representación del Ministerio de Agricultura". Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 02709 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO SUPREMO Nº 015-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se aprueba, entre otros,el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplía hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 50 000 000,00) el monto de la Línea de CréditoExtraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por elBanco de la Nación al Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificadopor el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley señalada en el párrafo anterior, establece que las incorporacionespresupuestales de recursos de la citada línea de Crédito seránaprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por elMinistro de Economía y Finanzas a propuesta de la DirecciónGeneral de Programación Multianual del Sector Público y previaopinión de la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, la Décima Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,establece la prórroga de la vigencia de la OctavaDisposición Final de la Ley Nº 28562; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar losefectos contraproducentes tanto en la población como en laeconomía nacional, incorporando para el efecto parte de loscitados recursos por la suma de UN MILLÓN CIENTO QUINCEMIL OCHOCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/.1 115 830,00), a favor del Instituto Nacional de DefensaCivil, de acuerdo a lo presentado por la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público, en cumplimientode la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, aprobada por ResoluciónMinisterial Nº 510-2005-EF/10, que establece criterios yprocedimientos para la incorporación de los recursos a que serefiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Líneade Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo establecido en las Directivas Nºs. 002-2005-EF/68.01y 004-2005-EF/68.01, ha sustentado la necesidad de