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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de febrero de 2006 ejecución de intervenciones a cargo de un pliego presupuestario para afrontar eficaz y eficientemente lastareas que en estas circunstancias les compete, concargo a los recursos de la Línea de Crédito antesmencionada; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-EF se autorizó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2006, la incorporación de recursos hasta porla suma de OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOSVEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85 625,00), afavor del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, en el GrupoGenérico de Gastos 4 Otros Gastos Corrientes; Que, en relación con el Decreto Supremo señalado en el considerando precedente, el Instituto Nacional de DefensaCivil, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/10, ha sustentado la necesidad de la ejecución deintervenciones, cuyo gasto se materializa en el Grupo Genéricode Gastos 3 Bienes y Servicios, por lo que se hace necesariomodificar el Decreto Supremo Nº 006-2006-EF; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la Línea de Crédito otorgadapor el Banco de la Nación al INDECI, la Décima DisposiciónComplementaria y Final de la Ley Nº 28653, Ley deEquilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2006 y el artículo 3º del Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Crédito Suplementario Incorpórase vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, recursos hastapor la suma de UN MILLÓN CIENTO QUINCE MILOCHOCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/.1 115 830,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS ( En Nuevos Soles ) FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.00 FI NANCIAMIENTO 1 115 830,00 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 1 115 830,00 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Crédito Interno - Banco de la Nación 1 115 830,00 ----------------- TOTAL DE INGRESOS 1 115 830,00 ========== EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : D efensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 :Defensa Civil ACTIVIDAD 1.00164 : Coordin ación del Sistema Nacional de Defensa Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 6.- GASTOS DE CAPIT AL 1 115 830,00 7 Otros Gastos de Capital 1 115 830,00 ----------------- TOTAL DE EGRESOS 1 115 830,00 ========== Artículo2º.- Modificación del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 006-2006-EF Modifícase el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 006- 2006-EF que autorizó un Crédito Suplementario a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil en el extremo referido alos Egresos por el texto siguiente: EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI- Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : D efensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 :Defensa Civil ACTIVIDAD 1.00164 : Coordinación del Sistema Nacional de Defensa Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO(En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 85 625,00 3 Bienes y Servicios 85 625,00 ------------- TOTAL EGRESOS 85 625,00 ======== Artículo 3º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitará a laDirección Nacional del Presupuesto Público lascodificaciones que se requieran como consecuencia de laincorporación de nuevos Componentes, Finalidades deMetas y Unidades de Medida. Artículo 4º.- Notas de Modificación La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a la UnidadEjecutora para que elabore las correspondientes “Notas paraModificación Presupuestaria” que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma, lascuales serán aprobadas mediante Resolución del Titular delPliego, debiendo presentar, copia de la Resolución, dentrode los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señaladosen el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 02742 INTERIOR /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G22/G4E/G69/GF1/G6F/G20/G48/GE9/G72/G6F/G65/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G61/G22/G20/G79/G20/G6C/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G64/G65/G63/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G22/G4F/G72/G64/G65/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4D/GE9/G72/G69/G74/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 157-2006-IN/PNP Lima, 13 de febrero de 2006 VISTO, la propuesta para declarar "Niño Héroe de la Seguridad Ciudadana" y otorgar la Condecoración de la"Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú", al menor(f) Bili Alfonso SILVA QUILCA (11), en el grado de"OFICIAL", por la causal "SERVICIOS EXCEPCIONALES"; CONSIDERANDO: Que, a mérito del Informe A/D Nº 67-06-IG-COINDES/ITJ- HUANCAYO de 10FEB2006, se ha llegado a establecer queel 6FEB2006 en horas de la madrugada, se perpetró el DelitoContra el Patrimonio, en la modalidad de asalto y robo amano armada en banda, en agravio de CUARENTA Y CINCO(45) pasajeros aproximadamente, de OCHO (8) vehículos detransporte público, cometido por SEIS (6) presuntosdelincuentes comunes, en el lugar denominado Jaihuash,del distrito de Pazos, departamento de Huancavelica, quienesen su huida, cuando se encontraban a la altura del puenteen la entrada de Quisuarcancha, asesinaron con disparos dearma de fuego al menor Bili Alfonso SILVA QUILCA (11),cuando éste pretendió obstaculizar la vía bajando unatranquera, a fin de evitar la fuga de los facinerosos, habiéndoseinmolado en la lucha contra el crimen organizado, en aras demantener y preservar la Seguridad Ciudadana y la Paz Social,demostrando un marcado heroísmo; Que, de conformidad a lo establecido en los artículos 7º inciso f), 13º, 38º inciso e) numeral (2) y 39º del Reglamento dela Condecoración de la "Orden al Mérito de la PNP", aprobadopor R.M. Nº 0703-91-IN/PNP de 19AGO91, correspondeexpedir esta máxima distinción que otorga la Nación, por lacausal "SERVICIOS EXCEPCIONALES", a las personas quehayan contribuido en forma notable y excepcional al desarrollo,progreso, prestigio y engrandecimiento de la Policía Nacional