Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2006 (14/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 14 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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prever ni evitar la demora en el presente MORDAZA de seleccion debido a que la ley permite la interposicion de medios impugnativos en las diferentes etapas de los procesos de seleccion, es asi que la interposicion de diversos recursos, que la Ley faculta a los postores, dentro de las etapas del presente MORDAZA de seleccion MORDAZA senalado, trae como consecuencia que el estado de desabastecimiento en el referido servicio, en el que se encontraria el Ministerio, se torne en imprevisible; Que, es substancial indicar que, la necesidad de contar con los servicios debe ser actual y urgente en razon a ello la adquisicion o contratacion debe servir para atender los requerimientos inmediatos y en el presente caso, dicho servicio de acuerdo al Informe Tecnico Logistico Nº 001-2006-OELJLPB reune las citadas caracteristicas a partir del 15 de febrero del presente ano, por lo que seria necesario contar con el acotado servicio a partir de esa fecha; Que, asimismo, es importante resaltar que los informes tecnicos MORDAZA senalados determinan en estricto, a partir de la fecha indicada en el considerando anterior, la carencia del servicio de seguridad y vigilancia, y que esta carencia compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, es decir, segun los referidos informes tecnicos, dicho servicio es indispensable para el funcionamiento de la sede central, brindando la vigilancia adecuada a las personas que laboran dentro de esta infraestructura asi como a los bienes que alberga, prestando tambien el mencionado servicio a las personas que visitan por diversos motivos nuestra entidad; es necesario resaltar que nuestro Ministerio no cuenta con personal policial destacado para el entorno del perimetro en que se encuentra, por lo que esto genera que muchas personas al manifestar reclamos de algun MORDAZA, puedan ocasionar algun dano al personal o a los bienes; Que, la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia, solicitada por la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, se encuentra acorde con los articulos 19º inciso c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM debidamente concordado con el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM referidos a la exoneracion de procesos de seleccion, cuando existe una situacion de desabastecimiento inminente; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 063 -2006-OGAJ/MINSA, documento que se emite en calidad de informe legal; Con la visacion de la Oficina General de Administracion y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en desabastecimiento inminente el servicio de seguridad y vigilancia para la sede central del Ministerio de Salud, por el plazo MORDAZA de tres (3) meses o hasta que se suscriba el contrato derivado del Concurso Publico Nº 002-2005-MINSA, lo que ocurra primero, de conformidad con el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central del Ministerio de Salud, por un monto S/. 412,078.89 (Cuatrocientos doce mil setentiocho y 89/100 nuevos soles) con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de acuerdo a la Ficha de Autorizacion Nº 0018-2006. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Logistica del Ministerio de Salud se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion a traves de acciones directas e inmediatas. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, dentro de los 10 dias habiles de su emision, encargandose a la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 02725

Aprueban el "Instructivo para la Evaluacion de la Gestion de los Directores de Institutos Especializados y Hospitales"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 161-2006/MINSA MORDAZA, 10 de febrero del 2006 Que, por Decreto Supremo Nº 011-2002-SA, se aprobo el Reglamento de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, el articulo 3º del citado Reglamento, dispone que el cargo de Director al que se accede por concurso tendra una duracion de tres (3) anos, pudiendo ser ratificado por una sola vez para un periodo adicional; Que, dentro de este contexto, es conveniente aprobar el "Instructivo para la Evaluacion de la Gestion de los Directores de Institutos Especializados y Hospitales", que hayan sido designados conforme a lo dispuesto en el mencionado Reglamento y cuyo periodo de gestion este proximo a vencer; Que, asimismo, procede conformar la Comision que evaluara la gestion de dichos Directores y recomendara a la Alta Direccion del Ministerio de Salud la pertinencia de las ratificaciones correspondientes; Con las visaciones de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar como parte integrante de la presente Resolucion el "Instructivo para la Evaluacion de la Gestion de los Directores de Institutos Especializados y Hospitales", designados conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-2002-SA, cuyo periodo de gestion concluye entre los meses de marzo y setiembre del ano 2006. La relacion de los hospitales e institutos cuyos directores seran materia de evaluacion se consigna como Anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conformar la Comision que evaluara la gestion de los Directores de Institutos Especializados y Hospitales y recomendara a la Alta Direccion del Ministerio de Salud la pertinencia de las ratificaciones correspondientes, de MORDAZA y Callao, la cual estara integrada por: - El representante de la Alta Direccion, quien la presidira; - El representante de la Direccion de Calidad en Salud de la Direccion General de Salud de las Personas quien actuara como Secretario Tecnico; - El representante de la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas; - El representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; - El representante de la Oficina General de Administracion; - El Director General de la Direccion de Salud, a la que corresponda el Hospital. Para el caso de la evaluacion de los Institutos Especializados no formaran parte los Directores de las Direcciones de Salud. Articulo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud cuyos Directores de Hospitales hayan sido designados en merito a los concursos efectuados de acuerdo al Decreto Supremo Nº 011-2002-SA y cuyo periodo de gestion concluye entre marzo y setiembre de 2006, conformaran una Comision en el ambito de su respectiva jurisdiccion, cuya composicion podra ser similar a la descrita en el articulo anterior. Articulo 4º.- Las mencionadas Comisiones se instalaran dentro de los cinco dias de notificada la presente Resolucion y, presentaran los informes por cada MORDAZA de evaluacion, MORDAZA del vencimiento de las respectivas gestiones. Articulo 5º.- Las referidas Comisiones podran convocar el apoyo de los organos del Ministerio de Salud y de las instituciones que estimen conveniente, dentro de sus respectivas jurisdicciones, en el MORDAZA del encargo dispuesto. Articulo 6º.- Dejese sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nº 060-2004/MINSA y Nº 134-2004/MINSA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud Instructivo para la Evaluacion de la Gestion de Directores de Institutos Especializados y Hospitales La evaluacion de la gestion de Directores de Institutos Especializados y Hospitales considera tres aspectos:

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