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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (14/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G35/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de febrero de 2006 del Perú, como es el caso del mencionado menor (f), que ha evidenciado su valiosa e intachable conducta cívica, en apoyoa la función policial, generando sentimientos de gratitud quemerecen ser reconocidos mediante la expedición de un símbolotangible que exteriorice el agradecimiento institucional; Lo aprobado por el Consejo de la Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú, con Acta Nº 01-2006-COM/PNPde 11FEB2006; Lo propuesto por el General Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú y SecretarioPermanente de la Orden; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar "Niño Héroe de la Seguridad Ciudadana", al menor (f) Bili Alfonso SILVA QUILCA (11), de conformidad conlos fundamentos expuestos en la parte Considerativa. Artículo 2º.- Otorgar la Condecoración de la "Orden al Mérito de la Policía Nacional del Perú", al menor (f) BiliAlfonso SILVA QUILCA (11), en el grado de "OFICIAL", porla causal "SERVICIOS EXCEPCIONALES". Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 02744 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G38/G38/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G49/G4E/G2C /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/GF3/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79 /GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0569-2006-IN Lima, 10 de febrero del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0388-2006-IN del 3 de febrero del 2006, se resolvió delegar en el señorGeneral PNP (r) Alberto Juan SARMIENTO GUTIERREZ,las funciones de coordinación entre todas las Direcciones ydemás Órganos involucrados del Sector Interior en las zonasdeclaradas en Estado de Emergencia, quien tendrá lacalidad de Coordinador Sectorial del Ministerio del Interiorpara las acciones necesarias a que se refiere la parteconsiderativa de dicha Resolución Ministerial; Que, el accionar de las Direcciones y Órganos del Sector Interior, en tanto dure el Estado de Emergencia, decretadomediante Decreto Supremo Nº 098-2005-PCM, debeejecutarse de manera coordinada y con la celeridad quedicho régimen de excepción exige; Que, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 0388-2006-IN del 3 de febrero del 2006, a fin de disponerla ejecución de las acciones destinadas a satisfacer lasnecesidades sobrevinientes a la declaración del Estado deEmergencia antes indicado; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de conformidad con loestablecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacióndel Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos, el Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobadomediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar los artículos 2º, 3º y 4º de la Resolución Ministerial Nº 0388-2006-IN del 3 de febrero del2006, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera,quedando los demás términos y condiciones inalterables: Artículo 2º.- Son competencias del Coordinador Sectorial: a) Coordinar el accionar de las Autoridades Políticas, la Policía Nacional del Perú, el Comisionado para la Paz y elDesarrollo y demás Órganos del Sector Interior.b) Proponer a la Alta Dirección del Ministerio del Interior las políticas complementarias a ejecutar por el Sector, en particularpor la Policía Nacional del Perú a través del Frente Policial Huallaga. c) Establecer coordinaciones intersectoriales en las provincias declaradas en Estado de Emergencia, para elmejor cumplimiento de sus funciones. d) Supervisar y prestar asesoramiento a la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú (DIRINT),Dirección contra el Terrorismo (DIRCOTE) y la DirecciónGeneral de Inteligencia del Ministerio del Interior (DIGIMIN),en cuanto a la planificación de sus actividades. e) Ejecutar las acciones destinadas a satisfacer las necesidades sobrevivientes a la declaratoria del Estado de Emergenciadispuesto mediante Decreto Supremo Nº 098-2005-PCM, a finde atender los gastos que irroguen las operaciones de carácterreservado inherentes a las acciones de inteligencia, a solicitud delos órganos responsables de los recursos financieros. Artículo 3º.- La Dirección General de la Policía Nacional del Perú implementará en la zona declarada en emergenciauna Jefatura de Inteligencia que centralizará la informacióny accionar de los diversos órganos de inteligencia del Sector. Artículo 4º.- El Despacho Viceministerial dirigirá y supervisará las actividades del Coordinador Sectorial con el apoyo delGabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio delInterior, así como, los aspectos logísticos y financieros para elcumplimiento de las funciones delegadas, para lo cual contarácon la intervención de la Dirección de Logística de la PolicíaNacional y la Dirección General de Inteligencia, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 02746 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 /G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0570-2006-IN-0101 Lima, 13 de febrero del 2006 VISTO: El Decreto de Urgencia Nº 002-2006 "Autorizan modificaciones al Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006 - Ley Nº 28652 y dictan disposicionesrelativas a la ejecución presupuestaria y otras medidas",artículos 15º y 16º relacionados a viajes al exterior. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28652 se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al AF-2006, incluyéndose en éllos recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2536-2005-IN- 0304 del 30 de diciembre 2005, se aprobó el PresupuestoInstitucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Añofiscal 2006 del Pliego 007: Ministerio del Interior; Que, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 modifica el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652 "Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006",autorizando los viajes de los funcionarios y servidores públicosque resulten indispensables para asegurar el cumplimientode los objetivos y metas fijadas para el Ejercicio Fiscal 2006; Que, el artículo 16º del mencionado Decreto de Urgencia señala que mediante Resolución del Titular del Sector sedebe aprobar el Plan Anual de Viajes al Exterior de losfuncionarios y servidores públicos, el mismo que deberáconsiderar una reducción de veinte por ciento (20%) conrelación al Ejercicio Fiscal 2005, bajo responsabilidad; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de conformidadcon el Reglamento de Organización y Funciones, aprobadomediante la Resolución Ministerial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese el Plan Anual de Viajes al exterior del Sector Interior correspondiente al año fiscal 2006,el mismo que es parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior