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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (17/02/2006)

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PÆg. 312773 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de febrero de 2006 se debe considerar la proyección de la Máxima Demanda Mensual en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional(SEIN), definida en el artículo 137º del Reglamento de laLey de Concesiones Eléctricas; de manera que el PeajeGRP resulte de la relación entre la GRP Estimada paradicho Año de Cálculo y la sumatoria actualizada de las Máximas Demandas Mensuales Eléctricas, proyectadas para el mismo Año de Cálculo. Para los meses de marzoy abril del año de cálculo "k" en curso, se tomará el peajepor GRP vigente. Sobre la base de dicho Peaje GRP determinado, el COES asignará los montos mensuales por dicho concepto que los Concesionarios de la Red Principal deben percibir mes a mes durante el Año de Cálculo. El Peaje GRP se calcula de la siguiente manera: 1__ab kk kk kGRPE Peaje GRP VAMD Peaje GRP VAMD− =× + × (4) Donde: GRPEk: Garantía por Red Principal Estimada para el Año de Cálculo k actualizaday calculada al 1 de marzo de dicho Año de Cálculo. Peaje_GRP k: Peaje unitario, expresado en US$ por KW-mes, a ser incorporado al Peaje por Conexión al Sistema Principal deTransmisión Eléctrica, por elconcepto de Garantía por RedPrincipal correspondiente al Año deCálculo k. Peaje_GRP k-1: Peaje unitario, expresado en US$ por KW-mes, incorporado al Peaje por Conexión al Sistema Principal de Transmisión Eléctrica, por elconcepto de Garantía por RedPrincipal correspondiente al Año deCálculo anterior (k-1). MDME i: Máxima Demanda Mensual Estimada, a nivel de SubestacionesBase (SEB) de generación eléctrica del SEIN, expresada en KW-mes, correspondiente al mes i. Estaproyección, es efectuada por elOSINERG para la fijación de lastarifas en barra del Sector Eléctricoy cubre el período tarifario del SPT. Considera la variabilidad estacional de la demanda de cada mes. VAMD a k: Sumatoria de MDMEi, definida en el párrafo anterior, correspondiente alos meses de marzo y abril del añode cálculo k en curso. VAMD b k: Sumatoria de MDMEi, definida anteriormente, correspondiente a losmeses de mayo del año en cursohasta febrero del siguiente año. Entonces: () ()1 11 1i iabril a i k v im a r z o febrero b i k v im a y oMDMEVAMD FI MDMEVAMD FIγ γ+ += ==× + =× +∑ ∑(5) Donde: vi +1: Número de días transcurridos entre el 1 de marzo y la fecha de vencimiento dela factura por concepto de GRPcorrespondiente al mes i que vence elmes i+1. FI : Corresponde al Factor por Imprevistos que calculará el OSINERG tomandocomo base la variación de las proyecciones de la Máxima DemandaMensual Estimada con respecto a laMáxima Demanda Mensual Real y lasvariaciones del tipo de Cambio. De lo anteriormente citado se obtiene: 1__a kk k k k k b kIGA IES AACA Pea je GRP VAMDPeajeG R PVAMD− −+ − ×= (6) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del Procedimiento, debido al PAT, se debe aplicar alPeaje_GRP el Factor de Descuento (FDf) de tal manera que el Peaje_GRP a aplicar a los clientes será: __ _kk Peaje GRP Apl Peaje GRP FDf =× (7) Donde: FDf : Es el valor final del Factor de Descuento determinado en función del PAT. Este valor final será recalculado por el OSINERG dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la Puesta enOperación Comercial del Gasoducto. Con dicho Peaje_GRP_Aplk, el COES calculará los montos a ser pagados por los Generadores Eléctricos por concepto de GRP durante el períodotarifario del Sistema Principal de TransmisiónEléctrica, durante el que se llevará a cabo larecaudación de la GRP. Además, para efectos de determinar la compensación garantizada por concepto de Peaje por GRP, éste será igual al producto de la Máxima Demanda Mensual por elpeaje unitario de la GRP aplicable." Artículo 3º.- Modifíquese el literal b) del numeral 5.2 del Artículo 5º de la norma "Procedimiento de Cálculo deGarantía por Red Principal (GRP) del ProyectoCamisea", aprobada por la Resolución OSINERG Nº 077-2004-OS/CD, de acuerdo a lo siguiente: "b) Cálculo de los Ingresos por GRP que debieron haber recibido los Concesionarios. Con el fin de calcular los ingresos que los Concesionarios debieron haber recibido durante el Año de Cálculo k, se recalculan los ingresos del servicio de transporte utilizando los datos reales de facturación pordicho concepto. En consecuencia, la GRP que debieronhaber recibido los concesionarios se determina a partirde la siguiente ecuación: KK K KGRP IGA IRS AACA=−+ (9) Donde: GRPk: Ingresos por Garantía por Red Principal que el Concesionario debió haberrecibido durante el Año de Cálculo k.Este monto en dólares es calculado al finalizar el Año de Cálculo k y es expresado a valores del 1º de marzo dedicho Año de Cálculo. IGA k: Ingreso Garantizado Anual correspon- diente al Año de Cálculo k transcurrido. Este monto en dólares, actualizado al 1º de marzo del Año de Cálculo k, escalculado a partir de las CapacidadesGarantizadas y la Tarifa Base vigentesen cada mes del Año de Cálculo ktranscurrido. IRS k: Ingreso Real del Servicio percibido durante el Año de Cálculo k transcurrido.Este monto en dólares, actualizado al 1ºPROYECTO