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PÆg. 312760 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de febrero de 2006 con Bolivia y Brasil a través de la actual Ruta Binacional y en un próximo futuro a través de la Transoceánica. Que, son funciones específicas de los Gobiernos Regionales en materia de Transportes: Planificar,Administrar y Ejecutar el desarrollo de la InfraestructuraVial, promoviendo la Inversión Pública Nacional y la Inversión Privada Nacional y Extranjera. De conformidad con el Dictamen Nº 003-2006-CI/ CRA de la Comisión de Infraestructura; y, estando a loacordado en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo alos ocho días del mes de febrero del año dos mil seis; HA APROBADO: Artículo Primero.- Declarar de necesidad y utilidad pública Regional y Macrorregional, la Interconexión Vial entre Matarani – Quilca – Camaná, Nuevo CorredorCostero del Sur. Artículo Segundo.- Encargar a la Presidencia del Gobierno Regional de Arequipa, concretar acuerdos yacciones con el Gobierno Nacional para la ejecución de esta nueva vía. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa a los ocho días del mes de febrero del dos mil seis. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Consejo RegionalArequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho días del mes de febrero del dos mil seis. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Gobierno RegionalArequipa 02931 Aprueban Plan Vial Departamental Par- ticipativo de Arequipa 2006 - 2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2006-GRA/CR-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico,social, programas y proyectos orientados a generarcondiciones que permitan el crecimiento económicoarmonizado con la dinámica demográfica; Que, la estrategia sectorial de descentralización de la gestión vial incluye, entre otros temas la formulación de planes viales departamentales que proporcionen unmarco institucional y financiero ordenado y consolidadopara el desarrollo, rehabilitación y mantenimiento de laRed Vial Departamental, la elaboración del Plan VialDepartamental a efecto de lograr una intervención racional de la infraestructura vial concebido como instrumento de gestión; Que, mediante Convenio Nº 068-2004-MTC/22 de Cooperación Internacional entre el Ministerio deTransportes y Comunicaciones y el Gobierno Regionalde Arequipa, se determina las acciones para la formulación del Plan Vial Departamental Participativo y la negociación del financiamiento por parte de PROVIASDEPARTAMENTAL;Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 56º, inciso b) de la Ley Nº 27867, específica que las funciones queejercen los Gobiernos Regionales en materia deTransportes, es planificar, administrar y ejecutar elDesarrollo de la Infraestructura Vial Regional nocomprendida en la Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo, promover la inversión privada, nacional yextranjera en proyectos de infraestructura de transporte; Que, el artículo 15º, inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como atribución delConsejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; De conformidad con el Dictamen Nº 005-2006-CI/ CRA de la Comisión de Infraestructura; y, estando a loacordado en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo alos ocho días del mes de febrero del año dos mil seis; HA APROBADO: Artículo Primero.- Apruébese el Plan Vial Departamental Participativo de Arequipa 2006-2015, elmismo que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encárguese a la Presidencia del Gobierno Regional de Arequipa, para que a través dela Gerencia General en coordinación con la GerenciaRegional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, la implementación del Plan Vial a quese refiere el artículo precedente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa a los ocho días del mes de febrero del dos mil seis. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Consejo Regional Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho días del mes de febrero del dos milseis. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Gobierno Regional Arequipa 02932 Aceptan donaciones efectuadas por la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. afavor del Gobierno Regional ACUERDO REGIONAL Nº 009-2006-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria del 11 de febrero del2006, se tomó el siguiente acuerdo: Que, aparece del Convenio Nº 008-2006-GRA/PR- GGR la donación dineraria que realiza la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., a favor del Gobierno Regional deArequipa, para financiar la Construcción de la Presa deTierra entre los Cerros Yanaorco y Paltaorco, ubicadaen el distrito de Polobaya de la Región Arequipa, conformeal expediente técnico que para tal efecto ha elaborado la Gerencia de Infraestructura; Que, la donación a que se refiere el considerando anterior debe ser aprobada por el Consejo Regional delGobierno Regional de Arequipa, según lo dispone la Ley