Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2006 (18/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2006
- Monto en Circulacion

NORMAS LEGALES

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: Actualmente estan en circulacion 294 000 unidades del MORDAZA que se reabre.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General (e) Direccion Nacional del Endeudamiento Publico ANEXO 1 CRONOGRAMA DE PAGOS
BONOS SOBERANOS 31ENE2012
Cupon Cupon 3 Cupon 4 Cupon 5 Cupon 6 Cupon 7 Cupon 8 Cupon 9 Cupon 10 Cupon 11 Cupon 12 Cupon 13 Cupon 14 + Principal Dias 181 184 181 184 182 184 181 184 181 184 181 184 Fecha de Vencimiento 31-Jul-06 31-Ene-07 31-Jul-07 31-Ene-08 31-Jul-08 31-Ene-09 31-Jul-09 31-Ene-10 31-Jul-10 31-Ene-11 31-Jul-11 31-Ene-12 Fecha Dia de Pago Lunes 31-Jul-06 Lunes Miercoles 31-Ene-07 Miercoles Martes 31-Jul-07 Martes Jueves 31-Ene-08 Jueves Jueves 31-Jul-08 Jueves Sabado 02-Feb-09 Lunes Viernes 31-Jul-09 Viernes MORDAZA 01-Feb-10 Lunes Sabado 02-Ago-10 Lunes Lunes 31-Ene-11 Lunes MORDAZA 01-Ago-11 Lunes Martes 31-Ene-12 Martes Dia

tribunales supranacionales, declara de interes nacional el cumplimiento de las sentencias dictadas en los procesos seguidos contra el Estado Peruano por Tribunales Internacionales constituidos por Tratados que han sido ratificados por el Peru de acuerdo con la Constitucion Politica; Que, el articulo 5º de la mencionada Ley establece que fijada la responsabilidad personal de la autoridad, funcionario o empleado publico que dio motivo al procesamiento internacional, el Estado representado por el Procurador correspondiente iniciara MORDAZA judicial para obtener a su vez, el resarcimiento de los danos y perjuicios que se le ha ocasionado; Que, en resguardo del interes publico es necesario dictar normas complementarias que faciliten la correcta aplicacion del precitado articulo 5º de la Ley Nº 27775; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25993; Ley Organica del Sector Justicia; DECRETA: Articulo 1º.- Disponer que cuando el Ministerio de Justicia efectue el pago de indemnizaciones en cumplimiento de las sentencias dictadas en los procesos seguidos contra el Estado Peruano por Tribunales Internacionales constituidos por Tratados que han sido ratificados por el Peru, podra repetir y/o iniciar MORDAZA civil para obtener el resarcimiento de danos y perjuicios, previo informe juridico de su organo de asesoria juridica que individualice a la autoridad, funcionario o empleado publico que dio motivo al procesamiento internacional del Estado, aun cuando ya no ejerza funciones, precisando la existencia de intencionalidad, su relacion con la causa del perjuicio que genero la indemnizacion y, de ser el caso, con los danos y perjuicios ocasionados al Estado. Asimismo, con la finalidad del inicio de acciones para resarcimiento de los danos y perjuicios por parte de la Procuraduria Publica, los mencionados informes juridicos podran determinar la presunta responsabilidad civil y/o penal de terceros, diferentes a los senalados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La responsabilidad civil de la autoridad, funcionario o empleado publico a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo es independiente de la responsabilidad administrativa disciplinaria o penal que pudieran haberse configurado, las que seran exigibles de acuerdo a lo previsto en la legislacion correspondiente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de febrero del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 03076

BONOS SOBERANOS 12AGO2016
Cupon Cupon 3 Cupon 4 Cupon 5 Cupon 6 Cupon 7 Cupon 8 Cupon 9 Cupon 10 Cupon 11 Cupon 12 Cupon 13 Cupon 14 Cupon 15 Cupon 16 Cupon 17 Cupon 18 Cupon 19 Cupon 20 Cupon 21 Cupon 22 Cupon 23 + Principal Dias 181 184 181 184 182 184 181 184 181 184 181 184 182 184 181 184 181 184 181 184 182 Fecha de Vencimiento 12-Ago-06 12-Feb-07 12-Ago-07 12-Feb-08 12-Ago-08 12-Feb-09 12-Ago-09 12-Feb-10 12-Ago-10 12-Feb-11 12-Ago-11 12-Feb-12 12-Ago-12 12-Feb-13 12-Ago-13 12-Feb-14 12-Ago-14 12-Feb-15 12-Ago-15 12-Feb-16 12-Ago-16 Dia Sabado Lunes MORDAZA Martes Martes Jueves Miercoles Viernes Jueves Sabado Viernes MORDAZA MORDAZA Martes Lunes Miercoles Martes Jueves Miercoles Viernes Viernes Fecha Dia de Pago 14-Ago-06 Lunes 12-Feb-07 Lunes 13-Ago-07 Lunes 12-Feb-08 Martes 12-Ago-08 Martes 12-Feb-09 Jueves 12-Ago-09 Miercoles 12-Feb-10 Viernes 12-Ago-10 Jueves 14-Feb-11 Lunes 12-Ago-11 Viernes 13-Feb-12 Lunes 13-Ago-12 Lunes 12-Feb-13 Martes 12-Ago-13 Lunes 12-Feb-14 Miercoles 12-Ago-14 Martes 12-Feb-15 Jueves 12-Ago-15 Miercoles 12-Feb-16 Viernes 12-Ago-16 Viernes

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JUSTICIA
Establecen disposiciones aplicables en caso que el Ministerio efectue pago de indemnizaciones en cumplimiento de sentencias dictadas en procesos seguidos contra el Estado Peruano por Tribunales Internacionales
DECRETO SUPREMO Nº 006-2006-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27775, Ley que regula el procedimiento de ejecucion de sentencias emitidas por

Designan Procurador Publico Ad Hoc del Ministerio para la representacion y defensa de los derechos e intereses de la SUNARP
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2006-JUS MORDAZA, 17 de febrero de 2006 Visto, el Oficio Nº 059-2006-SUNARP/SN, de fecha 31 de enero de 2006, de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366 se creo la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP como

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