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PÆg. 313342 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de febrero de 2006 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 124-2006-INDECI 21 de febrero del 2006CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención yAtención de Desastres (CMPAD) generados porfenómenos de origen natural o tecnológico, encargadade coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentrenen peligro inminente o afectados por desastres de granmagnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/ 100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgadapor el Banco de la Nación al INDECI al amparo delDecreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decretode Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientesde dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico,brindar una respuesta oportuna a la población,ejecutar acciones de rehabilitación de lainfraestructura pública para recuperar los niveles quelos servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadaspor desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en elPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía yFinanzas, a propuesta de la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público, incorpore,cuando sea necesario, previo informe favorable de laDirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientesde la Línea de Crédito referida en el considerandoprecedente, a favor del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, establecela prórroga de la vigencia de la referida OctavaDisposición Final; Que, en Sesión 01-2006 del 4.ENE.2006, la CMPAD aprobó los Proyectos señalados en el Anexo 01 adjunto a la presente Resolución, por el monto de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRES CON03/100 NUEVOS SOLES (S/ 477, 003.03), incluido en el“Programa de Prevención y Rehabilitación” y evaluadopor el INDECI y la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 241-2006-EF/68.01 de fecha 10.FEB.2006, la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público delMinisterio de Economía y Finanzas determinó laelegibilidad de las Fichas Técnicas correspondientes a los Proyectos presentados por el Gobierno Regional de San Martín; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-EF se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006INDECI, la suma de SETECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 705, 891.00), correspondiente a la Fuentede Financiamiento Recursos por Operaciones Oficialesde Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario,permanente y revolvente otorgado por el Banco de laNación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito;Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, modificado por la Tercera DisposiciónFinal de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, lasTransferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas queserán obligatoriamente publicadas en el Diario OficialEl Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de San Martín, con cargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por elBanco de la Nación a favor del INDECI, hasta por elmonto de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILTRES CON 03/100 NUEVOS SOLES (S/ 477, 003.03),para la ejecución de los Proyectos señalados en el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de la Subjefatura, las Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto yAdministración y Dirección Nacional de ProyectosEspeciales; De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28652 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, Ley 28653 - Ley de Equilibrio Financiero delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,Ley Nº 28382 - Ley que amplia el monto de la Línea de Crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto y en uso de las atribuciones conferidas enel Reglamento de Organización y Funciones del INDECI,aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM,modificado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presenteResolución, la Transferencia Financiera de Recursosa favor del Gobierno Regional de San Martín, concargo a los recursos provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta porun monto de CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETEMIL TRES CON 03/100 NUEVOS SOLES(S/. 477, 003.03), para la ejecución de los Proyectosseñalados en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presenteResolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional de SanMartín para el control, seguimiento y monitoreo deejecución de metas físicas, conforme a la normatividadvigente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial ElPeruano y remita copia autenticada por Fedatario alGobierno Regional de San Martín, la Subjefatura, lasOficinas de Asesoría Jurídica, Planificación yPresupuesto y Administración y Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil