TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322826El Peruano sábado 1 de julio de 2006 (1) Establecimiento de la responsabilidad de las empresas que brindan el servicio de transporte público sobre la operación de su flota en la ciudad. (2) Planes de capacitación de conductores. (3) Establecimiento de exigencias y sanciones para los operadores y/o empresas operadoras de los de servicios de transporte público. (4) Control y fiscalización sobre las unidades de transporte público y su operación en la ciudad. (5) Mejoramiento de las condiciones de seguridad vial, semaforización y señalización a cargo de la MML. v) Integración de los distintos modos de transporte:(1) Desarrollo progresivo de un sistema centralizado de recaudo, y de una integración tarifaria entre todos los modos de transporte público de pasajeros en la ciudad. (2) Desarrollo de los sistemas y mecanismos para la integración operacional entre los diferentes modos de transporte público en la ciudad. (3) Implementación de adecuadas instalaciones que faciliten y reduzcan el tiempo de transbordo entre los sistemas troncales y las rutas de alimentación. (4) Integración al Sistema de Transporte Metropolitano de los Terminales Interprovinciales de pasajeros. (5) Integración al Sistema de Transporte Metropolitano al Sistema Metropolitano de escaleras y ciclovías . (6) Introducción de medidas de Tránsito Calmado en zonas seleccionadas. c) Programa de Reducción de Contaminación Ambiental i) Reducción de las emisiones de gases contaminantes y contaminación sonora producidas por los vehículos automotores mediante: (1) La implementación del sistema de revisiones técnicas para vehículos automotores de transporte. (2) La implementación de una red de monitoreo de la calidad del aire y del sistema de control y fiscalización de emisiones vehiculares. (3) Promover para viajes cortos el uso alternativo de vehículos de transporte no motorizado y mejorar la seguridad de los ciclistas. (4) Reforzar las acciones orientadas a la renovación de unidades y control de la oferta vehículos de transporte público, ya mencionadas. (5) Mayores niveles de exigencia tecnológica en las nuevas unidades en cuanto a la emisión de contaminantes y ruidos, promoviendo la utilización de nuevas tecnologías y combustibles limpios. (6) Promover la utilización de nuevas tecnologías y mecanismos de Desarrollo Limpio como medio de financiamiento de proyectos de transporte. 3) Mejoramiento de la Infraestructura vial y de transporte de acceso al Sistema, que comprende las siguientes acciones: a) Optimizar las secciones viales disponibles en los ejes de mayor demanda para el desarrollo de vías prioritarias de transporte público masivo. b) Complementar la infraestructura existente en la línea 1 del Tren Urbano para su ampliación y conexión con otras líneas y sistemas de transporte. c) Resolver los conflictos de tránsito en las intersecciones viales de mayor congestión y demanda. d) Implementar el Sistema Centralizado de Semaforización. e) Construir y demarcar los paraderos de transporte público. f) Realizar un mantenimiento vial permanente para garantizar la adecuada circulación vehicular g) Desarrollar la infraestructura de conexión periférica entre los conos norte, noreste, este y sur. 4) Programa de Fortalecimiento Institucional y Cultura Ciudadana, que comprende las siguientes actividades: a) Reforzar la capacidad municipal de planificación, gestión y control del transporte público a través de:i) Fortalecimiento de la coordinación entre las entidades municipales que se encuentran involucradas en el sector a través de TRANSMET. ii) Unificación y fortalecimiento de la función de planificación del transporte, en armonía con el planeamiento urbano y de acuerdo a las funciones de las entidades involucradas. iii) Fortalecimiento (capacitación y equipamiento) de las unidades especializadas que administran los modos de transporte en la ciudad. iv) Fortalecimiento de las unidades de fiscalización del transporte público. b) Concesión de las rutas rediseñadas de transporte público en Lima, bajo nuevas exigencias y formato de contratos, que permitan una operación rentable y las inversiones requeridas a los operadores, y por otro lado un control adecuado y las sanciones necesarias por parte de la MML, de forma de asegurar un buen servicio a la comunidad. c) Establecimiento de requerimientos en materia de organización y capacidades empresariales a los operadores del transporte público, en especial a los que operen en los corredores prioritarios. d) Apoyo a la capacitación y fortalecimiento institucional de los operadores. e) Desarrollo de programas integrales de educación en el transporte a la ciudadanía en general. 11520 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G36/G37/G2D/G4D/G44/G53/G4D/G50/G20/G79/G20/G31/G37/G33 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36/G79/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G54/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2006-MDSMP San Martín de Porres, 28 de junio de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO, el Memorándum Nº 853-2006-GATR-MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, sobre ampliación de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 167-MDSMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 167-MDSMP se estableció nuevos plazos para el pago al contado del Impuesto Predial 2006 y del primer trimestre en caso de pago fraccionado de este tributo en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Y con Decreto de Alcaldía Nº 012-2006-AL/MDSMP , se amplió el plazo de la vigencia de la Ordenanza Nº 167-MDSMP , hasta el 30 de junio del año en curso; Que, existen peticiones de numerosos vecinos para la ampliación de los plazos establecidos en la ordenanza antes mencionada, quienes manifiestan que la situación económica es difícil, y que los ingresos que perciben solamente les alcanzan para subsistir; Que, la Ordenanza Nº 167-MDSMP en su Artículo Segundo, otorga facultades al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para ampliar el plazo de vigencia de la misma; y, siendo política del Gobierno Local, prestar las máximas facilidades a los contribuyentes para que puedan regularizar las deudas contraídas con la Municipalidad; Que, los Decretos de Alcaldía establecen normas complementarias y de aplicación de las ordenanzas y sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, tal como