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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2006 (01/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 1 de julio de 2006 322825REPUBLICADELPERU desempeño, criterios de renovación de flota y características operacionales, generación de mayor rentabilidad para los operadores y mejora del control del desempeño y calidad de los servicios ofrecidos. 2.3 Programa de Reducción de la contaminación ambiental. 3. Desarrollo de proyectos de infraestructura vial que faciliten el tránsito y la interconexión de los sistemas de transporte y mejoren la accesibilidad de los usuarios, fundamentalmente en las áreas de menores recursos. 4. Fortalecimiento de la institucionalidad del sistema introduciendo una nueva cultura del transporte público en donde impere el orden y el respeto a las normas por parte de los operadores y los usuarios, exista una definición clara de responsabilidades y un control adecuado por parte de la autoridad, todo esto con el objetivo de brindar un servicio eficiente, confiable y seguro, en beneficio de la calidad de vida de los ciudadanos. Artículo 4º .- TRANSMET se encargará de efectuar las coordinaciones necesarias con sus organismos integrantes, dentro de lo que disponen las normas vigentes, para que se dé cumplimiento a la presente Ordenanza. Disposiciones Transitorias y FinalesPrimera .- Forma parte de la presente Ordenanza el Anexo I, que establece las líneas de acción específicas, que constituyen programas y proyectos del Sistema Metropolitano de Transporte. Segunda .- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima a los veintidós días del mes de junio del año dos mil seis. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima ANEXO I Líneas de acción específicas del Sistema Metropolitano de Transporte Considerando las líneas de acción general referidos en la ordenanza, las acciones específicas del Sistema Metropolitano de Transporte, las que se integran y complementan entre sí, son las siguientes: 1) Desarrollo de proyectos de transporte masivo en los ejes prioritarios de mayor demanda a) Implementación del Primer Corredor Segregado de Alta Capacidad - COSAC1 - en el eje Norte-Sur (Comas-Chorrillos) y la interconexión con el Tren Urbano. b) Implementación de la Línea 1 del Tren Urbano en el eje Sur-Centro (Villa El Salvador-Av. Grau). c) Implementación de la Línea 2 del Tren Urbano en el eje del ferrocarril Central (Callao - Santa Anita). d) Desarrollo de Estudios para el Segundo Corredor Segregado de Alta Capacidad en el eje Este-Oeste (Ate -Callao) por el eje vial: Carretera Central- N Ayllón- Grau- Arica- Venezuela- Guardia Chalaca. e) Reestructuración de las Rutas y los Servicios de Transporte público en otros corredores viales prioritarios, introduciendo el concepto de rutas troncales y buscando su integración con los corredores de alta capacidad. 2) Programa de mejoramiento de la operación del servicio de transporte público a) Programa de Racionalización de Oferta existente i) Diseño e implementación de medidas para racionalizar la oferta de transporte público a la demandaen un período razonable de tiempo y mantener consecuentemente el equilibrio permanente. Estas medidas son: retiro permanente de flota obsoleta, desguace o chatarreo, restricción de oferta y sustitución progresiva de la oferta existente, obsoleta y de reducida capacidad, por unidades con superior tipología vehicular. ii) De existir unidades que cuenten con una edad mayor o igual a 35 años serán retiradas en forma inmediata del sistema. iii) En la medida que la MML propenderá hacia un cambio del parque vehicular dedicado al servicio de transporte público de modo que la oferta se oriente a la prestación de un servicio de mayor calidad y a la uniformidad de la tipología vehicular, se considera al Chatarreo o Desguace de unidades vehiculares como un mecanismo prioritario para la sustitución de la oferta vehicular existente. Los operadores que ingresen voluntariamente a este proceso recibirán un precio por sus vehículos adecuado a ambas partes. Las unidades calificadas para ingresar a este proceso son aquellas cuya edad está comprendida entre 15 y 35 años. iv) Teniendo en cuenta que la aplicación de los procesos de chatarreo es insuficiente para equilibrar la sobreoferta de transporte público con la demanda correspondiente, la MML aplicará un Plan de restricción de oferta y/o control de acceso en las oportunidades en que sea necesario. Este Plan consiste básicamente en la prohibición de circulación temporal de determinados vehículos en determinadas rutas o en determinadas zonas, sin afectar la calidad del servicio. v) Concordante con la política general de sostenibilidad ambiental, los procesos de desguace o chatarreo que se apliquen, se efectuarán siguiendoestrictamente las normas de conservación del medio ambiente. La MML prohíbe la reutilización de partes vehiculares provenientes de estos procesos en cualquier otro vehículo. vi) Concordante con la política general de mitigación social, la MML pondrá a disposición de los operadores afectados un Plan de mitigación de impactos sociales a la totalidad de afectados. En tal sentido, todos los operadores afectados tendrán la oportunidad de optar por la alternativa de mitigación de impactos que haya diseñado la MML y que mejor se adecue a su perfil socio- económico. vii) La MML, promoverá la reinserción de los operadores afectados por este Programa en el nuevo SMT. viii) La MML en su rol de promotor de desarrollo local, actuará asimismo como ente coordinador entre el mercado de capitales y los operadores locales afectados por el Programa de modo que éstos puedan acceder a los financiamientos que correspondan a su calificación, los que les permitirán acceder a su vez a las concesiones que configurarán el nuevo sistema de transporte urbano de la ciudad. ix) Eliminación de las rutas ilegales e informales fortaleciendo la fiscalización. b) Programa de Eficiencia Operativai) Introducción de parámetros y exigencias operacionales de servicio (flota, frecuencias, itinerarios, sitios de parada, tecnología, índices de ocupación) en los nuevos contratos de operación a ser suscritos con operadores seleccionados mediante procesos competitivos sostenibles operativa, económica y financieramente. ii) El uso de vehículos ferroviarios usados será admitido al servicio únicamente cuando éstos sean repotenciados a nuevo en sus elementos de tracción y control. iii) Acorde con su función social, el SMT deberá proyectar e implementar progresivamente: (1) Acceso al sistema desde todas las zonas de la ciudad (2) Facilidades para discapacitados (3) Servicio en horario nocturno iv) Mejoramiento de las condiciones de seguridad vial y reducción de los niveles de accidentalidad en el transporte público: