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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2006 (06/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323098El Peruano jueves 6 de julio de 2006 El presente Acuerdo Regional contó con el voto aprobatorio del Vicepresidente Regional Ángel BarrantesYucra y los Consejeros Regionales: Carmen PalominoDongo, Miriam Rojas Pariona, Esther Bringas Contreras yAída Ñahui Crusinta, en contra los Consejeros Regionales:Adrián Cuellar Zanabria y Pedro Pinares Antonio. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Apurímac, a los doce días del mes de abril del dos mil seis. ROSA AURORA SUÁREZ ALIAGA Presidenta del Gobierno Regionalde Apurímac 11720 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65 /G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4E/G6F/G20/G52/G65/G65/G6D/G62/G6F/G6C/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G63/G6F/G6E /G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F/G20/GCD/G74/G61/G6C/G6F/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G49/G72/G72/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G55/G72/G69/G70/G61/G22 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 103-2006-CR-APURÍMAC EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC VISTOS:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Apurímac, del doce de abril del dos mil seis, convocada con Agenda:Suscripción del Convenio con el Fondo Ítalo Peruano parala Ejecución del Proyecto "Irrigación Uripa"; CONSIDERANDO:Que, el Fondo Ítalo Peruano y el Gobierno Regional de Apurímac suscriben el Convenio de Financiamiento NoReembolsable para la Ejecución de Proyectos de Desarrollocon el objeto de ejecutar el Proyecto "Irrigación Uripa"ubicado en el distrito de Uripa, provincia de Chincheros,Región Apurímac, por un plazo de 15 Meses a partir de lafecha de la firma del Convenio, correspondiendo aportar alFondo Ítalo Peruano la suma de S/. 3,390,145.00 NuevosSoles y al Gobierno Regional de Apurímac la suma deS/. 526,141.11 Nuevos Soles con Recursos Económicosaportados por la Unidad Ejecutora respectiva; Que, la ejecución del Proyecto Irrigación Uripa constituye una de las condiciones necesarias para contribuir aldesarrollo socio económico de las Unidades ProductivasFamiliares Rurales del ámbito del distrito de Uripa, provinciade Chincheros, Región Apurímac, para lo cuál seránecesario el incremento de ingresos que provienen de laactividad agropecuaria y mayor grado de articulación delos usuarios del proyecto al mercado; Que, el objetivo específico central del proyecto es la de resolver el problema mayor de la población beneficiariacuál es el incremento del rendimiento de sus principalescultivos agrícolas, coadyuvados por la suficientedisponibilidad de agua para los riegos, utilización de mejoresniveles tecnológicos que se generarán a partir del procesode capacitación y asistencia técnica implementadas en elproceso de acompañamiento a los usuarios, así comotambién por la adecuada gestión de los recursos de aguay suelo por las comunidades comunales; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de GobiernosRegionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013y demás normas pertinentes, aprobaron por unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la Suscripción del Convenio de Financiamiento No Reembolsable para laEjecución de Proyectos de Desarrollo entre el Fondo ÍtaloPeruano y el Gobierno Regional de Apurímac; para laEjecución del Proyecto "Irrigación Uripa", por el monto totalde Tres Millones Novecientos Dieciséis Mil DoscientosOchenta y Seis con 11/100 Nuevos Soles, S/. 3,916,286.11Nuevos Soles, de los cuales el Fondo Ítalo Peruano lasuma de S/. 3,390,145.00, Tres Millones Trescientos Noventa Mil Ciento Cuarenta y Cinco Mil con 00/100 NuevosSoles y el Gobierno Regional de Apurímac la suma deS/.526,141.11, Quinientos Veintiséis Mil Ciento Cuarenta yUno con 11/100 Nuevos Soles, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- REMITIR, el presente Acuerdo Regional a las instancias pertinentes. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Apurímac, a los veinte días del mes de abril del dos milseis. ROSA AURORA SUÁREZ ALIAGA Presidentadel Gobierno Regional de Apurímac 11721 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G2C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G74/G72/G61/G63/G74/G6F/G72/G20/G6F/G72/G75/G67/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G64/G61/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G6F/G73/G69/G62/G6C/G65/G20/G65/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G76/G6F/G6C/G63/GE1/G6E/G69/G63/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 042-2006-CR/GRM 20 de junio de 2006 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL VISTO:En Orden del día de la Sesión Extraordinaria de fecha 19 de junio del 2006, el Informe Nº 298-2006-DRAJ/GR.MOQ.; y, CONSIDERANDO: Que, el Volcán Ubinas ubicado en la provincia General Sánchez Cerro ha entrado a partir del 27 de marzo en unfase de emisiones gaseosas y de cenizas volcánica, quepone en grave riesgo la salud de los pobladores ante unaposible erupción volcánica, razón por la cual el GobiernoCentral ha declarado en dicha provincia en estado deemergencia mediante D.S. Nº 020-2006-PCM, ante lo cualeste Gobierno Regional tuvo que disponer accionesinmediatas en salvaguarda de sus pobladores mediante laadquisición de Bienes y Servicios; Que, por medio del Informe Técnico 566-2006-GRI/ GR.MOQ, de la Gerencia de Infraestructura, Informe TécnicoNº 258-2006-GRRNGMA-GGR/GR.MOQ. de la GerenciaRegional de Recursos Naturales y Gestión del medio Ambientey el Informe Técnico Nº 1164-2006- DLSG-DRA/GR.MOQ, dela Dirección de Logística, se efectúa el requerimiento de bienesy servicios consistente entre otros materiales eléctricos,combustible, alimentos, equipamiento, alquiler de maquinaria,alquiler de cisterna de agua; a fin de atender de manerainmediata y urgente a la población evacuada; Que, según el Informe Nº 216-2006-DRA/GR.MOQ, la Directora Regional de Administración, en mérito a losinformes técnicos antes señalados solicita la exoneraciónde procesos de selección, para la adquisición de bienes yservicios con el objeto de atender el proceso de evacuaciónde la población de Ubinas; Que, en el Informe Nº 408-2006-GRPPAT/G.R.MOQ, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, precisa que el financiamiento paralas adquisiciones y/o gastos según las actividades y/o proyectosconsiderados en las transferencias recibidas de INDECI - LIMA,será por la fuente de donaciones y transferencias, en mérito a laResolución Jefatural Nº 276-2006-INDECI; Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica emite el informe legal Nº 298-2006-DRAJ/GR.MOQ, indicando