Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2006 (12/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323456El Peruano miércoles 12 de julio de 2006 cuanto la experiencia a adquirirse redundará en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para tal efecto es necesario nombrar en Comisión del Servicio en el Extranjero al Personal Superior y Subalterno designado, perteneciente a la Marina de Guerra del Perú, para que participe en el referido Ejercicio Multinacional; Que, el Capitán de Fragata Augusto Octavio BOHORQUEZ Villalta, durante el desarrollo de las actividades operacionales formará parte del Estado Mayor Multinacional en tierra, considerándose su estadíaen Valparaíso - CHILE, por un período de CATORCE (14) días, entre el 23 de julio al 5 de agosto de 2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 006-2006de fecha 3 de mayo de 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del B.A.P . "MONTERO" (FM-53), B.A.P . "CHIPANA" (SS-34), Helicóptero AB-212 (HE-470) y UN (1) Grupo de Operaciones de Interdicción Marítima (MIO) embarcado, a fin que participen en el Ejercicio MultinacionalUNITAS 2006 - Fase Pacífico, a llevarse a cabo en aguasjurisdiccionales de la República de Chile, a partir del 18 de julio al 15 de agosto de 2006, con arribo a los puertos de Mejillones, Coquimbo y Valparaíso de dicho país. Artículo 2º.- Nombrar en Comisión del Servicio en el Extranjero al Personal Superior y Subalterno de la Marina de Guerra del Perú que se detalla en la relación del Anexoque forma parte integrante de la presente resolución, para que participe en el referido Ejercicio Multinacional. Artículo 3º.- Autorizar el pago de la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 DÓLARESAMERICANOS (US$ 45,810.00) por concepto de viáticos yestadía en puerto extranjero, al Personal Superior y Subalterno señalado en la relación del Anexo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de2004, en lo referente a Comisiones del Servicio a bordo deUnidades Navales. Artículo 4º.- El referido Personal Superior y Subalterno de la Marina de Guerra del Perú, excepto elPersonal embarcado, revistará en la Dirección Generaldel Personal de la Marina, por el período que dure la citada Comisión del Servicio. Artículo 5º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 6º.- El Oficial más antiguo deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y CuartaDisposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 dejunio de 2004, según corresponda. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 12156/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65 /G53/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20 /G64/G65/G20 /G50/G61/G73/G6F/G20 /G65/G6E/G74/G72/G65/G20 /G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G2D/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G45/G50/G53/G20/G47/G52/G41/G55/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G6C/G61 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G45/G6E/G6D/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 312-2006-DE/MGP Lima, 7 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 04 de fecha 28 de marzo de 1953, modificado por Decreto Supremo Nº 01 de fecha 7 deenero de 1963 y Decreto Supremo Nº 052 DE/MGP de fecha 22 de junio de 1994, ratificado por Decreto Supremo Nº 052/ MGP de fecha 10 de noviembre de 1999, se reservó para fines de Defensa Nacional y sujeto a la jurisdicción exclusivadel Ministerio de Marina (hoy Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú), un área de terreno de 35'304,321.20 m2 ubicada en Tierra Colorada - Bahía de Paita, distrito y provinciade Paita, departamento de Piura, el cual se encuentra inscrito en la Ficha Nº 8685985 del Registro de la Propiedad Inmueble de Piura; Que, la Marina de Guerra del Perú es una Institución de las Fuerzas Armadas integrante del Sector Defensa, que se rige por la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa y por el Decreto Legislativo Nº 438 - Ley Orgánica de la Marina de Guerra del Perú, que participa en el desarrollo económico y social del país, de acuerdo con lo establecido en el artículo 171º de la Constitución Política del Perú; Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.) es una persona jurídica dedicadaa las actividades de prestación de servicios de agua potable en el noroeste del departamento de Piura, y tiene interés en brindar servicios a la empresa Pesquera Santa Enma S.A.,para cuyo efecto requiere ejecutar un proyecto de tendido de tuberías de agua hasta la fábrica de la citada empresa, pasando por el terreno de la Marina de Guerra del Perúmencionado en el primer considerando; Que, la Marina de Guerra del Perú y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.), han llegado a un acuerdo favorable para ambas partes, por loque resulta conveniente la suscripción de un Convenio deServidumbre de Paso que formalice dicho acuerdo; Que, el artículo 27º del Reglamento de Administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 032 DE/SG de fecha 13 dejunio de 2001, establece que los terrenos reservados para fines de Defensa Nacional pueden ser otorgados temporalmente a favor de particulares en usufructo uotra modalidad mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, cuando sean requeridos para proyectos que contribuyan al Desarrollo Nacional; Estando a lo recomendado por el Director General del Material de la Marina, a lo recomendado por el Jefe del Estado Mayor General de la Marina, a lo opinado por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de Convenio de Servidumbre de Paso entre el Ministerio de Defensa -Marina de Guerra del Perú, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. (EPS GRAU S.A.) y la empresa Pesquera Santa Enma S.A., el mismo que consta de ONCE (11) cláusulas y como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Comandante de la Primera Zona Naval, para que en nombre y representación delMinisterio de Defensa - Marina de Guerra del Perú,suscriba el referido Convenio. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 12157